Etiqueta: Código Electoral

  • ¿Hasta cuándo puede actualizar su dirección de residencia en el DUI para votar cerca de casa?

    ¿Hasta cuándo puede actualizar su dirección de residencia en el DUI para votar cerca de casa?

    El Código Electoral salvadoreño establece que las actualizaciones de la dirección de residencia en el Documento Único de Identidad (DUI) son incorporadas a los padrones electorales hasta un año antes de la fecha de elecciones, luego de eso dejan de tomarse en cuenta para la asignación de centros de votación.

    Cuando un salvadoreño ha cambiado su lugar de residencia, este debe notificarlo a las autoridades para emitir el sufragio en la circunscripción debida y en un centro de votación cercano a su nueva vivienda, según establece el artículo 20 del Código Electoral.

    La fecha de elecciones elegida por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) es el domingo 28 de febrero de 2027, por lo que las actualizaciones de residencias en el padrón electoral se suspenden a partir del 27 de febrero de 2026: el Tribunal debe elaborar los padrones electorales y remitirlos a los partidos políticos para luego ponerlos en consulta de los ciudadanos.

    El mes pasado, la presidenta del TSE, Roxana Soriano, instó a los salvadoreños que notifiquen cambios de su dirección de vivienda actualizando su DUI para aplicar el voto residencial y para que los connacionales en el exterior puedan votar vía remota por internet.

    Para las elecciones de 2024, el Tribunal registró durante el «período de consultas al padrón» al menos 18,277 solicitudes para cambiar centros de votación por otros más cercanos a su casa, siempre y cuando este quede en la misma circunscripción que indica el DUI.

    En el territorio nacional, la actualización del DUI cuesta $10.31 y se tramita en los duicentros, pero en el exterior tiene un costo de $35 y se emite el documento de identidad en los consulados de El Salvador. Los votos legislativos de los salvadoreños con DUI con dirección en el extranjero son sumados a San Salvador.

    Al actualizar el DUI, los datos son procesados por el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN) y luego transferidos hacia el Tribunal para que los cambios sean incorporados por la Dirección de Registro Electoral.

    Las actualizaciones de residencias en el DUI deben ser vigiladas para la Junta de Vigilancia Electoral (JVE). En febrero de 2027, El Salvador celebrará elecciones generales para elegir Presidente, Vicepresidente, 60 diputados de la Asamblea Legislativa y 44 concejos municipales.

  • Candidatos presidenciales 2027 podrán hacer propaganda desde octubre de 2026

    Candidatos presidenciales 2027 podrán hacer propaganda desde octubre de 2026

    Los candidatos presidenciales que compitan en la elección de 2027 podrán hacer propaganda electoral desde el 1 de octubre de 2026, según establece el calendario electoral actualizado publicado el miércoles por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

    El calendario detalla que la propaganda para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República estará habilitada desde el martes 27 de octubre y concluirá el 24 de febrero de 2027, es decir, cuatro días antes de que los salvadoreños acudan a las urnas para elegir a los próximos soberanos.

    La Constitución de la República en el artículo 81 establece que la propaganda presidencial inicia aún sin previa convocatoria cuatro meses antes de la fecha de elecciones. El Código Electoral indica que la propaganda «constituye un derecho de los partidos» y coaliciones inscritas ante el TSE.

    Aunque en el artículo 175 del Código se prohíbe «hacer propaganda» por medios de comunicación, volantes, vallas, parlamentos o mitines «antes de la iniciación del período de propaganda», es decir, antes de los cuatros meses previos a la fecha de elecciones.

    Asimismo, la legislación actual prohibe la difusión de encuestas 15 días antes de la fecha de elecciones y hasta que se declaren en firme los resultados. Mientras que el día de la elección está prohibido portar símbolos de partidos en las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y en los centros de votación.

    Los períodos de propaganda para 2027:

    • Propaganda presidencial del 27 de octubre de 2026 al 24 de febrero de 2027.
    • Propaganda legislativa del  27 de diciembre de 2026 al 24 de febrero de 2027.
    • Propaganda municipal del 27 de enero al 24 de febrero de 2027.

    El calendario electoral tuvo que ser actualizado por el Tribunal, luego que la Asamblea Legislativa emitiera medidas transitorias para acortar el actual período presidencial a 2027 y que ordenará elecciones presidenciales ese año. Además, amplió el período a seis años para los mandatarios.

    Inicialmente, la elección presidencial correspondía a 2029. De los resultados presidenciales depende la conformación del TSE, por lo que, actualmente el colegiado tiene incertidumbre si su período será acortado también.

    El Tribunal tendría que publicar entre el 13 y el 19 de marzo de 2027 la acta de escrutinio final y el decreto de declaratoria en firme de los resultados de la elección presidencial de acuerdo al calendario definitivo.

  • TSE no sancionará a salvadoreños que se negaron a integrar organismos electorales en 2024

    TSE no sancionará a salvadoreños que se negaron a integrar organismos electorales en 2024

    A más de un año de que haber tomado posesión de sus cargos en el Tribunal Supremo Electoral (TSE), los nuevos magistrados no han decidido sancionar a los salvadoreños que se negaron a integrar los organismos electorales en los comicios presidenciales, legislativas, municipales y de Parlamento Centroamericano (Parlacen) en 2024.

    Dos fuentes internas de la institución aseveraron a Diario El Mundo que la institución no sancionará a los salvadoreños que se negaron a integrar organismos electorales como las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y las Juntas Receptoras de Votos en el Extranjero (JRVEX), donde fueron elegidos aleatoriamente al menos 103,000 personas inscritas en el padrón electoral.

    El Código Electoral, en el artículo 242, establece que la persona que «se negare sin justa causa a desempeñar los cargos de miembros de cualquiera de los organismos electorales o abandonare el cargo será sancionado» con una multa que puede ir desde los $25 a $114.28 dependiendo el cargo al que se negó.

    Quienes no paguen la multa se enfrentan restricciones migratorias, emisiones de antecedentes penales y policiales, en trámites del Documento Único de Identidad (DUI) y en las refrendas de las licencias de conducir según la ley. Una de las fuentes explicó que “ningún colegiado ha procesado a nadie por eso”.

    Para no desempeñar el cargo en las juntas, el ciudadano debía presentar una justificación con documentación que sustentara el impedimento para ejercer el cargo en las elecciones.

    Solo en el territorio nacional, el TSE instaló el año pasado 8,562 Juntas Receptoras de Votos en 1,595 centros de votación. Para conformar las JRV, convocó a 102,855 ciudadanos y para las JRVEX, otros 981. Los primeros cuatro miembros de las Juntas fueron propuestos por los partidos políticos con mayor cantidad de votos en la última elección, y el quinto integrante es elegido por sorteo.

    El TSE elige tres listas con 34,285 personas cada una; las dos últimas listas son usadas para sustituir a las personas que no pueden ejercer el cargo. Aunque en diciembre de 2023 la entonces presidenta del TSE Dora de Barahona advirtió sanciones a quienes se negaran a conformar los organismos, para junio del siguiente año, los magistrados ya habían decidido dejar las sanciones en manos del nuevo Tribunal.

  • Junta de Vigilancia Electoral tendría $2,000 más de presupuesto para 2026 por nivelaciones salariales

    Junta de Vigilancia Electoral tendría $2,000 más de presupuesto para 2026 por nivelaciones salariales

    La Junta de Vigilancia Electoral (JVE) recibiría un aumento de $2,105 en su presupuesto 2026 en comparación con lo que recibió para este año según revela el proyecto de presupuesto presentado por el Ministerio de Hacienda a la Asamblea Legislativa.

    La Junta recibió en 2025 unos $812,615, que fue su mismo presupuesto en los últimos tres años. El presupuesto aumentaría para el próximo año a $814,720, es decir, $2,105 más.  El presupuesto más alto de la Junta de Vigilancia fue en 2020 cuando recibió $865,010.

    El documento del proyecto de presupuesto indica que los $814,720 serían destinados a «vigilar y fiscalizar» la actividad y funcionamiento  del Tribunal Supremo Electoral (TSE) y de los organismos temporales según establece el Código Electoral.

    Del monto solicitado para el próximo año, al menos $633,400 sería destinado a remuneraciones y $181,320 para adquisición de bienes y servicios, ambos montos disminuyen en comparación con 2025, cuando se destinó $638,160 y $174,455 respectivamente.

    Dos fuentes internas de la Junta dijeron a Diario El Mundo que el aumento de $2,105 sería utilizado para realizar ajustes salarios a los empleados de la entidad fiscalizadora. Una de las fuentes explicó que con el aumento del salario mínimo, se requiere ajustar remuneraciones y contemplar el aumento en pago de aguinaldos.

    El Código establece en el artículo 77 que «los partidos políticos legalmente inscritos tendrán derecho de vigilancia sobre la elaboración, organización, publicación y actualización del registro electoral» y el artículo 131 dice que la JVE es un organismo permanente que se encarga de «fiscalizar las actividades y funcionamiento de las dependencias» del TSE.

    La deuda acumulada

    Desde 2021 hasta mayo de 2024, la Junta acumulaba una deuda en pago de dietas de $134,642.40 con los directores de cuatro institutos políticos:Partido Independiente Salvadoreño (PAIS), Fraternidad Patriota Salvadoreña (FPS) y a los partidos en liquidación Nuestro Tiempo y Cambio Democrático (CD).

    Este año se agregó a la Junta al representante de Fuerza Solidaria (FS). La deuda no fue saldada y el pago de dietas se ha seguido acumulando. El Código señala que el TSE debe incluir en su presupuesto anual, el presupuesto de la JVE y solicitar un refuerzo presupuestario “al constituirse un nuevo partido político”.

    La fuente aseguró que estos fondos no son los requeridos por la institución para vigilar la organización y desarrollo de las elecciones presidenciales, legislativas y municipales de 2027 porque esa cifra deberá estar reflejada en el presupuesto extraordinario que aprobará la Asamblea.

    Durante una reunión con los magistrados del TSE en agosto, la Junta solicitó incorporar en el presupuesto extraordinario, un monto de $1.5 millones para vigilar los comicios de 2027. Una fuente dijo que esperan que se otorgue lo solicitado para «garantizar la fiscalización en el exterior».

    Por otro lado, el gobierno salvadoreño añadió en el proyecto de presupuesto del ramo de Hacienda un monto de $90,003,955.9 para realizar transferencias al presupuesto extraordinario de elecciones. La cifra está dividida en dos partes: primero $85,399,905 y otro de $4,604,050.

  • TSE niega cifras de inscripciones, cancelaciones y actualizaciones del registro electoral nacional y en el exterior

    TSE niega cifras de inscripciones, cancelaciones y actualizaciones del registro electoral nacional y en el exterior

    El Tribunal Supremo Electoral (TSE) negó a Diario El Mundo el acceso a las cifras totales de las nuevas inscripciones, de las cancelaciones y actualizaciones de los salvadoreños registrados en el registro electoral, que es la base para la elaboración del padrón para cada elección.

    El Mundo solicitó vía acceso a la información pública el listado de inscripciones y cancelaciones de ciudadanos, así como las actualizaciones en el registro electoral de los salvadoreños registrados y el detalle de cuántos correspondían al territorio nacional y en el exterior.

    La nueva oficial de Información, Rocío Guadalupe Peraza Bran, explicó que los datos no podían ser entregados por la aplicación de la Ley de protección de datos personales dado que esta normativa no permite revelar datos que puedan volver identificable a una persona.

    «En consecuencia, al advertirse que los literales b y c de la solicitud de información se refieren a datos personales de ciudadanos contenidos en el registro electoral, se concluye que no es posible dar acceso a dicha información». Tribunal Supremo Electoral.

    Las actualizaciones del registro electoral no contienen datos como nombres, ni números de identificación, sino únicamente la cantidad de salvadoreños mayores de 18 años que son incorporados en el padrón electoral, es decir, el listado de ciudadanos aptos para votar.

    La falta de acceso a las actualizaciones del registro impide conocer la cantidad de potenciales votantes.

    La última actualización del registro electoral en noviembre de 2023. Estos reportes solo contienen datos estadísticos. / Captura de pantalla de reporte del TSE.

    El más reciente reporte de inscripciones y cancelaciones publicado por el TSE anterior corresponde al período junio de 2023 a abril de 2024.

    Mientras, la más reciente actualización del registro electoral corresponde a noviembre de 2023, cuando se cerró antes de las elecciones de 2024.

    El artículo 10 de la Ley de acceso a la información pública indica que los entes obligados deben publicar la información estadística que generen «protegiendo la información confidencial».

    Un patrón para negar información estadística

    Una fuente técnica que pidió no ser identificada por temor a represalias aseguró a Diario El Mundo que la institución electoral ha tomado un nuevo patrón de no entregar información pública, basándose en la Ley de protección de datos personales, aunque únicamente se requieran datos estadísticos.

    La fuente indicó que revisar las variaciones progresivas del registro en sus actualizaciones permite que se tenga certeza de que los inscritos en el padrón sí aparecen en el registro, por estar habilitados para votar, sin embargo, el no poder ver los avances numéricos «provoca que no haya credibilidad» en los datos.

    «No sabemos si se han integrado al padrón  que no les corresponde ser integradas o si al contrario, otras han sido sacadas del padrón. Entonces, esto impide conocer el crecimiento del padrón». Fuente técnica que pidió anonimato. 

    Aseguró que esta falta de información afecta a los partidos políticos porque no pueden «tener certeza del universo de votantes» al cual deben  dirigirse durante la campaña electoral o las actividades partidarias en territorio. «Es importante tener acceso a las actualizaciones para dar certeza de que solo están en el padrón las personas habilitadas para votar», afirmó.

    El Código Electoral, en el artículo 24, establece que el TSE debe llevar el listado de inscripciones y cancelaciones, y que debe ser publicado cada tres meses «por medios electrónicos», remitiendo copia a los partidos políticos.

    El artículo 87 de la misma normativa señala que el director del Registro Electoral debe «elaborar el padrón en forma depurada y actualizada cada seis meses».