Etiqueta: Código de Trabajo

  • Aguinaldo adelantado: cuánto deben pagarle y cómo calcularlo

    Aguinaldo adelantado: cuánto deben pagarle y cómo calcularlo

    A partir del 20 de octubre los patronos públicos y privados pueden pagar el aguinaldo correspondiente de 2025, una prima que se retribuye a partir de la antigüedad de los empleados.

    La Asamblea Legislativa aprobó el 15 de octubre pasado una reforma al Código de Trabajo que establecía que el aguinaldo se pagaba entre el 12 y el 20 de diciembre, y estableció en su lugar que los patronos pueden adelantar el pago a partir del 20 de octubre.

    Los primeros en recibir el aguinaldo son los empleados del gobierno central y las autónomas, quienes recibirán la retribución este 24 de octubre, anunció el presidente salvadoreño Nayib Bukele.

    De acuerdo con el Código de Trabajo, el aguinaldo se calcula a partir del tiempo que tienen los empleados de laborar para un mismo patrono:

    – Las personas que tienen entre uno y tres años de servicio para un mismo patrono reciben un aguinaldo de 15 días de salarios.

    – Los trabajadores que tienen entre tres y 10 años reciben un aguinaldo equivalente al salario de 19 días.

    – Los trabajadores con más de 10 años de servicio tienen derecho a un aguinaldo de 21 días de salario.

    -Sin un año de trabajo: el Código de Trabajo establece que, para los empleados que tengan menos de un año, el aguinaldo será proporcional a su fecha de ingreso a la empresa y el 12 de diciembre.

    El Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MTPS) administra un portal donde las personas pueden calcular el pago de aguinaldo, donde se solicita la fecha en la que entró a trabajar a la empresa y el salario.

     

    Consideraciones:

    -Nuevamente, la Asamblea Legislativa aprobó disposiciones especiales para este año que eximen del Impuesto sobre la Renta los aguinaldos de hasta $1,500.

    No se pierde por faltas: en noviembre de 2019, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma que establece que ningún empleado perderá el derecho al aguinaldo por razones disciplinarias, inasistencias injustificadas al trabajo o cualquier otra causa”.

  • Bukele anuncia que el Gobierno pagará este viernes el aguinaldo a empleados públicos

    Bukele anuncia que el Gobierno pagará este viernes el aguinaldo a empleados públicos

    El gobierno de El Salvador comenzará este viernes el pago anticipado del aguinaldo a los empleados del sector público, autónomas y empresas estatales, según anunció el presidente Nayib Bukele a través de sus redes sociales.

    “Gracias a la nueva ley que permite el pago anticipado de los aguinaldos, el Gobierno, junto con todas las autónomas y empresas públicas, realizará hoy el pago total de los aguinaldos correspondientes al año 2025”, afirmó el mandatario la mañana del viernes.

    La medida es posible tras la reforma aprobada por la Asamblea Legislativa el pasado 15 de octubre, que modificó el Código de Trabajo y la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo. Con esta modificación, el aguinaldo puede entregarse desde el 20 de octubre, manteniéndose el 20 de diciembre como fecha límite.

    Bukele indicó que, aunque el adelanto es opcional para empleadores privados, estos deben considerar el riesgo que implica: “Si un empleador privado decide realizar también el pago anticipado, deberá calcular el aguinaldo como si fuera pagado en diciembre, asumiendo el riesgo correspondiente en caso de renuncia del trabajador. Si no desea asumir ese riesgo, puede mantener el pago en la fecha habitual”.

    El mandatario explicó que la iniciativa responde a las condiciones fiscales actuales. “Actualmente contamos con excedentes de caja y representa un importante impulso para la economía nacional”, afirmó. Añadió que los empleados que no deseen utilizar su aguinaldo pueden mantenerlo en sus cuentas bancarias.

    “En resumen: la economía se dinamiza, muchos trabajadores se benefician y nadie pierde”, subrayó.

    La Asamblea Legislativa también aprobó disposiciones especiales para este año que eximen del Impuesto sobre la Renta los aguinaldos de hasta $1,500, como parte de los incentivos incluidos en la reforma.

    ¿Cómo calcular el pago de aguinaldo?

    Para saber cuánto le corresponderá de aguinaldo debe considerar los lineamientos establecidos en Código de Trabajo:

    • Las personas que tienen entre uno y tres años de servicio para un mismo patrono recibirán un aguinaldo de 15 días de salarios.
    • Los trabajadores que tienen entre tres y 10 años recibirán una prestación equivalente al salario de 19 días.
    • Los trabajadores con más de 10 años de servicio recibirán un aguinaldo de 21 días de salario.

    • El código también establece que para los empleados que tengan menos de un año de trabajo el aguinaldo será proporcional a su fecha de ingreso a la empresa y el 12 de diciembre.

    De igual manera, el Código de Trabajo establece que para el cálculo del aguinaldo se debe considerar el salario devengado a la fecha del pago.

     

     

  • Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños

    Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños

    Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños después de que este lunes se celebrará el Día de la Independencia: 2 de noviembre y 25 de diciembre.

    Para 2025 se tenían 11 días con asueto remunerado según las fechas de descanso establecidas en el artículo 190 del Código de Trabajo.

    Según el cuerpo legal, el día de asueto debe remunerarse con salario básico. Sin embargo, si por “común acuerdo” un empleado trabaja, tiene derecho a un “salario extraordinario”, integrado por el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.

     

    Fechas pendientes de 2025:

    2 de noviembre por el Día de los Fieles Difuntos: caerá domingo

    25 de diciembre por Navidad: caerá jueves

     

    El siguiente asueto será el 1 de enero de 2026, que caerá jueves.

    Hasta la fecha, han pasado nueve asuetos remunerados. La pausa laboral más grande es Semana Santa, con tres días de asueto, seguido de las fiestas agostinas con tres asuetos, pero de estos solo el día 3 de agosto es nacional mientras que el 2 y el 3 solo corresponde a los trabajadores del distrito de San Salvador.

    Por acuerdo legislativo también se pueden crear días de asueto remunerado. Además, se contemplan descansos laborales con goce de salario en las fiestas patronales en diferentes partes del país.

     

  • ¿Cuáles son los días de asueto en las vacaciones agostinas?

    ¿Cuáles son los días de asueto en las vacaciones agostinas?

    Los salvadoreños se preparan para la segunda pausa laboral más larga del año por motivo de las fiestas agostinas, pero solo un día de la siguiente semana tiene asueto nacional.

    El artículo 190 del Código de Trabajo establece que los días 3 y 5 de agosto en la ciudad de San Salvador son fechas de asueto debido a las festividades por motivo del Divino Salvador del Mundo.

    Es decir, que solo aplica para los trabajadores del distrito de San Salvador, mientras que para el resto del país la jornada es normal.

    – Este año, el 3 de agosto cae domingo, cuando se celebra el día del comercio con un popular desfile por las principales calles de San Salvador.

    – El día 5 cae martes, cuando ocurre la transfiguración del Divino Salvador del Mundo.

    – El Código de Trabajo establece que el 6 de agosto es asueto nacional.

    La norma establece que los trabajadores fuera de San Salvador tienen un día de asueto cuando se desarrolle la principal festividad en cada localidad, la cual varía según las fiestas patronales de cada distrito.

    Según el Código de Trabajo, el día de asueto debe remunerarse con salario básico. Sin embargo, si por “común acuerdo” un empleado trabaja tiene derecho a un “salario extraordinario”, integrado por el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.