Etiqueta: Corte Suprema de Estados Unidos

  • Decisión de la Corte Suprema de EE. UU. genera incertidumbre para salvadoreños con TPS

    Decisión de la Corte Suprema de EE. UU. genera incertidumbre para salvadoreños con TPS

    El reciente fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos que permite al Gobierno federal avanzar con la eliminación del Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para ciudadanos de Haití y Siria ha generado preocupación entre miles de inmigrantes, incluidos los salvadoreños beneficiarios de ese programa migratorio.

    Aunque la decisión judicial no modifica de inmediato el TPS para El Salvador, organizaciones que brindan apoyo a trabajadores migrantes advirtieron que el fallo podría influir en futuras decisiones del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) respecto a otros países amparados por este beneficio.

    De acuerdo con información divulgada por el sindicato SEIU Local 503, el TPS para los salvadoreños continúa vigente hasta el 9 de septiembre de 2026, siempre que los beneficiarios hayan completado correctamente el proceso de reinscripción entre el 17 de enero y el 18 de marzo de 2025.

    Sin embargo, la organización explicó que las extensiones automáticas de los permisos de trabajo podrían finalizar antes para algunos beneficiarios. En esos casos, quienes solicitaron oportunamente la renovación de su autorización laboral mantendrán la extensión automática, al menos, hasta el 22 de julio de 2026, mientras reciben una resolución definitiva sobre su trámite.

    SEIU Local 503 recomendó a los salvadoreños con TPS consultar de inmediato con un abogado especializado en inmigración para conocer las alternativas legales disponibles, ya que algunas personas podrían calificar para otros mecanismos de protección migratoria, como solicitudes de asilo u otros beneficios establecidos en la legislación estadounidense.

    La organización también recordó que la reciente decisión de la Corte Suprema otorga al Departamento de Seguridad Nacional mayor discrecionalidad para poner fin al TPS de distintos países sin que esas determinaciones puedan ser revisadas por los tribunales, lo que podría afectar futuros litigios relacionados con este programa.

    Asimismo, aconsejó a los beneficiarios preparar un plan familiar ante cualquier eventual cambio en su situación migratoria. Entre las recomendaciones figuran organizar documentos importantes, definir quién se hará cargo de los hijos en caso de una emergencia migratoria, mantener contacto con un abogado de confianza y conocer los derechos que asisten a todas las personas dentro de Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio.

    En el ámbito laboral, el sindicato recordó que el reciente fallo judicial no implica que los empleadores puedan exigir de inmediato nuevos formularios I-9 o documentos adicionales de autorización para trabajar. En caso de que un patrono solicite información adicional o amenace con sanciones relacionadas con el estatus migratorio del empleado, la recomendación es buscar asesoría legal y, cuando corresponda, informar al representante sindical.

    Las organizaciones de apoyo a inmigrantes insistieron en que los beneficiarios del TPS no deben recurrir a personas no autorizadas para recibir asesoría migratoria y exhortaron a buscar únicamente abogados o proveedores legales acreditados para evaluar cada caso de manera individual.

    Actualmente, se estima que entre 170,000 y 195,000 salvadoreños tienen el Estatus de Protección Temporal (TPS) activo en los Estados Unidos. Aunque originalmente unas 232,000 personas eran elegibles o formaban parte del programa, la cifra de beneficiarios activos ha disminuido con los años debido a que muchos han logrado ajustar su estatus migratorio por otras vías legales o han fallecido.

  • La batalla por la redistribución de mapas electorales en EEUU amenaza el voto de las minorías negras

    La batalla por la redistribución de mapas electorales en EEUU amenaza el voto de las minorías negras

    El reciente fallo de la Cote Suprema de Estados Unidos sobre la redistribución de los distritos electorales en el estado de Luisiana reabrió el debate sobre la protección del voto de las minorías afroamericanas y el alcance de la histórica Ley del Derecho al Voto de 1965.

    La decisión judicial anuló un mapa electoral que contemplaba dos distritos con mayoría de votantes negros, al considerar que otorgaba prioridad al criterio racial y, por tanto, vulneraba los derechos del resto de los electores. La resolución fue redactada por el juez Samuel Alito y contó con el rechazo de las magistradas Elena Kagan, Sonia Sotomayor y Ketanji Brown Jackson.

    Especialistas consideran que el fallo marca un nuevo retroceso para la legislación aprobada durante el movimiento por los derechos civiles en Estados Unidos, la cual fue diseñada para garantizar la participación política de las minorías y evitar prácticas discriminatorias en los procesos electorales.

    La denominada Ley del Derecho al Voto fue promulgada en 1965 tras las históricas protestas lideradas por Martin Luther King y prohibió mecanismos que impedían a los ciudadanos afroamericanos ejercer el sufragio, como pruebas de alfabetización o impuestos para votar. Posteriormente, en 1982, el Congreso fortaleció la normativa al permitir impugnar mapas electorales que redujeran el peso del voto de las comunidades negras.

    Sin embargo, esa legislación ha sido debilitada por varias resoluciones del Tribunal Supremo. En 2013, la máxima corte eliminó la obligación de que estados con antecedentes de discriminación racial solicitaran autorización federal antes de modificar sus normas electorales. Tras esa decisión, varios estados aprobaron nuevas restricciones al voto que afectaron principalmente a comunidades afroamericanas, hispanas y de bajos ingresos.

    En 2021, otro fallo limitó el alcance de las demandas por discriminación electoral, mientras que la reciente decisión sobre Luisiana podría dificultar aún más los recursos legales contra la redistribución de distritos que reduzcan la representación de las minorías.

    El caso también reavivó el debate sobre el concepto de «ceguera al color», una postura jurídica que sostiene que las leyes deben tratar a todos los ciudadanos sin considerar su raza. Sus defensores afirman que la Constitución debe aplicarse de manera neutral, mientras que académicos y organizaciones civiles consideran que esa interpretación ignora las desigualdades históricas que aún afectan a diversos sectores de la población.

    El historiador jurídico Paul Finkelman advirtió que esa supuesta neutralidad puede convertirse en un mecanismo para mantener las desigualdades existentes, al permitir que factores raciales queden ocultos bajo criterios aparentemente técnicos. En la misma línea, el economista y jurista Chika Okafor sostuvo que eliminar las medidas destinadas a proteger la representación de las minorías no genera igualdad, sino que fortalece las ventajas estructurales de los grupos mayoritarios.

    El impacto de esta doctrina también se ha extendido a otros ámbitos, como la educación superior, luego de que el Tribunal Supremo prohibiera considerar la raza como criterio en los procesos de admisión universitaria, una decisión que igualmente ha generado amplio debate sobre el futuro de las políticas de igualdad en Estados Unidos.

  • La Corte Suprema de EEUU avala a Trump para que ponga fin al TPS y rechace peticiones de asilo en la frontera

    La Corte Suprema de EEUU avala a Trump para que ponga fin al TPS y rechace peticiones de asilo en la frontera

    La Corte Suprema de Estados Unidos otorgó este jueves dos importantes victorias judiciales al presidente Donald Trump al avalar medidas que fortalecen su política migratoria, mientras permanece pendiente un fallo sobre el decreto que busca limitar la ciudadanía por derecho de nacimiento.

    En una decisión respaldada por los seis magistrados conservadores y rechazada por las tres juezas liberales, el máximo tribunal autorizó al Gobierno poner fin al Estatus de Protección Temporal (TPS) para unos 350,000 ciudadanos haitianos y 6,100 sirios, quienes ahora quedan expuestos a procesos de deportación.

    El fallo también genera incertidumbre para aproximadamente 1.3 millones de inmigrantes de 17 países, incluido El Salvador, que contaban con este beneficio cuando Trump regresó a la Casa Blanca.

    La mayoría de la Corte concluyó que la legislación que regula el TPS, creado en 1990 para proteger temporalmente a personas que no pueden regresar con seguridad a sus países de origen, impide que los tribunales revisen las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo sobre este programa.

    Los jueces también desestimaron los argumentos de los demandantes haitianos, quienes señalaron que las declaraciones realizadas por Trump durante la campaña presidencial evidenciaban una motivación discriminatoria. Según la opinión mayoritaria, «ninguna de las expresiones es abiertamente racial».

    Tras conocerse la resolución, los representantes legales de los beneficiarios del TPS advirtieron que la decisión tendrá graves consecuencias humanitarias.

    «Esta decisión pondrá en peligro a los haitianos beneficiarios del TPS que huyeron de su tierra natal en busca de aquello que generaciones de inmigrantes anhelaban al tomar la dolorosa decisión de dejar atrás todo lo que conocían: vivir seguros», expresó el equipo jurídico de los demandantes.

    Golpe al asilo

    En otro fallo emitido el mismo día, la Corte Suprema permitió que el Gobierno rechace solicitudes de asilo presentadas por personas que permanecen en la frontera con México, al considerar que quienes no han ingresado formalmente al territorio estadounidense no han «llegado» al país en los términos establecidos por la ley.

    La jueza Sonia Sotomayor, una de las magistradas liberales, rechazó esa interpretación y advirtió en su voto disidente que «las consecuencias de la decisión de hoy son predecibles: más personas morirán».

    La Corte Suprema continuará publicando resoluciones en los próximos días antes de iniciar su receso de verano. Entre los casos pendientes destaca el análisis sobre la constitucionalidad del decreto impulsado por Trump para restringir la ciudadanía por nacimiento a hijos de inmigrantes indocumentados o con visas temporales, una decisión que podría tener profundas implicaciones para la política migratoria y los derechos constitucionales en Estados Unidos.

     

  • Juez EEUU desestima caso de tráfico de personas contra el salvadoreño Kilmar Ábrego

    Juez EEUU desestima caso de tráfico de personas contra el salvadoreño Kilmar Ábrego

    Un juez federal de Estados Unidos desestimó este viernes el caso por tráfico de personas presentado contra el salvadoreño Kilmar Ábrego García, cuya deportación errónea a El Salvador generó controversia y críticas contra las políticas migratorias del presidente Donald Trump.

    La decisión fue emitida por el juez federal Waverly Crenshaw, de Nashville, quien concluyó que la acusación presentada contra Ábrego García constituyó una posible “persecución selectiva o vengativa” por parte del gobierno estadounidense.

    Según el fallo judicial, las autoridades retomaron el caso penal únicamente después de que Abrego García lograra una resolución favorable en su demanda por deportación indebida.

    “Sin la exitosa demanda de Ábrego García impugnando su expulsión a El Salvador, el gobierno no habría presentado este proceso”, sostuvo Crenshaw en la resolución.

    El salvadoreño había sido acusado de tráfico de personas y conspiración para tráfico humano, bajo señalamientos de transportar migrantes indocumentados dentro de Estados Unidos a cambio de dinero.

    Las acusaciones se originaron tras una detención de tránsito ocurrida en Tennessee en 2022, cuando Abrego García fue interceptado por exceso de velocidad mientras transportaba a nueve pasajeros.

    Sin embargo, videos corporales de la Policía mostraron un procedimiento sin incidentes mayores y finalmente el salvadoreño recibió únicamente una advertencia antes de continuar su camino.

    El juez destacó que las autoridades migratorias estadounidenses conocían el caso desde hacía dos años y que incluso lo habían cerrado previamente antes de deportarlo a El Salvador.

    No obstante, luego de que la Corte Suprema ordenara su retorno a Estados Unidos por considerar ilegal la deportación, el caso fue reabierto y derivó en las acusaciones criminales ahora desestimadas.

    Crenshaw también cuestionó declaraciones públicas de funcionarios de la administración Trump, entre ellos el entonces fiscal general adjunto Todd Blanche, quien sugirió públicamente que el proceso judicial se relacionaba con la victoria legal obtenida por Ábrego García.

    El salvadoreño había sido deportado en marzo de 2025 e internado brevemente en el CECOT, pese a contar con una orden judicial emitida en 2019 que le otorgaba protección contra la expulsión hacia El Salvador, debido al riesgo que enfrentaba por amenazas de pandillas contra su familia. Ábrego fue retornado a EEUU tres meses después.

    Ábrego García reside desde hace años en Maryland, donde formó una familia junto a su esposa e hijo estadounidenses, aunque ingresó irregularmente a territorio estadounidense siendo adolescente.

    Pese al fallo judicial favorable, funcionarios del gobierno estadounidense han reiterado que Ábrego García no podrá permanecer en Estados Unidos y han planteado deportarlo hacia un tercer país, entre ellos Liberia.

     

     

  • Trump pide a la Corte Suprema mantener el género asignado al nacer en los pasaportes de trans

    Trump pide a la Corte Suprema mantener el género asignado al nacer en los pasaportes de trans

    El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, solicitó este viernes la Corte Suprema que permita su propuesta de mantener el género asignado al nacer en los pasaportes y eliminar la opción «X» para personas trans y no binarias, después de que un tribunal federal bloqueara su iniciativa.

    El Departamento de Justicia presentó el recurso tras la decisión de una jueza federal que anuló la política impulsada por Trump y ratificó el derecho de los ciudadanos a elegir el marcador de género en sus documentos oficiales.

    En 2022, el entonces presidente Joe Biden anunció que los pasaportes incluirían la opción «X» como marcador para personas trans y no binarias. Sin embargo, en enero de este año, tras asumir el cargo, Trump firmó una orden ejecutivaque obliga a reconocer únicamente dos sexos —masculino y femenino— y establece que los documentos oficiales deben reflejar el sexo asignado al nacer.

    La medida provocó una fuerte reacción del movimiento LGTBI, que interpuso demandas para frenar su aplicación.

    La Administración Trump defiende que el sexo biológico es un criterio más confiable para la identificación en documentos oficiales.

    “La orden ejecutiva explicaba que ese rasgo inmutable (el asignado al nacer) es una mejor base para la identificación que la identidad de género, que representa una sensación interna y subjetiva, existe en un continuo infinito y puede cambiar con el tiempo”, argumenta el recurso presentado por el Departamento de Justicia.

    Si el Supremo respalda la posición de Trump, los pasaportes de personas trans y no binarias mostrarán únicamente el género asignado al nacer, sin posibilidad de reflejar su identidad de género.

    Esta iniciativa se suma a otras medidas de la Administración Trump contra la población trans, incluida la prohibición de que participen en competiciones deportivas femeninas. El presidente republicano ha convertido estas políticas en uno de los ejes de su agenda desde la campaña electoral.