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  • Tribunales de inmigración de EEUU suman 14,809 órdenes de deportación de salvadoreños en siete meses de 2025

    Tribunales de inmigración de EEUU suman 14,809 órdenes de deportación de salvadoreños en siete meses de 2025

    Los tribunales de inmigración de Estados Unidos han resuelto órdenes de remoción o deportación contra un total de 14,809 salvadoreños de enero a julio de 2025, casi el doble de los 8,793 del mismo periodo de 2024, según las cifras oficiales recopiladas por trareports.org.

    En contraste, en el mismo periodo del presente año, los tribunales de inmigración estadounidenses han emitido apenas 1,323 resoluciones de alivio o protección migratoria, una baja del 24.5 % respecto al mismo periodo de 2024.

    En total, 28,084 salvadoreños han pasado por tribunales de inmigración de Estados Unidos de enero a julio de 2025 por casos o procesos de deportación. Un año antes y en los mismos meses habían sido 38,179 connacionales.

    Tracreports.org, una organización que proporciona datos de las agencias federales estadounidenses, muestra en un gráfico tres alzas notables de órdenes de tribunales de inmigración de deportación contra salvadoreños desde 1999.

    La mayor alza ocurrió entre septiembre de 2005 y agosto de 2006, cuando los tribunales resolvieron deportar a más de 5,000 salvadoreños en un mes (5,054 en septiembre de 2005).

    El segundo pico ocurrió entre octubre de 2019 y febrero de 2020, con un máximo de 3,524 órdenes en febrero de 2020.

    Y, aunque menor, la tercera alza está ocurriendo precisamente el presente año, con su máximo en 2,393 en mayo de 2025.

    Desde 1999, Tracreports.org reporta 745,787 salvadoreños que han pasado por los tribunales de inmigración por casos de deportación: resolvieron remoción contra 380,681 salvadoreños; alivio o alguna protección migratoria a favor de otros 57,400 y salida voluntaria para 42,905.

    Esto quiere decir que desde ese año, el 51 % de las resoluciones de los tribunales migratorios que han examinado casos de deportación contra salvadoreños han resuelto su remoción y solo 7.7 % emitieron alguna protección migratoria. Otros 169,435 casos registran únicamente “terminación de los procedimientos”.

    Desde ese año, la mayor cantidad de extranjeros remitidos a tribunales de inmigración son originarios de México, seguidos, en ese orden, por: guatemaltecos, hondureños, salvadoreños, cubanos, venezolanos y chinos. Le siguen nicaragüenses, brasileños, haitianos, ecuatorianos.

    Solo 20,869 asilos para salvadoreños decididos en tribunales desde 2001

    En cuanto a los procesos abiertos por asilo en los tribunales de inmigración de los Estados Unidos, se registran 92,559 procesos de salvadoreños desde 2001 hasta 2025, de los cuales los tribunales concedieron solo 20,869 asilos y han denegado 69,234 asilos. El resto logró un alivio distinto. Las mayores cantidades de asilos fueron emitidos por tribunales de California, Virginia, Maryland, Nueva York, Massachusetts y Texas.

    Las nacionalidades más beneficiadas con asilos han sido China, seguida, en este orden, por: El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Colombia, India, Haití, Venezuela, Nicaragua, Ecuador, Rusia y Cuba, entre otras.

    Los casos de asilo son resoluciones que se muestran separados a los casos abiertos por deportación en el sitio de tracreports.org.

    Estas cifras de deportación o asilo no son absolutas, ya que no todos los casos de deportación o asilo llegan a tribunales; otras autoridades como el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) decide asilos. Los casos de deportación también son decididos por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) en fronteras o puertos de entradas.

  • EEUU aún no oficializa tarifa adicional de visa de $250 a turistas extranjeros

    EEUU aún no oficializa tarifa adicional de visa de $250 a turistas extranjeros

    Sin aún detallar la tarifa de la nueva «Visa de Integridad», el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) de Estados Unidos publicó una notificación en el Registro Federal sobre algunas tarifas de inmigración que estableció la Ley de Reconciliación HR-1, conocida como «The One Big Beatiful Bill”, promulgada el 4 de julio de 2025.

    En la publicación, del 22 de julio de 2025, el DHS todavía no oficializó la “tarifa de Visa de Integridad (Visa Integrity Fee), exigida por la ley HR-1 para cualquier extranjero a quien se le haya emitido una visa de no inmigrante al momento de dicha emisión.

    Informó dicha tarifa “requiere coordinación interinstitucional antes de su implementación” y “se implementará en una próxima publicación”, indica la publicación del DHS en el Registro Federal.

    La Embajada de Estados Unidos en El Salvador aún no dio información al respecto y pidió estar atentos a anuncios oficiales.

    Un vocero de la Embajada aseguró que efectivamente el 4 de julio el presidente Donald Trump promulgó la ley “The One Big Beautiful Bill” y pidió a la población estar pendientes información oficial.

    “Proporcionaremos más información sobre la implementación y el impacto de esta ley para el Departamento de Estado tan pronto como sea posible. Recomendamos a los solicitantes que estén pendientes únicamente de la información oficial publicada por la Embajada de los Estados Unidos en San Salvador y del Departamento de Estado”, respondió la oficina diplomática.

    No menor a $250 y reembolsable

    La nueva ley HR-1, sancionada por Trump el 4 de julio, establece una tarifa de $250 para quienes obtengan una visa no inmigrante denominada “Visa Integrity Fee” o la “Visa de Integridad”.

    Según la ley, el secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos impondrá una tarifa a cada extranjero al que se le emita una visa no inmigrante “al momento de la emisión de dicha visa”. Una visa no inmigrante puede ser visa de turista, negocios, estudios o trabajo temporal.

    La normativa indica que el monto será el que disponga “mediante reglamento, pero en ningún caso menos de $250”.

    Sin embargo, la ley permite al secretario de Seguridad Nacional “reembolsar a un extranjero una tarifa impuesta” después del vencimiento del periodo de validez de la visa si demuestra que no ha solicitado la admisión durante dicho periodo de validez o si cumplió todas las condiciones de dicha visa, incluida no aceptar empleo no autorizado y que el extranjero “salió de Estados Unidos a más tardar 5 días después de la fecha en que se le autorizó a permanecer nuevamente en los Estados Unidos”, o si el extranjero solicitó ajustar el estatus dentro del periodo de validez de la visa de no inmigrante.

    Las tarifas que no se reembolsen irían al Fondo General del Tesoro de Estados Unidos.

    Las únicas tarifas publicadas por DHS

    Según la notificación del 22 de julio de DHS, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) actualizó sus tarifas de acuerdo con la nueva ley HR-1 a partir del 22 de julio y aclaró que todas las tarifas no sustituyen las actuales, ya que son “adicionales”.

    “Cualquier formulario con sello del 21 de agosto de 2025 o posterior que no incluye la tarifa correspondiente será rechazado”, indicó.

    Las nuevas tarifas requeridas por la ley HR-1 y que fueron publicadas por DHS son:

    Solicitud de asilo: $100. La tarifa aplicó para solicitud de asilo inicial y solicitud pendiente anual: $100. Es el formulario: I-589. Actualmente no tiene un cargo. La tarifa no tiene posibilidad de exención.

    TPS, registro inicial (I-821): $500. La tarifa actual según la publicación es $30, por lo que el total sería $530. No ofrece exención de pago.

    Jóvenes inmigrantes o SIJs (I-360): $250. Actual: $0. Total $250.

    Documentos de Autorización de Empleo (EAD): de $275 a $550. El cobro total oscila entre $275 y $1,425, dependiendo de las tarifas actuales que se suman a la adicional establecida por la nueva ley:
    (Formulario I-765)
    -$550 para solicitante de asilo inicial o aplicante de EAD
    -$275 para renovación o extensión del EAD de aplicante de asilo
    -$550 EAD para refugiado en libertad condicional por un año
    -$550 EAD para cónyuge en libertad de condicional de empresario
    -$275 para renovación de EAD de refugiado en libertad condicional por un año
    -$275 para renovación de EAD de cónyuge de empresario en libertad condicional
    -$550 para EAD TPS inicial válido por un año
    -$275 para renovación o extensión de EAD TPS, válido por un año
    -$275 para Autorización de empleo tras la emisión de un nuevo período de libertad condicional