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    Tribunal estadounidense niega inmunidad a militar salvadoreño por caso de periodistas holandeses

    La Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito de Estados Unidos resolvió que el excoronel del Ejército salvadoreño Mario Adalberto Reyes Mena no puede invocar inmunidad oficial para evitar una demanda civil relacionada con el asesinato extrajudicial de cuatro periodistas holandeses durante el conflicto armado en El Salvador.

    En una decisión unánime emitida el 8 de julio, el tribunal ratificó que las violaciones a normas imperativas del derecho internacional, conocidas como jus cogens, entre ellas las ejecuciones extrajudiciales, no pueden considerarse actos oficiales de un Estado y, por tanto, no están protegidas por inmunidad basada en el cargo.

    La demanda fue presentada en octubre de 2024 por el hermano de uno de los periodistas asesinados al amparo de la Ley de Protección de las Víctimas de la Tortura (TVPA, por sus siglas en inglés), legislación estadounidense que permite iniciar acciones civiles contra personas responsables de ejecuciones extrajudiciales cometidas bajo autoridad o apariencia de autoridad de un gobierno extranjero.

    Según el expediente judicial, Reyes Mena comandaba la Cuarta Brigada del Ejército salvadoreño cuando presuntamente ordenó la emboscada en la que murieron cuatro periodistas neerlandeses el 17 de marzo de 1982, después de que militares conocieran la ruta que seguirían para realizar una cobertura informativa durante la guerra civil.

    Los cuatro periodistas de Países Bajos fueron asesinados en 1982 por el ejército salvadoreño.

    En junio de 2025, el Juzgado de Sentencia de Chalatenango condenó a 15 años de cárcel a tres exmilitares por el asesinato de los periodistas. En noviembre de 2022, un tribunal salvadoreño procesó a tres exoficiales de la Fuerza Armada por estos hechos, entre ellos Reyes Mena, quien reside en el estado de Virginia desde 1984 y no regresó a El Salvador para enfrentar el proceso penal. Posteriormente fue declarado culpable en ausencia.

    En mayo de ese año, la Cámara de lo Penal de la Cuarta Sección del Centro de Santa Tecla, en La Libertad, confirmó la sentencia para los militares condenados por el asesinato de los cuatro periodistas holandeses.

    Durante la apelación en Estados Unidos, la defensa argumentó que el exmilitar actuó en ejercicio de funciones oficiales y que, por ello, debía beneficiarse de inmunidad. Sin embargo, la Corte sostuvo que las ejecuciones extrajudiciales constituyen violaciones de normas internacionales de obligatorio cumplimiento y no pueden ser consideradas actos soberanos protegidos por ese principio jurídico.

    El tribunal también rechazó otros argumentos presentados por la defensa, entre ellos que la inmunidad debía aplicarse porque el caso era de naturaleza civil y no penal o que la legislación estadounidense sobre inmunidad de Estados extranjeros impedía la demanda. Los jueces concluyeron que ninguna de esas razones modifica el carácter de las presuntas violaciones al derecho internacional.

    La decisión permite que el proceso civil continúe en una corte federal de Virginia y es considerada un precedente relevante para otros casos de derechos humanos en Estados Unidos, al reafirmar que exfuncionarios extranjeros pueden ser demandados por presuntas ejecuciones extrajudiciales y otras graves violaciones a los derechos humanos.