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  • Dan 20 años de cárcel para hombre que violó y amenazó a una menor de edad en San Juan Opico

    Dan 20 años de cárcel para hombre que violó y amenazó a una menor de edad en San Juan Opico

    El Tribunal Primero de Sentencia de Santa Tecla, en La Libertad, emitió este jueves una sentencia de 20 años de cárcel para un hombre identificado como José Arnoldo Pacheco Cruz, hallado culpable del delito de violación en menor e incapaz en modalidad continuada, detalló la Fiscalía General de la República (FGR).

    Además, dicho tribunal también ordenó el pago de $800 en concepto de responsabilidad civil a favor de la víctima, según indicó la institución a través de un comunicado de prensa.

    Las violaciones que el sujeto cometió a la menor ocurrieron entre los años 2021 y 2025 en el distrito de San Juan Opico, La Libertad Centro. Cruz inició las agresiones contra la menor cuando esta tenía nueve años, aprovechando sus salidas nocturnas a la tienda. Cruz había amenazado a la menor para que guardara silencio, de acuerdo a la Fiscalía.

    La institución fiscal aseguró que estos abusos fueron cometidos por el ahora condenado hasta que la menor cumplió 13 años. La menor le contó a su madre sobre los abusos que habría sufrido de parte del sujeto. Posteriormente, fue denunciado ante Policía Nacional Civil (PNC) quien lo capturó e inició su proceso hasta la sentencia correspondiente.

    Más condenas

    Esta no fue la única condena reportada en las últimas horas ya que el jueves el Tribunal Segundo de Sentencia de Santa Tecla sentenció a 20 años de cárcel a un hombre identificado como Julio César Sorto Flores por violar a una adolescente de 14 años, en una zona rural del distrito de Colón.

    Según las investigaciones FGR, desde 2019 la víctima y sus hermanos vivían únicamente con uno de sus padres, debido al fallecimiento del otro.

    La víctima, como hermana mayor, asumió el cuidado de sus hermanos menores desde ese año debido a que el adulto responsable los dejaba solos. Sorto Flores se aprovechó de esta situación y comenzó a acosarla sexualmente cuando ella tenía 10 años, indicó la FGR.

    Más tarde, entre febrero y agosto de 2023, el imputado abusó de la víctima en varias ocasiones, cuando ella tenía 14 años. Tras ello, la PNC junto al Consejo Nacional de Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA) llegaron a la casa tras recibir una denuncia anónima.

    Tras las evaluaciones médicas, se confirmó que la víctima había sufrido abuso, por lo que la institución dio aviso a la Fiscalía para iniciar con el procedimiento legal.

    Estas condenas se suman a las reportadas el pasado miércoles por el Tribunal de Sentencia de Cojutepeque quien decretó 71 años de cárcel para Marcos Henry Herrera Aguiñada por los delitos de violación en menor o incapaz agravada, agresión sexual en menor o incapaz agravada y corrupción de menores e incapaces agravada.

    Según FGR, los abusos que el sujeto cometió ocurrieron en el distrito de San Rafael Cedros, municipio de Cuscatlán Sur e iniciaron cuando la víctima tenía 6 años de edad.

  • Gobierno recuerda que es ilegal construir túmulos en colonias sin autorización del VMT

    Gobierno recuerda que es ilegal construir túmulos en colonias sin autorización del VMT

    El director del Fondo de Conservación Vial (Fovial), Alex Beltrán, recordó que es ilegal que en las colonias se construyan túmulos sin la autorización del Viceministerio de Transporte (VMT).

    Durante una entrevista en Diálogo 21, Beltrán recordó que el VMT es el ente regulador de la circulación en El Salvador, el cual ya ha establecido las dimensiones adecuadas para los túmulos.

    Según Beltrán, en ocasiones son las mismas municipalidades o los pobladores los que deciden construir los túmulos.

    “Eso es totalmente ilegal, eso hemos estado haciendo previo al tour (de ciclismo), demoliendo algunos túmulos pero en algunos casos puede ser necesario ir reconstruyendo”, añadió Beltrán.

    El funcionario dijo que si hay centros de concentración masivos, como escuelas o iglesias, es necesario hacer que los vehículos disminuyan la velocidad, pero de forma adecuada pues, de lo contrario, se pueden provocar accidentes.

    ¿Qué dice la ley?

    La “Ley de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial” estipula en su artículo 119-M que los túmulos sobre las calles, avenidas o pasajes solo podrán colocarse con autorización de la Dirección General de Tránsito para lo que, previamente, deberá presentar una solicitud ante el director general.

    Para obtener la autorización para la colocación de túmulos, una persona necesita completar una solicitud única de tránsito, anexar una copia de su documento único de identidad (DUI), colocar un croquis de ubicación, fotografías de ser posible, credenciales legales —si se trata de una persona jurídica— y una fotocopia de factura cancelada por un precio de $15.

    Pasos para la autorización de construcción de túmulos. /VMT

    De no proceder legalmente, el incumplimiento de la medida puede incurrir en multas de $571 (5,000 colones salvadoreños) para los propietarios de inmuebles que estén frente a los túmulos.

    Si el propietario de la vivienda frente al túmulo no tiene vinculación con la obra, debe denunciar la situación ante la Dirección General de Tránsito 15 días hábiles después de que se presente dicho acontecimiento. De omitir la denuncia, las autoridades de transporte asumirán su responsabilidad en los “ilícitos” de la disposición.