La Justicia italiana abre la puerta a la fecundación asistida para mujeres solas

El Tribunal Constitucional de Italia dictaminó este jueves que no existen impedimentos constitucionales para ampliar el acceso a la fecundación asistida a mujeres solas, aunque dejó en manos del Parlamento la decisión final sobre una reforma legal.

Actualmente, la ley italiana de 2004 restringe el uso de técnicas de reproducción asistida a parejas heterosexuales mayores de edad, ya sea casadas o convivientes, que padezcan problemas de infertilidad o esterilidad. Esta regulación excluye, por ejemplo, a mujeres solteras del procedimiento de inseminación heteróloga, que utiliza esperma de donante.

En su fallo, el Constitucional consideró que el marco legal vigente “no sobrepasa los límites de irrazonabilidad manifiesta”, pero reconoció que podría ser modificado por el legislador sin vulnerar la Constitución. El tribunal sostuvo que la normativa se basa en la “protección de los intereses del futuro nacido” y que, en ese sentido, se justifica la exclusión de proyectos parentales que “a priori, eliminan la figura paterna”.

“Excluir a la mujer sola del acceso a la reproducción asistida sigue encontrando justificación en el principio de precaución para proteger a los futuros nacidos”, subrayaron los jueces en su resolución.

No obstante, el mismo tribunal abrió la puerta a una futura ampliación del acceso a estas técnicas, al afirmar que “no existen obstáculos constitucionales” para permitir el uso de la fecundación asistida en modelos familiares distintos, como las familias monoparentales.

En paralelo, la corte también validó el derecho de una madre no biológica a reconocer como propio a un hijo concebido mediante tratamientos de fertilidad efectuados legalmente en el extranjero. Este pronunciamiento ha sido celebrado como una “victoria histórica” por organizaciones defensoras de los derechos LGTB.

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