Etiqueta: Aguinaldo

  • Ministerio de Trabajo desplegará 700 inspectores para verificar pago de aguinaldo

    Ministerio de Trabajo desplegará 700 inspectores para verificar pago de aguinaldo

    El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) desplegará a 700 inspectores para verificar el pago del aguinaldo, cuyo plazo inició el 20 de octubre y finaliza el 20 de diciembre.

    La Asamblea Legislativa aprobó el 15 de octubre una reforma al Código de Trabajo para adelantar el pago del aguinaldo, que antes estaba programado del 12 al 20 de diciembre. La fecha límite para trasladar esta compensación se mantiene, pero queda a libertad de los patronos adelantarlo.

    “Quiero dejar claro: la reforma no lleva ningún retroceso, siempre los cálculos serán tomados al mes de diciembre, tal cual históricamente se ha hecho. No se puede hacer una interpretación que una persona ya cumplió el año y con esto, de querer justificar, quieran desmejorarle su prestación del aguinaldo. Ante eso se va a salir (…) vamos a desplegar no menos de 700 colaboradores a nivel nacional”, indicó Rolando Castro, ministro de Trabajo.

    El ministro aseguró que el aguinaldo se pagó el 24 de octubre a los empleados públicos, como ordenó el presidente salvadoreño Nayib Bukele, dinero que contribuirá a dinamizar la economía.

    “Teniendo una disponibilidad de caja, dijo (el Gobierno): ‘En lugar de tener el dinero en el banco, prefiero entregárselo a los trabajadores’. Ha sido entregado a todo el Ejecutivo tal como fue la instrucción del presidente de la República”, sostuvo en la entrevista Diálogo 21.

    Castro defendió que los pequeños empresarios enfrentaban dificultades para pagar el aguinaldo porque solo se ofrecían ocho días para realizar el pago, por lo que la reforma que amplía el plazo a dos meses representa una ventana de oportunidad para hacer movimientos financieros.

     

    Cálculo

    El Código de Trabajo establece que el aguinaldo se calcula a partir del tiempo que los empleados han laborado para un mismo patrono:

    – Las personas que tienen entre uno y tres años de servicio para un mismo patrono reciben un aguinaldo de 15 días de salario.
    – Los trabajadores que tienen entre tres y diez años reciben un aguinaldo equivalente a 19 días de salario.
    – Los trabajadores con más de diez años de servicio tienen derecho a un aguinaldo de 21 días de salario.
    – Sin un año de trabajo: el Código de Trabajo establece que, para los empleados que tengan menos de un año, el aguinaldo será proporcional al tiempo transcurrido entre su fecha de ingreso a la empresa y el 12 de diciembre.

  • Ministro de Trabajo advierte sanciones a quienes no paguen aguinaldo antes del 20 de diciembre

    Ministro de Trabajo advierte sanciones a quienes no paguen aguinaldo antes del 20 de diciembre

    El ministro de Trabajo, Rolando Castro, recordó que tanto las instituciones públicas como las empresas privadas tienen un plazo del 20 de octubre al 20 de diciembre para entregar el aguinaldo o la compensación económica, según lo establecen las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa el 15 de octubre a la Ley de Compensación Económica del sector público y al Código de Trabajo para el sector privado, de lo contrario serán sancionados.

    “Se ha ampliado el intervalo de tiempo para el pago, desde el 20 de octubre hasta el 20 de diciembre, no el 21, no el 22. Hasta el 20 de diciembre. Las inspecciones comenzarán el 21, porque ese día ya se sabrá quién cumplió y quién no”, afirmó el funcionario en una conferencia de prensa realizada este viernes en la mañana.

    Castro advirtió que el Ministerio de Trabajo sancionará a toda empresa o institución que no pague en el plazo establecido o que incurra en irregularidades en el cálculo del monto correspondiente. “El peso de la ley se aplicará a quien no cumpla con los derechos de los trabajadores, sea quien sea”, enfatizó.

    El ministro añadió que ya se ha conformado un equipo especial para realizar las inspecciones y que el 21 de diciembre iniciará la campaña “Defiende tu Aguinaldo”, con la que verificarán el cumplimiento de los pagos en todo el país.

    Sin lugar a interpretaciones erróneas

    Castro también advirtió que el Ministerio no permitirá “interpretaciones distorsionadas” de la ley para reducir o atrasar los pagos.

    “Cualquier falacia jurídica que se quiera adoptar no tiene cabida. El Ministerio no permitirá que una empresa se quede con un solo dólar del trabajador bajo una falsa interpretación de la ley”, señaló, tras afirmar que han detectado versiones erróneas circulando en redes sociales.

    Las multas por incumplimiento están contempladas en el artículo 627 del Código de Trabajo y pueden oscilar entre dos y doce salarios mínimos, según las reformas aprobadas en 2022.

    Respuesta a críticas por adelanto del aguinaldo

    El funcionario también respondió a los señalamientos de sectores de oposición que aseguran que permitir el pago del aguinaldo desde octubre “deja sin estreno” a los trabajadores durante la Navidad.

    “Cada trabajador es libre de decidir cuándo usar su dinero. Puede gastarlo en octubre, noviembre o diciembre; lo importante es que reciba lo que le corresponde. Este gobierno, en lugar de atrasarse, ha decidido adelantar los pagos”, dijo Castro.

    El ministro confirmó que el Órgano Ejecutivo comenzó este 24 de octubre el pago de la compensación económica a sus empleados, gracias —dijo— a la disponibilidad de caja lograda por las estrategias financieras del Gobierno.

    “Hoy todo el Ejecutivo está recibiendo la compensación económica del aguinaldo. Tenemos un país con estabilidad y solvencia, y eso permite cumplir con los trabajadores en tiempo y forma”, expresó. El presidente Bukele hizo el anuncio del pago al sector gubernamental la mañana de este viernes.

    Finalmente, Castro reiteró que la reforma no obliga a pagar el aguinaldo en una fecha específica, sino que amplía el plazo a dos meses para facilitar la planificación financiera tanto del sector público como del privado.

  • Aguinaldo adelantado: cuánto deben pagarle y cómo calcularlo

    Aguinaldo adelantado: cuánto deben pagarle y cómo calcularlo

    A partir del 20 de octubre los patronos públicos y privados pueden pagar el aguinaldo correspondiente de 2025, una prima que se retribuye a partir de la antigüedad de los empleados.

    La Asamblea Legislativa aprobó el 15 de octubre pasado una reforma al Código de Trabajo que establecía que el aguinaldo se pagaba entre el 12 y el 20 de diciembre, y estableció en su lugar que los patronos pueden adelantar el pago a partir del 20 de octubre.

    Los primeros en recibir el aguinaldo son los empleados del gobierno central y las autónomas, quienes recibirán la retribución este 24 de octubre, anunció el presidente salvadoreño Nayib Bukele.

    De acuerdo con el Código de Trabajo, el aguinaldo se calcula a partir del tiempo que tienen los empleados de laborar para un mismo patrono:

    – Las personas que tienen entre uno y tres años de servicio para un mismo patrono reciben un aguinaldo de 15 días de salarios.

    – Los trabajadores que tienen entre tres y 10 años reciben un aguinaldo equivalente al salario de 19 días.

    – Los trabajadores con más de 10 años de servicio tienen derecho a un aguinaldo de 21 días de salario.

    -Sin un año de trabajo: el Código de Trabajo establece que, para los empleados que tengan menos de un año, el aguinaldo será proporcional a su fecha de ingreso a la empresa y el 12 de diciembre.

    El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) administra un portal donde las personas pueden calcular el pago de aguinaldo, donde se solicita la fecha en la que entró a trabajar a la empresa y el salario.

     

    Consideraciones:

    -Nuevamente, la Asamblea Legislativa aprobó disposiciones especiales para este año que eximen del Impuesto sobre la Renta los aguinaldos de hasta $1,500.

    No se pierde por faltas: en noviembre de 2019, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma que establece que ningún empleado perderá el derecho al aguinaldo por razones disciplinarias, inasistencias injustificadas al trabajo o cualquier otra causa”.

  • Bukele anuncia que el Gobierno pagará este viernes el aguinaldo a empleados públicos

    Bukele anuncia que el Gobierno pagará este viernes el aguinaldo a empleados públicos

    El gobierno de El Salvador comenzará este viernes el pago anticipado del aguinaldo a los empleados del sector público, autónomas y empresas estatales, según anunció el presidente Nayib Bukele a través de sus redes sociales.

    “Gracias a la nueva ley que permite el pago anticipado de los aguinaldos, el Gobierno, junto con todas las autónomas y empresas públicas, realizará hoy el pago total de los aguinaldos correspondientes al año 2025”, afirmó el mandatario la mañana del viernes.

    La medida es posible tras la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 15 de octubre, que modificó el Código de Trabajo y la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo. Con esta modificación, el aguinaldo puede entregarse desde el 20 de octubre, manteniéndose el 20 de diciembre como fecha límite.

    Bukele indicó que, aunque el adelanto es opcional para empleadores privados, estos deben considerar el riesgo que implica: “Si un empleador privado decide realizar también el pago anticipado, deberá calcular el aguinaldo como si fuera pagado en diciembre, asumiendo el riesgo correspondiente en caso de renuncia del trabajador. Si no desea asumir ese riesgo, puede mantener el pago en la fecha habitual”.

    El mandatario explicó que la iniciativa responde a las condiciones fiscales actuales. “Actualmente contamos con excedentes de caja y representa un importante impulso para la economía nacional”, afirmó. Añadió que los empleados que no deseen utilizar su aguinaldo pueden mantenerlo en sus cuentas bancarias.

    “En resumen: la economía se dinamiza, muchos trabajadores se benefician y nadie pierde”, subrayó.

    La Asamblea Legislativa también aprobó disposiciones especiales para este año que eximen del Impuesto sobre la Renta los aguinaldos de hasta $1,500, como parte de los incentivos incluidos en la reforma.

    ¿Cómo calcular el pago de aguinaldo?

    Para saber cuánto le corresponderá de aguinaldo debe considerar los lineamientos establecidos en Código de Trabajo:

    • Las personas que tienen entre uno y tres años de servicio para un mismo patrono recibirán un aguinaldo de 15 días de salarios.
    • Los trabajadores que tienen entre tres y 10 años recibirán una prestación equivalente al salario de 19 días.
    • Los trabajadores con más de 10 años de servicio recibirán un aguinaldo de 21 días de salario.

    • El código también establece que para los empleados que tengan menos de un año de trabajo el aguinaldo será proporcional a su fecha de ingreso a la empresa y el 12 de diciembre.

    De igual manera, el Código de Trabajo establece que para el cálculo del aguinaldo se debe considerar el salario devengado a la fecha del pago.

     

     

  • Los trabajadores salvadoreños tienen menos días de vacaciones que el resto del norte centroamericano

    Los trabajadores salvadoreños tienen menos días de vacaciones que el resto del norte centroamericano

    Los trabajadores salvadoreños tienen menos días de vacaciones que el resto del norte centroamericano, según un breve análisis divulgado por la firma BDS Asesores.

    El comunicado, divulgado esta semana, apunta a que todos los trabajadores de Honduras, Guatemala y El Salvador reciben vacaciones luego de un año continuo de trabajo pero con diferentes modalidades.

    En El Salvador, el Código de Trabajo establece 15 días calendario después de un año continuo de trabajo, así como una remuneración del salario correspondiente a un 30 % adicional, “siempre que haya laborado al menos 200 días efectivos”.

    Aunque en Honduras en el primer año se otorgan 10 días hábiles (sin contar fines de semana) pueden incrementar hasta 20 días hábiles a partir de los cuatro años laborados.

    Por su parte, en Guatemala desde el primer año se otorgan 15 días hábiles después de un año de servicio.

    BDS destacó en su comunicado que aunque el país es el único del Triángulo Norte de Centroamérica que recibe un incentivo económico, El Salvador tiene retos a nivel de vacaciones para sus trabajadores, centrados en modernizar el régimen para “equilibrar productividad y bienestar”.

    Diferencias

    El Salvador también tiene diferencias a nivel del aguinaldo, ya que, en la actualidad, lo máximo que un trabajador puede llegar a obtener son 21 días de salario, esto luego de 10 años trabajando para la misma empresa.

    La situación es diferente en Honduras, en donde se otorga un mes salario promedio después de un año de trabajo, mientras que en Guatemala se calcula sobre el ingreso ordinario anual y puede otorgarse en dos partes.

    La firma de derechos laborales destaca la proporcionalidad y “justicia” que hay en el sistema salvadoreño, porque no se excluye a quienes no cumplen el año de servicios, pues se otorga una parte proporcional a estos trabajadores.

    Remuneración

    A nivel de la remuneración el despido sin causa justa, BDS señala que en El Salvador se establece una indemnización de 30 días salario básico por cada año laborado, con un mínimo de 15 días.

    En el sistema salvadoreños también hay un “tope” de cuatro veces el salario mínimo mensual, es decir que los trabajadores solo pueden recibir $1,635.20 por año, aunque estos ganen más mientras laboran para la empresa.

    “Este límite, originalmente pensado para contener costos, hoy penaliza a los trabajadores con mayores ingresos, reduciendo su compensación frente a la pérdida del empleo”, señaló BDS.

    La situación es diferente en Honduras y Guatemala, en donde la indemnización equivale a un mes por año trabajado, sin restricciones del salario.

    El comunicado aborda la constitución sindical, en donde El Salvador es el que más necesita personal para conformar, con 35 trabajadores. Por su parte, en Guatemala se exige un mínimo de 20 personas y en Honduras 30.

  • Así quedó regulado el pago de aguinaldos o "compensaciones" en las instituciones de gobierno

    Así quedó regulado el pago de aguinaldos o «compensaciones» en las instituciones de gobierno

    La Asamblea Legislativa aprobó un decreto de reformas a la «Ley de la compensación adicional en efectivo» para ampliar el período de pago desde el 20 de octubre al 20 de diciembre de cada año fiscal, entre otras modificaciones.

    La reforma aún no está vigente.

    «Los pagos referentes a la compensación adicional en efectivo podrán realizarse entre el veinte de octubre y el veinte de diciembre de cada año, sin que, en ningún caso pueda excederse de la fecha límite de pago», especifica la reforma, adelantando de esa forma la fecha límite de 23 de diciembre de cada año que establecía.

    Según los considerandos del decreto de reforma, la compensación según la ley vigente debía concederse en diciembre «antes del 23 de dicho mes a todo el personal civil y militar, al servicio de la administración pública» y es necesario «ampliar el periodo» para generar condiciones a favor de «todos los servidores del sector público».

    Esta disposición aplica a «todo el personal civil y militar, al servicio de la Administración Pública». El beneficio será concedido «a todo el personal, que durante el mes de octubre se encuentre prestando servicio con nombramiento en Ley de Salarios, por Contrato o por jornales».

    El decreto de reforma contiene 12 artículos, reformas a seis artículos, un nuevo artículo, además de cuatro disposiciones finales y transitorias.

    ¿Quiénes tienen derecho a la compensación?

    Las reformas establecen el derecho a la compensación adicional para quienes estén en servicio en octubre y que tengan seis meses de prestar servicios al Estado, sin haber sido suspendido por más de un mes o destituido.

    Otra reforma es que los empleados públicos que en el mes de octubre se deben encontrar desempeñando plazas que hayan sido creadas en cualquier época del año; ellos «tendrán derecho a la compensación adicional, siempre que, al pasar a ocupar dichas plazas, hayan estado al servicio del Estado, aun cuando su remuneración se le haya reconocido a base de contrato o por medio de planilla de jornales».

    En estos casos, «para completar los seis meses de servicio, se sumarán tanto el período de desempeño de las plazas creadas como el tiempo que corresponda a las otras formas de pago», por Ley de salarios o jornales.

    Los empleados públicos que en el mes de octubre se encuentren de de licencia con goce de sueldo por cualquier motivo legal o de licencia sin goce de sueldo por enfermedad también tendrán derecho a la compensación adicional en efectivo.

    Hacienda determinará las fechas

    Con las reformas, también se faculta al Ministerio de Hacienda a establecer, a través de un acuerdo ejecutivo, las fechas en las que «deberá realizarse el pago de esta compensación» dentro del nuevo período establecido.

    Compensación anticipada

    Si el empleado público cumple los seis meses en diciembre, también tendrá derecho a la compensación económica «se les deberá reconocer de manera anticipada, el derecho a gozar de la compensación».

    Si no tienen seis meses, será proporcional

    En el caso de que empleados y funcionarios públicos, que en el presente ejercicio fiscal, no cumplan los seis meses de servicio al mes de diciembre, el pago de la compensación adicional en efectivo se realizará de manera anticipada y proporcional, por el total del tiempo de servicio que incluya hasta el mes de diciembre.

    Si los empleados y funcionarios públicos ingresan a trabajar en el sector público después de la entrada en vigencia de este Decreto, se les pagará en el mes de diciembre del presente año, la parte proporcional que corresponde como compensación adicional en efectivo.

    Estas reformas entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

    Las reformas fueron aprobadas con 58 votos, incluidos los votos del partido Arena.

  • Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    Asamblea adelanta al 20 de octubre el plazo para empezar a pagar el aguinaldo en lo público y privado

    La Asamblea Legislativa reformó el miércoles el Código de Trabajo y la «Ley sobre la compensación adicional en efectivo» para adelantar de diciembre a octubre la fecha inicial en la cual empresas privadas o instituciones públicas en El Salvador pueden entregar el aguinaldo.

    La reforma permite que los patronos realicen el pago de aguinaldos desde el 20 de octubre y mantiene como fecha límite el 20 de diciembre de cada año.

    En el Código de Trabajo, el lapso actual para pagar aguinaldos es del 12 al 20 de diciembre de cada año. En la Ley de compensación adicional en efectivo, que regula el pago de estas compensaciones de diciembre para personal militar y civil de la administración pública, establece como último día el 23 de diciembre.

    La decisión de adelantar el pago a octubre será optativa para las empresas privadas o instituciones públicas respectivas.

    En los considerandos de la reforma al Código de Trabajo, el gobierno argumentó que busca «dar la posibilidad que el pago del aguinaldo a los trabajadores pueda realizarse en fechas distintas en atención a la disponibilidad de recursos con que cuenta cada patrono»; y en la propuesta de reforma a la Ley de compensación, que busca «generar condiciones económicas a favor de todos los servidores del sector público».

    «Será una decisión de los patronos», enfatizó el diputado Caleb Navarro, de Nuevas Ideas. «Lo más seguro es que van a pagar hasta diciembre», calculó la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, refiriéndose a los pagos de aguinaldos en el sector privado.

    Los cambios

    Uno de los cambios se hizo el artículo 200 del Código de Trabajo, así: «La prima que en concepto de aguinaldo debe entregarse a los trabajadores que tienen derecho a ella, deberá pagarse en el lapso comprendido entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de cada año. Será decisión de cada patrono fijar una fecha para el pago de esa prima dentro del periodo dispuesto en el inciso precedente. La definición de la fecha en la que se deberá pagar esta prima en ningún caso podrá exceder el 20 de diciembre de cada año».

    La reforma a dicha ley laboral fue aprobada con 58 votos de los diputados presentes, incluidos los tres diputados de oposición, de Vamos y Arena.

    Otra modificación al Código de Trabajo es que, si se declara «por terminado» un contrato de trabajo o el trabajador es despedido sin causa legal antes del 20 de octubre, deberá recibir el aguinaldo «de manera proporcional al tiempo trabajado»; disposición que ya existe pero que considera la terminación del contrato «antes del 20 de diciembre».

    La reforma a la Ley sobre la compensación adicional en efectivo, la normativa que regula estos pagos que recibe en diciembre el personal de la Fuerza Armada, cuerpos de seguridad pública, bomberos y personal civil y militar al servicio de la administración pública, también cambia el lapso para pagar estas compensaciones: la fecha inicial se adelanta al 20 de octubre y la fecha final se adelanta al 20 de diciembre, y ya no el 23 de diciembre, como establece la normativa actual.

    Ambos decretos fueron aprobados con dispensa de trámites, luego de que fueran solicitados por el ministro de Trabajo, Rolando Castro.

    El adelanto del lapso del pago de aguinaldos fue acompañada de la tradicional reforma legislativa de todos los años que exoneran los aguinaldos de hasta $1,500, exención que también aplica a las compensaciones que reciben empleados públicos según la Ley sobre la compensación adicional en efectivo. La exención iniciará su vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial, mientras la ampliación del plazo, ocho días después de la publicación.

    La Asamblea aprobó un transitorio de exoneración del Impuesto sobre la Renta a los aguinaldos.