Etiqueta: Constitución de la República

  • Candidatos presidenciales 2027 podrán hacer propaganda desde octubre de 2026

    Candidatos presidenciales 2027 podrán hacer propaganda desde octubre de 2026

    Los candidatos presidenciales que compitan en la elección de 2027 podrán hacer propaganda electoral desde el 1 de octubre de 2026, según establece el calendario electoral actualizado publicado el miércoles por el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

    El calendario detalla que la propaganda para la elección de Presidente y Vicepresidente de la República estará habilitada desde el martes 27 de octubre y concluirá el 24 de febrero de 2027, es decir, cuatro días antes de que los salvadoreños acudan a las urnas para elegir a los próximos soberanos.

    La Constitución de la República en el artículo 81 establece que la propaganda presidencial inicia aún sin previa convocatoria cuatro meses antes de la fecha de elecciones. El Código Electoral indica que la propaganda «constituye un derecho de los partidos» y coaliciones inscritas ante el TSE.

    Aunque en el artículo 175 del Código se prohíbe «hacer propaganda» por medios de comunicación, volantes, vallas, parlamentos o mitines «antes de la iniciación del período de propaganda», es decir, antes de los cuatros meses previos a la fecha de elecciones.

    Asimismo, la legislación actual prohibe la difusión de encuestas 15 días antes de la fecha de elecciones y hasta que se declaren en firme los resultados. Mientras que el día de la elección está prohibido portar símbolos de partidos en las Juntas Receptoras de Votos (JRV) y en los centros de votación.

    Los períodos de propaganda para 2027:

    • Propaganda presidencial del 27 de octubre de 2026 al 24 de febrero de 2027.
    • Propaganda legislativa del  27 de diciembre de 2026 al 24 de febrero de 2027.
    • Propaganda municipal del 27 de enero al 24 de febrero de 2027.

    El calendario electoral tuvo que ser actualizado por el Tribunal, luego que la Asamblea Legislativa emitiera medidas transitorias para acortar el actual período presidencial a 2027 y que ordenará elecciones presidenciales ese año. Además, amplió el período a seis años para los mandatarios.

    Inicialmente, la elección presidencial correspondía a 2029. De los resultados presidenciales depende la conformación del TSE, por lo que, actualmente el colegiado tiene incertidumbre si su período será acortado también.

    El Tribunal tendría que publicar entre el 13 y el 19 de marzo de 2027 la acta de escrutinio final y el decreto de declaratoria en firme de los resultados de la elección presidencial de acuerdo al calendario definitivo.

  • Precandidatos presidenciales 2027 podrán solicitar su inscripción desde el 1 de octubre de 2026

    Precandidatos presidenciales 2027 podrán solicitar su inscripción desde el 1 de octubre de 2026

    Los precandidatos a Presidente y Vicepresidente para las elecciones del 28 de febrero de 2027 podrán solicitar formalmente su inscripción ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) a partir del jueves 1 de octubre de 2026 según estipula el calendario electoral publicado este miércoles.

    El nuevo calendario electoral, actualizado a partir de las reformas a la Constitución de la República, establece un plazo de poco más de un mes y medio para que los precandidatos presidenciales elegidos en elecciones internas de los partidos puedan solicitar su inscripción en el Tribunal.

    Desde el jueves 1 de octubre hasta el jueves 19 de noviembre de 2026 podrán los precandidatos pedir al organismo colegiado que avale su inscripción para competir como candidatos a Presidente y Vicepresidente de la República para el período 2027-2032.

    El proceso de inscripción de candidatos presidenciales:

    • Certificación de partida de nacimiento.
    • Fotocopia ampliada del Documento Único de Identidad vigente.
    • Certificación de acta de escrutinio que haga constar que los candidatos fueron elegidos en elecciones internas.
    • Solvencia del Impuesto sobre la Renta y finiquito, certificación o constancia de la Corte de Cuentas sobre no sentencias ejecutoriadas.
    • Certificación de la partida de nacimiento o defunción del padre o la madre del candidato.
    • Declaración jurada del candidato de no estar inhabilitado para el cargo.
    • Declaración jurada de estar solvente del pago de cuotas alimenticias.

    El Código Electoral en el artículo 143 establece que las solicitudes de inscripción deben ser presentadas en la Secretaría General del TSE y que deben ser presentadas personalmente por los candidatos. En la elección del año pasado, los magistrados recibieron directamente las solicitudes.

    El calendario electoral establece que el TSE tendrá desde el 2 de octubre hasta el 24 de noviembre para emitir resolución sobre la solicitud de inscripción del precandidato, sea su decisión aprobándola o realizándole observaciones para subsanar.

    Las resoluciones tendrán que ser notificadas a los candidatos desde el 5 de octubre hasta el 25 de noviembre. Mientras que los candidatos con observaciones podrán subsanar las mismas en el plazo que iniciará el 6 de octubre y concluirá el 30 de noviembre de 2026.

    Actualmente, los partidos no han definido tajantemente si participarán en las elecciones presidenciales y luego de que la Asamblea Legislativa reformara la Constitución para permitir la reelección presidencial indefinida, el presidente Nayib Bukele no ha anunciado si buscará un tercer período consecutivo.

  • Claudia Ortiz presenta demanda contra reforma constitucional de reelección presidencial indefinida

    Claudia Ortiz presenta demanda contra reforma constitucional de reelección presidencial indefinida

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, presentó este viernes una demanda de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la que pide declare inconstitucional la reforma a la Constitución aprobada el 31 de julio que habilitó la reelección presidencial indefinida en El Salvador.

    «Este día hemos presentado una demanda de inconstitucionalidad para que se declare inconstitucional, justamente, las reformas que se hicieron a la Constitución de la República para autorizar la reelección presidencial indefinida. Quiero decirles a todos que, mientras hay pueblo, hay esperanza y este día hemos venido a presentar algo que es un derecho, pero también es un deber», expuso Ortiz luego de presentar la demanda en la ventanilla de la Corte.

    La diputada llamó a la población a hacer uso de sus derechos y señaló que uno es la «insurrección» cuando se rompe el orden constitucional.

    «Nuestra Constitución manda que, cuando el orden constitucional se rompe, el pueblo puede hacer uso de sus derechos, uno de ellos es la insurrección y una forma de insurrección es así: contestar con los recursos legales necesarios como este para que se restablezca el orden constitucional. Este no es un momento de pesimismo, no es momento de tirar la toalla, es momento de que los ciudadanos podamos hacer las cosas que nos corresponde como derecho y como deber», exhortó la legisladora de oposición.

    Ortiz exhortó a la población a no escuchar voces fatalistas «que muchas veces vienen de quienes nos tienen en esta situación, vienen de voces que ya estuvieron usando el poder, ejerciendo el poder». Dijo que el «oficialismo abandona al pueblo mientras ellos gozan de privilegios» e invitó a la gente que vea otras opciones para elecciones libres y justas y «se restablezca el orden constitucional».

    En la sesión plenaria del 31 de julio, la diputada Marcela Villatoro recriminó de voz y con cartel en mano a la bancada de Nuevas Ideas: «Este día murió la democracia».

    Estas son las reformas a la Constitución que decidió Nuevas Ideas:

    Artículo 75 de la Constitución

    Elimina la pérdida de derechos del ciudadano para quienes “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección” presidencial.

    Artículo 80 de la Constitución Se agrega que “se considerarán electos como presidente y vicepresidente” los “candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos en el correspondiente proceso electoral”, eliminando la disposición que ordenaba una segunda elección cuando “ningún partido político o coalición haya obtenido mayoría absoluta”.

    Artículo 152 de la Constitución Se elimina la disposición que prohibía las candidaturas presidenciales a quienes hubieran fungido en el anterior periodo como presidente.

    Artículo 154 de la Constitución Se establece que el periodo presidencial será de seis años y se agrega que “en el caso de una reelección el primer día de nuevo mandato” no se considerará “un día más”, ya que este artículo prohíbe quedarse “un día más”.

  • Manuel "El Chino" Flores dice diputados consumaron un “golpe de Estado legislativo”, evita hablar de Nicaragua y Venezuela

    Manuel «El Chino» Flores dice diputados consumaron un “golpe de Estado legislativo”, evita hablar de Nicaragua y Venezuela

    El secretario general del Frente Farabundo Martí para Liberación Nacional (FMLN), Manuel «El chino» Flores, aseguró que los diputados «han consumado un golpe de Estado» desde la Asamblea Legislativa al aprobar la reforma constitucional para permitir la reelección presidencial indefinida.

    «Consolidando así un proyecto autoritario y abusivo que busca eternizar en el poder a una sola persona… Esto no es una simple reforma, es el entierro de la República, es la legalización de la dictadura», indicó el dirigente del partido de izquierda. «Ninguna dictadura es eterna», afirmó.

    Leyendo un pronunciamiento del partido político, el dirigente del FMLN afirmó que la Constitución es clara y prohíbe la reelección presidencial inmediata e indefinida.

    «Esa prohibición no es un capricho, es la garantía que evita que un individuo, cualquiera que sea, se convierta en tirano», afirmó.

    «Serán recordados como los que vendieron la República, por un puesto, por un cheque, por un préstamo en un banco nacional para comprar apartamentos de medio millón», reclamó.

    Flores instó a conformar una «gran coalición democrática popular que trascienda a partidos».

    Ante la pregunta sobre la comparación que hacen organizaciones como Acción Ciudadana y Cristosal, respecto a las dictaduras en países como Venezuela y Nicaragua, evitó opinar sobre ello.

    «Estoy en El Salvador y voy a hablar de El Salvador, la autodeterminación de los pueblos y el respeto a sus procesos es la consolidación futura de las relaciones con el mundo entero. Cada país va a resolver sus problemas, así como Estados Unidos va a resolver los problemas con Trump, así como otros van a resolver los problemas con Netanyahu, así como otros van a resolver los problemas con Erdogan, así como otros van a resolver los problemas con el tirano de Siria, nosotros, los salvadoreños, nos vamos a enfocar en El Salvador», respondió.

    El presidente salvadoreño Nayib Bukele ganó las elecciones presidenciales con el 53.1 % de los votos, un total de 1,434,856 votos, en 2019, frente a Carlos Calleja, por Arena, que ganó el 31.72 % en ese entonces.

    Durante su primer periodo presidencial, la Asamblea Legislativa ganó la mayoría legislativa y, el 1 de mayo de 2021, cambió la Sala de lo Constitucional, la cual en septiembre, habilitó la reelección presidencial en periodo continuo, reinterpretando el inciso 1 del artículo 152 de la Constitución, que establece que quienes hayan gobernado durante los seis meses antes del periodo anterior no podían ser candidatos presidenciales.

    La Sala de lo Constitucional resolvió que sí era posible la búsqueda de la reelección presidencial continua «por una sola vez», dado que la prohibición aplicaba para el «periodo anterior» al actual, es decir, para el antecesor de Bukele.

    La resolución permitió la inscripción electoral y la reelección presidencial de Bukele para un segundo mandato, que ganó con el 84.65 % de los votos, un total de 2,701,725 votos, en 2024, sobre a Manuel «El Chino» Flores, con 6.4 %, un total de 204,167 votos. El FMLN, actualmente, solo tiene una diputada en el Parlamento Centroamericano (Parlacen) y no tiene escaños en la Asamblea Legislativa.

  • Asamblea ratifica reforma constitucional que permitiría reelección presidencial indefinida

    Asamblea ratifica reforma constitucional que permitiría reelección presidencial indefinida

    La Asamblea Legislativa reformó la noche del jueves 31 de julio, cinco artículos de la Constitución de la República, algunos de los cuales impedían la reelección presidencial en El Salvador.

    Nuevas Ideas aseveró que esta reforma constitucional permite a la población reelegir cuantas veces quiera a un presidente de la República, así como lo hace con diputados o alcaldes; mientras, la oposición lo ve como una estrategia de Nuevas Ideas para perpetuarse en el poder.

    Los diputados hicieron el mismo día las dos votaciones necesarias para la reforma, una para acordarla y otra para ratificarla. El acuerdo de reforma constitucional fue votado a las 8:08 p.m. y, en una segunda sesión plenaria, la ratificación se dio a las 9:57 p.m.

    En ambos casos, votaron 57 diputados de Nuevas Ideas y sus aliados.

    Antes de esta reforma, Nuevas Ideas cambió en enero de 2025 el artículo 248 de la Constitución para permitir cambiar la Carta Magna en una sola legislatura con tres cuartas partes de los votos, es decir, 45 votos. La Sala de lo Constitucional ya había habilitado la reelección presidencial en periodo inmediato, en una resolución de septiembre de 2021, pero la Sala aclaró que la reelección en periodo continuo únicamente era permitida «una sola vez más».

    Levanta prohibiciones contra reelección presidencial

    La reforma elimina, en el artículo 75 de la Constitución, la prohibición para suscribir actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección o la continuación del Presidente de la República. Esa conducta se castigaba en la Constitución con la «pérdida de la ciudadanía», lo cual fue suprimido de la Constitución.

    El artículo 154 de la Constitución indicaba que «el período presidencial será de cinco años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más», el cual se sustituye por: “El periodo presidencial será de seis años y comenzará y terminará el día primero de junio, sin que la persona que haya ejercido la Presidencia pueda continuar en sus funciones ni un día más. En el caso de una reelección, el primer día del nuevo mandato, no constituye un día más del periodo que finalizó”.

    En el artículo 152 de la Constitución de la República, se elimina la disposición que prohibía que los candidatos a Presidente de la República hubiesen «desempeñado la Presidencia de la República por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior, o dentro de los últimos seis meses anteriores al inicio del período presidencial”.

    Este artículo fue la base para que la Sala de lo Constitucional dijera que la reelección presidencial era permitida en El Salvador. En su resolución de septiembre de 2021, la Sala de lo Constitucional indicó: «La prohibición va dirigida a los candidatos, de manera que permite por una sola vez más, la reelección presidencial».

    La reforma ratificada ayer permitiría, según los diputados de Nuevas Ideas, la reelección presidencial indefinidamente.

    Se elimina la segunda vuelta electoral

    En el artículo 80, se establece la elección de presidente y vicepresidente de la República «los candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos en el correspondiente proceso electoral”, eliminando así la segunda vuelta electoral para presidente, que estaba considerada en el mismo artículo.

    Eliminan, así, disposiciones que indicaba que “cuando en las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República ningún partido político o coalición de partidos políticos participantes, haya obtenido mayoría absoluta de votos de conformidad con el escrutinio practicado, se llevará a cabo una segunda elección entre los dos partidos políticos o coalición de partidos políticos que hayan obtenido mayor número de votos válidos».

    Se extiende a seis años periodo presidencial y se reduce solo el actual

    La reforma extiende el periodo presidencial a seis años y reduce el periodo presidencial iniciado 2024-2029 de manera anticipada el 1º de junio de 2027, para «unificar las elecciones de presidente y vicepresidente de la República, diputados de la Asamblea Legislativa y concejos municipales».

    En 2027 se realizarán, entonces, «elecciones para presidente y vicepresidente de la República, diputados a la Asamblea Legislativa y concejos municipales”.

     

  • Asamblea reforma la Constitución para permitir la reelección indefinida

    Asamblea reforma la Constitución para permitir la reelección indefinida

    Con 57 votos de Nuevas Ideas y sus aliados, la Asamblea Legislativa aprobó este 31 de julio a las 8:08 de la noche un acuerdo para reformar la Constitución de la República con la finalidad de permitir la reelección indefinida del presidente de la República y extender el periodo presidencial a seis años. Los legisladores ratificaron la reforma, en una segunda sesión plenaria el mismo día, dos horas después.

    Los diputados de Nuevas Ideas rechazaron que se estén transgrediendo la alternabilidad en el poder presidencial establecida en la Constitución.

    “En ningún momento estamos proponiendo que se quede un solo presidente y nunca haya más elecciones en este país”, dijo la diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas. “Ahora, lo que quieren es perpetuarse en el poder, así empezó Fujimori”, indicó por su parte el diputado opositor Francisco Lira, de Arena.

    La primera reforma elimina la disposición que ordena la “pérdida de derechos del ciudadano” a las personas que “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección” presidencial, que estaba establecida en el artículo 75 de la Constitución.

    Otra reforma, realizada al artículo 152, inciso primero, elimina la disposición que prohibía las candidaturas presidenciales a quienes hubieran fungido en el anterior periodo como presidente. Esa disposición fue la base para la reinterpretación que hizo la Sala de lo Constitucional, el 7 de septiembre de 2021, para habilitar la reelección presidencial en periodo continuo.

    Una tercera reforma, al artículo 154, establece que el periodo presidencial será de seis años y establece que una reelección no se considerará “un día más” el primer día de nuevo mandato. Ese artículo prohíbe al presidente que, al final de su periodo, se quede “un día más”.

    Las reformas, en el artículo 80, permiten que el presidente sea electo con mayoría y que no se vaya a segunda vuelta si no supera la mitad de los votos, y adelanta la finalización del actual periodo presidencial para 2027 con el fin de que las elecciones coincidan con las municipales y legislativas.

    Al final de la sesión plenaria, el diputado Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, convocó para una nueva sesión plenaria este mismo jueves a las 8:45 p.m.

    La discusión

    La reforma constitucional fue acordada en medio de una discusión sobre las reformas a la Constitución de la República y la democracia.

    “Solo buscaban proteger un sistema de privilegios. Este sistema permitió el clientelismo, el caciquismo partidario y el enriquecimiento injustificado de los partidos políticos tradicionales”. Ana Figueroa, Nuevas Ideas.

    La diputada Marcela Villatoro, de Arena, dijo que están “hoy están matando la democracia”, que están “desmantelándola”. “Es un día triste y ustedes mismos van a pagarlo, la van a pagar”, agregó, ya que “la población les va a reclamar”.

    “Ya se quitaron la máscara. Dejen de querer de disfrazar de popularidad y de querer romantizar las dictaduras de que porque la gente las quiere. ¿Y cuándo una dictadura ha comenzado de forma impopular”. Marcela Villatoro, de Arena.

    La legisladora dijo que en El Salvador ahora “van a comenzar a disfrazar elecciones” cuando “el poder es para unos pocos”. “Ahora esta noche le puedo decir que ya es demasiado tarde. Esta tardenoche la democracia en este país ha muerto”, dijo.

    “Es un plan que ya tenían trazado. No es para devolverle el poder al pueblo, es para quedarse en el poder ustedes”. Claudia Ortiz, de Vamos.

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, indicó que lo que están haciendo es cambiando la Constitución para seguir en el poder y aseguró que “los que tienen miedo son ellos” en referencia ante las próximas elecciones legislativas.

    “Solo el pueblo salva al pueblo y al final la soberanía siempre reside en la gente, por más que gobernantes autoritarios o diputados serviles quieran poner todos los candados, cambiar la Constitución, apoderarse de todas las instituciones. Los que tienen más miedo son los que están acá”, exclamó.

    La diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas, defendió la extensión del periodo presidencial a seis años, lo que permitirá mayor seguridad jurídica. Aseguró que la Constitución «no es intocable».

    El diputado Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, destacó que en Estados Unidos «no existen segundas vueltas». «La idea es sincronizar las elecciones de diputados, presidentes y concejos municipales», afirmó. Esto permitirá que haya elecciones de «medio término» ya que la población podrá premiar o castigar al presidente electo a la mitad de su periodo.

    «A muchos lo que les da miedo es que el pueblo está decidiendo. Estamos presentando una propuesta nueva para ordenar el tema de las elecciones y será en el 2027 en donde el pueblo va a tomar la decisión. Si al pueblo no le gusta, el pueblo le puede dar vuelta a la Asamblea Legislativa». Ernesto Castro, presidente de Asamblea Legislativa.

    El presidente salvadoreño, Nayib Bukele, funge su segundo periodo presidencial de manera continua luego de haber sido reelecto en febrero de 2024 y después de que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) lo inscribiera como candidato al basarse en la resolución de la Sala de lo Constitucional del 7 de septiembre de 2021, luego de sustituir a magistrados destituidos el 1 de mayo de 2021.

    La reforma será ratificada en la legislatura actual, que finaliza su gestión el 1 de mayo de 2027, según el mismo decreto aprobado este jueves.