Autor: Jessica Guzman

  • Gobierno pide que jueces de crimen organizado vigilen régimen penitenciario de sus condenados

    Gobierno pide que jueces de crimen organizado vigilen régimen penitenciario de sus condenados

    El ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, entregó un nuevo proyecto de reformas a la Ley Penitenciaria el 29 de enero. Se trata de cinco reformas enfocadas a las personas condenadas bajo la Ley de Crimen Organizado y a centros de cumplimiento a menores de edad.

    En el inciso 1 del artículo 6 de la Ley Penitenciaria, se eliminaría que el juez controle el adecuado cumplimiento del régimen penitenciario y se agrega:

    “En el caso de personas condenadas con base en la Ley contra el Crimen Organizado, serán los Tribunales y Cámaras contra el Crimen Organizado los competentes para cumplir esta función. Las autoridades judiciales indicadas también controlarán el adecuado cumplimiento del régimen penitenciario”.

    Luego, sobre las atribuciones del juez de Vigilancia Penitenciaria y Ejecución de la Pena, el ministro solicitó agregar un artículo 37-A, que establezca que las competencias de ejecución «en la aplicación de la Ley contra el Crimen Organizado está conferida a los Tribunales y Cámaras contra el Crimen Organizado».

    También, pide incorporar en los centros penitenciarios un sector «para personas menores de dieciocho años de edad procesadas por delitos» del artículo 15 de la Ley Penal Juvenil: los condenados por agrupaciones ilícitas, organizaciones terroristas y los contemplados en la ley reguladora de las actividades relativas a las drogas; y estos sean cometidos por miembros de grupos terroristas, maras, pandillas o cualquier otra agrupación criminal a las que se refiere el artículo 1 de la ley de proscripción de maras, pandillas, agrupaciones, asociaciones y organizaciones de naturaleza criminal.

    La reforma, si se aprueba, también agrega a los menores de 18 años en los Centros de Cumplimiento de Penas y establece que los adultos estarían «alojados en centros distintos a los destinados para adultos mayores a esa edad o en todo caso en secciones especiales».

    También, el Gobierno pide que en la ley se establezca que no solo los menores de 18 años condenados, sino los detenidos provisionalmente, sean separados de los mayores de edad.

    Esta iniciativa, junto con otras tres propuestas del Gobierno sobre delitos de corrupción, Ley contra el Crimen Organizado y Ley Penal Juvenil, serán conocidas en la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia, que tiene previsto reunirse el miércoles 5 de febrero.

    Las cuatro iniciativas presentadas por el Gobierno sobre seguridad

    Reformas a la Ley Penal Juvenil: esta reforma busca regular lo relativo a los centros de cumplimientos de penas impuestas a menores de edad y la autoridad encargada de ellos. Piden que la ley permita internar a los menores de edad en los centros penitenciarios, pero separados por pabellones.

    Reformas a la Ley Contra el Crimen Organizado: esta reforma busca regular lo relativo a la autoridad judicial competente para controlar la fase de ejecución de la pena impuesta en el marco de la referida ley.

    Reformas a la Ley Penitenciaria: busca que los jueces del crimen organizado sean los encargos de vigilar la ejecución de la pena, es decir, regular la autoridad judicial competente para ejecutar las sentencias condenatorias impuestas en el marco de la Ley Contra el Crimen Organizado y la autoridad administrativa encargada de los centros de cumplimiento de penas de prisión impuestas a menores de edad.

    Reformas al Código Penal: aumenta penas para delitos de corrupción. Esta reforma busca adaptar y actualizar la legislación penal a la realidad actual y a las exigencias del Derecho Internacional, con el fin de establecer regulaciones más estrictas para los delitos cometidos por los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, así como para los particulares que instigan o facilitan la realización de actos ilegales que impliquen sustracción de fondos públicos, contribuyendo a la corrupción estatal.

  • Diputados extienden gratuidad de inscripción de sociedades simplificadas

    Diputados extienden gratuidad de inscripción de sociedades simplificadas

    La inscripción de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), creadas con reforma al Código de Comercio en diciembre de 2023, goza de una extensión de gratuidad hasta el 31 de diciembre de 2025, luego de una extensión aprobada el miércoles por la Asamblea Legislativa. Dos terceras partes de este tipo de sociedades son conformadas por un solo socio.

    “La inscripción de los formularios de constitución de sociedades por acciones simplificadas, así como el de su matrícula de empresa, local, sucursal o agencia por primera vez, no causará ningún tipo de derechos o aranceles ante el Registro de Comercio del Centro Nacional de Registro. Anterior será vigente hasta el 31 de diciembre de 2025”, establece la iniciativa aprobada el miércoles con dispensa de trámites y analizada este viernes por la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea.

    Las sociedades por acciones simplificadas o SAS pueden constituirse de forma unipersonal, teniendo como único accionista a una persona natural o a una sociedad de capital. Un 67 % de las SAS están constituidas de manera unipersonal, según el director del Centro Nacional de Registros (CNR), Camilo Trigueros.

    Según sus estadísticas 2,400 SAS se han constituido en el CNR desde que fueron creadas; 35 % han sido constituidas en línea y el 65 %, en formato presencial.

    Además de esas 2,400, el 67 % de las SAS han sido constituidas de manera unipersonal, “ahora vemos que las SAS unipersonales la gente las estaba esperando”, explicó Trigueros; el 40 % con participación accionaria propiedad de mujeres y el 70 % de las SAS ya posee cuenta bancaria en diferentes instituciones del sistema financiero salvadoreño.

    Detalló que el capital social de constitución de cada sociedad oscila entre $1 y $2,000 y que entre todas las SAS el capital social suma $5,297,379 al 30 de enero. «Esto significa que esos $5 millones ya andan circulando en nuestra economía”, aseguró.

  • Presentar solvencia de impuestos municipales ya no será requisito para inscripción de sociedades

    Presentar solvencia de impuestos municipales ya no será requisito para inscripción de sociedades

    La Asamblea Legislativa estudiará una reforma al Código Municipal para eliminar la solvencia de pago de impuestos municipales como requisito para inscribir sociedades en el Registro de Comercio del Centro Nacional de Registros (CNR) para “simplificar el trámite”.

    La reforma se haría al inciso quinto del artículo 100 del Código Municipal que actualmente exige la presentación de la solvencia municipal «de los socios o de la sociedad» mercantil por su inscripción, modificación o disolución.

    Con la reforma este requisito no sería obligatorio: “Tampoco se inscribirán en el Registro de Comercio los documentos correspondientes a los trámites de modificación, transformación, fusión y disolución de sociedades, sin que se le presente a los registradores de comercio la solvencia de impuestos, tasas o contribuciones especiales municipales de la sociedad”.

    También, se pide reforma al artículo 101 para habilitar que las solvencias no solo se expidan en papel simple, sino también por “cualquier medio electrónico disponible” y, además, siendo emitidas por el tesorero municipal u otro funcionario a cargo, eliminando que deberán ir “firmadas y selladas”.

    En consecuencia, con la reforma al artículo 100 se elimina de la Ley General Tributaria Municipal el inciso segundo del ordinal 4º del artículo 89 que también establece la solvencia de impuestos municipales como requisito. Esta iniciativa será estudiada en la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión.

  • Reforma: recluirían a menores por crimen organizado en cárceles comunes con separación de pabellones

    Reforma: recluirían a menores por crimen organizado en cárceles comunes con separación de pabellones

    El ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, envió a la Asamblea Legislativa una iniciativa de reformas a la Ley Penal Juvenil, para que los menores infractores en detención provisional o con penas por crimen organizado sean trasladados a centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales con «separación de pabellones».

    La reforma se realizaría al artículo 119 de la Ley Penal Juvenil, que establece que los centros para menores infractores «serán diferentes a los destinados para los infractores sujetos a la legislación penal común».

    Villatoro pide incorporar un nuevo inciso al artículo:

    «En los casos de menores de edad a los que se imponga medida de detención provisional o pena de prisión por delitos cometidos en modalidad de crimen organizado, se cumplirá dicha privación de libertad en los centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales, en los que habrá separación en pabellones hasta que estos alcancen los 18 años de edad. El régimen penitenciario será el que aplique la Dirección, en atención a perfil dispuesto para la población reclusa por delitos ejecutados en esta modalidad y de acuerdo con las leyes aplicables. Una vez los internos cumplan la mayoría de edad, deberán ser sometidos al régimen general de adultos».

    El proyecto contempla una disposición transitoria para que los menores que actualmente se encuentran internos por medida cautelar de internamiento o pena de prisión con base en la «Ley contra el crimen organizado» sean trasladados a los centros penitenciarios administrados por Centros Penales.

    Estas reformas entrarían en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

    La iniciativa pasó a estudio de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia, que tiene previsto reunirse el miércoles 5 de febrero.

  • Reforma: recluirían a menores por crimen organizado en cárceles comunes con separación de pabellones

    Reforma: recluirían a menores por crimen organizado en cárceles comunes con separación de pabellones

    El ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, envió a la Asamblea Legislativa una iniciativa de reformas a la Ley Penal Juvenil, para que los menores infractores en detención provisional o con penas por crimen organizado sean trasladados a centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales con «separación de pabellones».

    La reforma se realizaría al artículo 119 de la Ley Penal Juvenil, que establece que los centros para menores infractores «serán diferentes a los destinados para los infractores sujetos a la legislación penal común».

    Villatoro pide incorporar un nuevo inciso al artículo:

    «En los casos de menores de edad a los que se imponga medida de detención provisional o pena de prisión por delitos cometidos en modalidad de crimen organizado, se cumplirá dicha privación de libertad en los centros penitenciarios administrados por la Dirección General de Centros Penales, en los que habrá separación en pabellones hasta que estos alcancen los 18 años de edad. El régimen penitenciario será el que aplique la Dirección, en atención a perfil dispuesto para la población reclusa por delitos ejecutados en esta modalidad y de acuerdo con las leyes aplicables. Una vez los internos cumplan la mayoría de edad, deberán ser sometidos al régimen general de adultos».

    El proyecto contempla una disposición transitoria para que los menores que actualmente se encuentran internos por medida cautelar de internamiento o pena de prisión con base en la «Ley contra el crimen organizado» sean trasladados a los centros penitenciarios administrados por Centros Penales.

    Estas reformas entrarían en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

    La iniciativa pasó a estudio de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia, que tiene previsto reunirse el miércoles 5 de febrero.

  • Gobierno presenta ley que regulará investigaciones para la salud

    Gobierno presenta ley que regulará investigaciones para la salud

    El ministro de Salud, Francisco Alabi, entregó a la Asamblea Legislativa una iniciativa de Ley de Investigación para la Salud para centralizar en el gobierno la regulación y la supervisión de las investigaciones particulares o públicas sobre salud.

    “Ante la diversidad de legislación que regula la investigación en el campo de salud, es pertinente que se emita una ley especial que permita al Estado conducir los procesos relacionados en aquellas áreas de especial interés nacional y que además permita la supervisión de las investigaciones particulares o públicas, dentro de parámetros técnicos, éticos y legales…”, argumenta el gobierno.

    Si se aprueba, la ley será «obligatorio cumplimiento» para: personas naturales o jurídicas, del sector público o privado, organizaciones sin fines de lucro, entidades nacionales e internacionales, que realicen investigación para la salud en el territorio nacional; y para quienes realicen investigación para la salud con fondos púbicos.

    Cada investigación será supervisada por el Ministerio de Salud a través del Instituto Nacional de Salud (INS).

    Una investigación para la salud está definida en la propuesta como todo proceso que busque “generar nuevo conocimiento relacionado con la salud o ampliar el existente” para contribuir con la salud y el bienestar de la población.

    La definición incluye investigaciones para la salud con seres humanos, en donde la normativa plantea “adherirse a los estándares éticos” internacionales del Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médicas (CIOMS) y la Declaración de Helsinski de la Asociación Médica Mundial.

    Un «Comité de Ética» electo por el ministro de Salud

    Con la ley se crearía el Comité Nacional de Ética de la Investigación en Salud de El Salvador (CNEIS-ES), que tendrá autonomía y estará a cargo del monitoreo ético de las investigaciones que aprueba. Los miembros del CNEIS-ES serán electos por el ministro de Salud, previa opinión y propuesta del INS.

    Para el funcionamiento del Comité Nacional de Ética, el ramo de Salud deberá incorporar en su proyecto de presupuesto una partida presupuestaria específica para gastos de funcionamiento con “diversos comités locales”.

    También, con la normativa, se crearía un Biobanco del Instituto Nacional de Salud (BINS) para conservación, organización, seguridad y trazabilidad de las muestras biológicas de interés en salud pública en El Salvador.

    El BINS se desarrollaría progresivamente conforme se genere la capacidad técnica instalada y la asignación de recursos debiendo quedar instalado el 1 de enero de 2026.

    El proyecto de ley plantea la creación del Fondo Nacional de Investigación en Salud (Fonis), que podrá recibir transferencias estatales, de autogestión, donaciones de personas naturales o jurídicas, de venta de servicios, de proyectos de investigación y transferencias extranjeras para investigación, capacitación e infraestructura.

    Se establece el certamen anual de investigación en ciencias de la salud que se denominará “Premio para la Investigación en Salud, Dr. Luis Edmundo Vásquez y a la vez se derogaría la Ley del Premio Nacional de Medicina “Doctor Luis Edmundo Vásquez, emitida mediante decreto legislativo el 12 de agosto de 1983.

    También, se deroga la Ley Especial del Certamen Anual de Investigación Odontológica Dr. José Benjamín Zavaleta, emitida por decreto legislativo el 11 de diciembre de 1997.

    Esta iniciativa que consta de 72 artículos será estudiada en la Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente, que fue convocada para el próximo lunes 3 de febrero.

  • Exoneran de impuesto la venta de inmuebles para el Aeropuerto del Pacífico: será retroactivo

    Exoneran de impuesto la venta de inmuebles para el Aeropuerto del Pacífico: será retroactivo

    El Órgano Legislativo aprobó el miércoles una exoneración retroactiva de impuesto a las ganancias de capital por la venta de inmuebles que estén en la zona delimitada para construir el Aeropuerto Internacional del Pacífico.

    La reforma incorpora en el artículo 29 un inciso 1: «Exonérse del pago del Impuesto a la ganancia de capital, a que se refieren los artículos 14 y 42 de la Ley de Impuesto sobre la renta, a los propietarios de los inmuebles que los vendan a CEPA (Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma) y/o al MOPT (Ministerio de Obras Públicas y Transporte), siempre que estos inmuebles estén comprendidos dentro delo perímetro de delimitación» de la obra.

    Según el documento de decreto de la reforma, se «ha tenido conocimiento que la mayoría de las personas que están vendiendo sus inmuebles para la construcción del Aeropuerto Internacional del Pacífico, lo hacen con la finalidad que los dineros recibidos como productos de esas ventas puedan disponerlos para la adquisición de otros inmuebles», justifica el decreto.

    También, se establece que, con la finalidad de no ocasionar una afectación que impacte en los recursos que las personas que han vendido a CEPA, «recibieron o recibirán por razones de un gravamen impositivo, como es la ganancia de capital, se estima necesario, por motivaciones de orden social, no incidir impositivamente a estas personas, por lo que se vuelve necesario emitir disposiciones legales para eximir de este gravamen a estas operaciones».

    La reforma sustituyó el artículo 35 para que los efectos de la reforma aprobada sobre la Ley de Construcción, Administración, Operación y Mantenimiento del Aeropuerto Internacional del Pacífico se apliquen desde el 8 de mayo de 2022. La reforma fue aprobada con 56 votos a a favor. Vamos y Arena se absturvieron de votar.

  • Aplazan un año la contratación de docentes interinos por Ley de Salarios

    Aplazan un año la contratación de docentes interinos por Ley de Salarios

    Diputados aplazaron este miércoles, por un año, las disposiciones transitorias para la incorporación de docentes interinos para su contratación por Ley de Salarios, que estaba establecida a partir del 1 de enero de 2025.

    En diciembre de 2023, fue aprobado el decreto transitorio y facultaba en su artículo 1 al Ministerio de Educación a que los docentes que tenían acuerdo de nombramiento como interinos, con fecha de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, fueran nombrados con plaza por Ley de Salarios a partir del 1 de enero de 2025.

    Sin embargo anoche, la Asamblea Legislativa, a petición del ministro de Educación, Mauricio Pineda, prorrogó las disposiciones transitorias para que esa designación de los interinos a plazas docentes a Ley de Salarios se aplique a partir del 1 de enero de 2026.

    El decreto aprobado anoche solo cambia la fecha de aplicación y conserva todo exactamente igual al anterior, incluso la suspensión de los numerales 1 y 2 del artículo 18 de la Ley de la Carrera docentes que establece contrataciones de docentes.

    En noviembre pasado, Paz Zetino, líder sindical de Bases Magisteriales, advirtió que, si bien el decreto aún estaba en firme, muchos maestros temían que no los pasaran a Ley de Salarios y que podrían suprimir sus plazas.

    “Mire, algunos interinos temen que no los pasen a Ley de Salarios y les supriman las plazas, a mí me preguntan si pueden suprimir sus plazas y claro que lo pueden hacer… Andan suprimiendo todas esas plazas y algunos interinos me han dicho que las matrículas en sus escuelas es pobre y me preguntan si pueden suprimir esa plaza y les digo que ‘si no se necesita, la van a suprimir”, relató Zetino a Diario El Mundo. El Ministerio de Educación no ha informado el número de docentes interinos que están en espera a pasar a Ley de Salarios y que deberán seguir esperando.

    Disposiciones suspendidas

    1) Los aspirantes a una plaza vacante presentarán al presidente del Consejo Directivo Escolar o quien lo sustituya, la solicitud respectiva y la documentación que lo acredita como docente debidamente inscrito.

    2) De haber una sola persona aspirante para ocupar la plaza, después de transcurridos cinco días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de haberse publicado su existencia, el Consejo Directivo Escolar podrá asignarle directamente la plaza si el aspirante reuniere los requisitos legales exigidos para ocuparla, comunicándolo así al Tribunal Calificador y a la unidad de recursos humanos del Ministerio de Educación para su nombramiento.

  • Asamblea reforma Ley Bitcoin y elimina la obligación de aceptar pagos con la criptomoneda

    Asamblea reforma Ley Bitcoin y elimina la obligación de aceptar pagos con la criptomoneda

    La Asamblea Legislativa aprobó este miércoles ocho reformas a la Ley Bitcoin, con dispensa de trámites y 54 votos a favor, que aprueba una «aceptación voluntaria» del bitcoin en los pagos, así como para que únicamente los privados puedan realizar operaciones de bitcoin.

    La reforma responde a las exigencias de un acuerdo entre el gobierno y el Fondo Monetario Internacional (FMI) anunciado en diciembre pasado.

    La solicitud de aprobación de las reformas fue enviada por el presidente de la República, Nayib Bukele, por medio de Morena Valdez, ministra de Turismo, encargada del Despacho del Ministerio de Economía.

    Las reformas pretenden, según el gobierno, «asegurar su mejor aplicabilidad de cara a las necesidades de la población, garantizando su eficacia y permanencia como curso legal y facilitando la práctica en su implementación».

    Las reformas fueron aprobadas con 53 votos a favor de Nuevas Ideas, PDC y PCN, los partidos Arena y Vamos no votaron.

    Las reformas

    Carácter voluntario

    Se reforma el inciso primero del Art. 1 eliminando la palabra «moneda», el carácter «irrestricto» y se agrega con «aceptación voluntaria» quedando de la siguiente forma:

    «Art. 1. La presente ley tiene como objeto la regulación del bitcoin como curso legal, definido por su poder liberatorio y limitado, con aceptación voluntaria por las personas naturales o jurídicas con total participación privada únicamente en cualquier transacción y a cualquier título que requieran realizar.»

    También se reformó el artículo 3, eliminando la palabra «expresado» y se agrega «convertido». «Art. 3. Todo precio podrá ser convertido en Bitcoin.»

    Así mismo, se reformó el artículo 5, para que «los intercambios en Bitcoin» no sean «sujetos a impuestos sobre la ganancia de capital».

    También, se reforma el artículo 7, para que solo privados puedan aceptar bitcoin de forma voluntaria como forma de pago, así: «Únicamente las personas naturales o jurídicas con total participación privada podrán aceptar bitcoin como forma de pago cuando así les sea ofrecido, por quien adquiere un bien o servicio o para el pago de cualquier obligación monetaria».

    Así mismo, se reforma el artículo 12, garantizando el pago de deudas del Estado en las monedas en las que fueron contraídas: «Art. 12. Las obligaciones monetarias del Estado, domésticas y externas, deberán ser pagadas en las monedas que fueron contraídas».

    También, se derogaron los artículos 4, 8 y 9 de la Ley Bitcoin, es decir, ya no aceptará el Estado pago de tributos en bitcoin, tampoco tiene obligación de promover capacitación y mecanismos a la población para el uso de bitcoin y tampoco estarán especificadas en el reglamento alternativas de conversión automática de bitcoin a dólar por el Estado.

    La reforma iniciará su vigencia 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

    ¿Cuáles fueron los artículos derogados?

    Art. 4.- Todas las contribuciones tributarias podrán ser pagadas en Bitcoin.

    Art. 8.- Sin perjuicio del accionar del sector privado, el Estado proveerá alternativas que permitan al usuario llevar a cabo transacciones en Bitcoin, así como contar con convertibilidad automática e instantánea de Bitcoin a Dólar en caso que lo desee. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en Bitcoin.

    Art. 9.- Las limitaciones y funcionamiento de las alternativas de conversión automática e instantánea de bitcoin a dólar provistas por el Estado serán especificadas en el Reglamento que al efecto se emita.

  • Asamblea aprueba 35a. prórroga del régimen de excepción

    Asamblea aprueba 35a. prórroga del régimen de excepción

    Diputados de la bancada cian y aliados aprobaron por 35ª vez el régimen de excepción, por 30 días más, luego de que el gabinete de seguridad informara que desde el 27 de marzo de 2022 se han capturado 84,200 personas.

    Con esta aprobación continúan suspendidos tres derechos constitucionales regulados en los incisos segundos de los artículos 12 y 13 y el artículo 24 de la Constitución de la República relacionados a las garantías de defensa, período máximo de detención y privacidad de las telecomunicaciones.

    El proyecto de decreto explica que «se ha logrado determinar que a estos grupos criminales en su intento por sobrevivir han adoptado nuevas estrategias, entre ellas, el reclutamiento de niños, niñas o adolescentes, especialmente en instituciones educativas intentando que resurjan las pandillas; también se ha detectado que están evitando el uso de vestimenta distintiva de estos grupos y tatuajes que los identifiquen».

    Según la información de Seguridad, «ante la disminución de sus ingresos por el delito de extorsión han comenzado a involucrarse en mayor medida con el narco menudeo, otra de las estrategias que se ha detectado de esos grupos es que se han desplazado a otras zonas del país adoptando una actitud de cercanía con las comunidades locales para ganarse su confianza».

    La nueva prórroga del régimen estará vigente por 30 días más, hasta el 6 de marzo, a pocos días de cumplir tres años desde que fue implementado.

    La diputada Cesia Rivas, de Vamos, reiteró su posición en contra de la aprobación del régimen de excepción y recalcó que muchos inocentes han sido capturados con el régimen.

    «Ningún delincuente en la calle, ningún inocente en la cárcel… El mismo presidente aceptó que hay un margen de error, ya es tiempo que el régimen de excepción no sirva para callar a vendedores, para callar a voces disidentes que no piensan como ustedes, que ya no sirva de excusa para perseguir a sindicalistas, para amenazar a los maestros y a los médicos que fueron despedidos, hay que pasar de este discurso, traer justicia es lo que necesitan la víctima de este país».
    Cesia Rivas,
    Diputada de Vamos.

    Inmediatamente, el diputado Caleb Navarro, de la bancada cian, pidió la palabra y dijo que solo «los que se beneficiaron con esos pandilleros están en contra del régimen de excepción, solo los pandilleros están en contra del régimen de excepción… La oposición siempre va a encontrar el pelo en la sopa… Oposición, ¿qué han hecho ustedes?«, cuestionó Navarro.

    La prórroga fue aprobada con 57 votos a favor de Nuevas Ideas, PDC y PCN. Vamos votó en contra y Arena se abstuvo.