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  • Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños

    Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños

    Solo quedan dos asuetos nacionales en 2025 para los salvadoreños después de que este lunes se celebrará el Día de la Independencia: 2 de noviembre y 25 de diciembre.

    Para 2025 se tenían 11 días con asueto remunerado según las fechas de descanso establecidas en el artículo 190 del Código de Trabajo.

    Según el cuerpo legal, el día de asueto debe remunerarse con salario básico. Sin embargo, si por “común acuerdo” un empleado trabaja, tiene derecho a un “salario extraordinario”, integrado por el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.

     

    Fechas pendientes de 2025:

    2 de noviembre por el Día de los Fieles Difuntos: caerá domingo

    25 de diciembre por Navidad: caerá jueves

     

    El siguiente asueto será el 1 de enero de 2026, que caerá jueves.

    Hasta la fecha, han pasado nueve asuetos remunerados. La pausa laboral más grande es Semana Santa, con tres días de asueto, seguido de las fiestas agostinas con tres asuetos, pero de estos solo el día 3 de agosto es nacional mientras que el 2 y el 3 solo corresponde a los trabajadores del distrito de San Salvador.

    Por acuerdo legislativo también se pueden crear días de asueto remunerado. Además, se contemplan descansos laborales con goce de salario en las fiestas patronales en diferentes partes del país.

     

  • ¿Cuáles son los días de asueto en las vacaciones agostinas?

    ¿Cuáles son los días de asueto en las vacaciones agostinas?

    Los salvadoreños se preparan para la segunda pausa laboral más larga del año por motivo de las fiestas agostinas, pero solo un día de la siguiente semana tiene asueto nacional.

    El artículo 190 del Código de Trabajo establece que los días 3 y 5 de agosto en la ciudad de San Salvador son fechas de asueto debido a las festividades por motivo del Divino Salvador del Mundo.

    Es decir, que solo aplica para los trabajadores del distrito de San Salvador, mientras que para el resto del país la jornada es normal.

    – Este año, el 3 de agosto cae domingo, cuando se celebra el día del comercio con un popular desfile por las principales calles de San Salvador.

    – El día 5 cae martes, cuando ocurre la transfiguración del Divino Salvador del Mundo.

    – El Código de Trabajo establece que el 6 de agosto es asueto nacional.

    La norma establece que los trabajadores fuera de San Salvador tienen un día de asueto cuando se desarrolle la principal festividad en cada localidad, la cual varía según las fiestas patronales de cada distrito.

    Según el Código de Trabajo, el día de asueto debe remunerarse con salario básico. Sin embargo, si por “común acuerdo” un empleado trabaja tiene derecho a un “salario extraordinario”, integrado por el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.