Etiqueta: justicia transicional

  • ONG presenta ante la CIDH informe sobre violencia sexual durante la guerra civil salvadoreña

    ONG presenta ante la CIDH informe sobre violencia sexual durante la guerra civil salvadoreña

    La organización Cristosal presentó el martes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un informe sobre la violencia sexual y reproductiva ocurrida durante la guerra civil de El Salvador entre 1980 y 1992.

    La presentación del informe se realizó este martes durante una audiencia pública sobre la situación de los derechos humanos de víctimas de violencia sexual en el marco del 195 período de sesiones de la CIDH, que en esta ocasión se realizó en Guatemala.

    Morales, miembro de Cristosal, explicó a periodistas que el informe «refleja la dimensión y atrocidades que se cometieron contra mujeres y niñas, en su gran mayoría como crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad bajo responsabilidad de Estado».

    Apuntó que también han «planteado, como el mismo informe refleja, la grave situación de impunidad que favorece a los responsables de estos crímenes».

    El abogado denunció que el Estado de El Salvador «es infuncional, que no ha generado programas de reparación a los que está obligado, que no ha cumplido obligaciones de sentencias internacionales o nacionales y que no ha facilitado la información de estos crímenes».

    «Acudimos a un organismo internacional a razón que en El Salvador el espacio cívico se ha cerrado, organizaciones de derechos humanos y las personas defensoras están siendo perseguidas, y las mujeres están siendo criminalizadas», dijo.

    Señaló la Fiscalía General «no aplica un enfoque de género, revictimiza a las mujeres sobrevivientes que han acudido buscando que los crímenes que sufrieron sean investigados» y que «ha quedado en evidencia un Estado que, en teoría reconoce los derechos de las mujeres, pero en la práctica no puede evidenciar que está cumpliendo sus obligaciones en materia de justicia ni de reparación».

    Expuso, por ejemplo, que un grupo de 10 mujeres presentaron ante la Fiscalía hace 9 años una denuncia «que ni siquiera ha sido investigada».

    «En el marco que no hay condiciones internas para promover que el Estado cumpla sus obligaciones debemos acudir a los sistemas internacionales y colocamos el tema en el sistema interamericano para que sea objeto de seguimiento y pueda ser incluido en su informe anual (el de la CIDH) y en otros tipos de mecanismos», agregó.

    La guerra civil salvadoreña, que enfrentó al Ejército con la guerrilla del FMLN, se saldó con unos 75,000 muertos, entre 8,000 y 10,000 desaparecidos y cientos de masacres de civiles -la mayoría mujeres, niños y ancianos- atribuidas a los militares.

  • PDDH pide aprobar ley de justicia transicional sin amnistías

    PDDH pide aprobar ley de justicia transicional sin amnistías

    La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador pidió el viernes a la Asamblea Legislativa aprobar una ley de justicia transicional integral que garantice reparación a las víctimas del conflicto armado (1980-1992), a propósito del 34 aniversario de la firma de los Acuerdos de Paz.

    La institución subrayó que esta normativa debe tener como prioridad a las víctimas y no debe incluir “amnistías de facto ni encubiertas, ni obstáculos procesales que perpetúen la impunidad”, según expresó en un comunicado publicado en redes sociales.

    Además, la PDDH insistió en que la futura ley debe crear las condiciones necesarias para la investigación de crímenes de guerra, sancionar a los responsables, garantizar reparación integral y promover medidas para evitar que estos hechos se repitan.

    En octubre de 2024, sobrevivientes del conflicto y organizaciones de derechos humanos presentaron ante la Asamblea Legislativa una propuesta de ley de justicia transicional, con el fin de establecer un marco legal que reconozca los derechos de las víctimas y genere mecanismos efectivos de reparación.

    La iniciativa representó el tercer intento por legislar en esta materia. La primera propuesta fue archivada en 2021 por la Asamblea dominada por el partido Nuevas Ideas, afín al presidente Nayib Bukele. Una segunda iniciativa tampoco fue discutida durante el período legislativo siguiente.

    Hasta el momento, se desconoce si la Asamblea Legislativa estudia el anteproyecto presentado el año pasado. La falta de información ha generado preocupación entre víctimas y organizaciones sociales que denuncian la ausencia de voluntad política para avanzar en el tema.

    Durante el conflicto armado salvadoreño se registraron al menos 75,000 muertes, 8,000 desapariciones y cientos de masacres, incluyendo las de El Mozote y la de cuatro periodistas holandeses.

    La PDDH destacó que avances judiciales como la condena por el asesinato de los periodistas y el proceso contra ex altos mandos por la masacre de El Mozote “demuestran que cuando existe voluntad judicial, debida diligencia reforzada y respeto, la impunidad puede ser enfrentada”. Añadió que “estos procesos confirman que la justicia es posible, aún después de décadas”.

     

  • Se reactiva juicio contra exmilitares acusados por ser parte de Escuadrones de la Muerte

    Se reactiva juicio contra exmilitares acusados por ser parte de Escuadrones de la Muerte

    El Juzgado Primero de Instrucción de San Miguel ordenó el lunes que cuatro exmilitares acusados de pertenecer a los Escuadrones de la Muerte enfrenten juicio por su presunta participación en crímenes cometidos durante el conflicto armado salvadoreño.

    La Fiscalía General de la República les imputa los delitos de asesinato, privación de libertad, asociaciones ilícitas y violaciones a las leyes o costumbres de guerra.

    Los acusados han sido identificados como José de la Cruz Orellana y Ángel Aníbal Alvarado Benítez, actualmente detenidos; y José Inés Benavides Martínez y Luis Alonso Benavides Polio, quienes enfrentan el proceso en libertad, bajo medidas sustitutivas.

    Las víctimas fueron identificadas como Ángel María Chávez Benavides, María Verónica Ernestina Aguilar de Chávez, José Luciano Benavides, Guillermo Antonio Magaña Castellón y Rogelio de la Cruz Magaña.

    El proceso fue retomado luego de que el Tribunal Primero de Sentencia de San Miguel anulara parcialmente la audiencia preliminar celebrada el 30 de mayo de 2025. Como resultado, el caso regresó al Juzgado Primero de Instrucción, donde se celebró una audiencia especial que concluyó con la decisión de enviar a los exmilitares a juicio.

    El comienzo de este juicio -que en principio estaba programado para mayo de 2023- ha sido suspendido en cuatro ocasiones.

    Según la Fiscalía, Ángel Chávez Benavides, María Verónica de Chávez, José Luciano Benavides, Guillermo Magaña Castellón y Rogelio Magaña Castellón, residían en el cantón San Andrés de San Miguel, en 1981, y en la noche fueron sacadas de su vivienda violentamente por sujetos con uniformes y vehículos militares.

    Una de las víctimas era el presidente de una cooperativa local, la esposa era una maestra y ambos eran catequistas del cantón San Andrés. Las otras dos víctimas eran estudiantes, jornaleros y otro miembro de la cooperativa “pero ninguno tenía relación con las actividades subversivas de aquel entonces, ni mucho menos con el conflicto armado”, indicó la Fiscalía en su momento.

    Supuestamente un «oreja» dio información sobre ellos al S2, una estructura paramilitar que ha sido relacionada con los escuadrones de la muerte. Las cinco personas fueron secuestradas y torturadas, antes de su asesinato, el 7 de abril de 1981.

    Fueron encontradas en el municipio El Carmen, a un costado de la carretera a San Alejo, La Unión y algunas estaban mutiladas. Sus cuerpos tenían lesiones de bala y de tortura, según la investigación.

     

  • Por esta duda el tribunal absolvió a todos los acusados del caso de Santa Marta

    Por esta duda el tribunal absolvió a todos los acusados del caso de Santa Marta

    El Tribunal de Sentencia de San Vicente absolvió el miércoles a los ocho acusados en el caso Santa Marta, una resolución que, según los jueces, fue una duda razonable relacionada a las pruebas y la confiabilidad de los testimonios presentados durante la vista pública.

    Según el fallo leído por el tribunal, la declaración del testigo protegido con nombre clave «Soriano», no fue suficiente para establecer de forma clara la participación directa de los acusados en el asesinato de María Inés Alvarenga. El testigo afirmó haber presenciado la captura, tortura y posterior asesinato de la víctima en un campamento guerrillero en la Hacienda Guayabal, en Santa Marta, pero su versión entró en contradicción con documentos y otros testimonios.

    Sin embargo, los jueces explicaron que una certificación de defunción emitida por el Juzgado de Familia de Sensuntepeque, Cabañas a solicitud de la familia de la víctima, establecía que María Alvarenga murió el 22 de agosto de 1989, en el cantón Santa Marta. En ese sentido, dicho documento contradice lo expuesto por «Soriano», quien aseguró que la víctima fue sacada de su vivienda y 15 días fue asesinada por un disparo.

    «Entonces, ¿cómo pudo ‘Soriano’ observar el hecho de que sacan de la casa a la víctima hacia la hacienda Guayabal y después quedarse cerca de 15 días siendo torturada y posteriormente escuchar un disparo cuando ella ya se encontraba fallecida?», cuestionó el juez.

    El tribunal destacó que, aunque el testigo con régimen de protección habló de al menos 100 asesinatos cometidos en la Hacienda Guayabal, ocho excavaciones arqueológicas autorizadas y realizadas en el lugar no arrojaron ningún hallazgo, por lo que la Fiscalía no logró presentar evidencias físicas o pruebas documentales que respaldarán dichos casos.

    «Entonces, esa versión de ‘Soriano’ de haber presenciado algo sistemático y cinco muertes en ese lugar no pudo ser corroborada. Era obligación de la representación fiscal corroborar y no se hizo, y por esa razón viene a reforzar esa duda en la credibilidad», expusieron los jueces.

    A raíz de estas contradicciones, el tribunal consideró que no se podía establecer la participación directa de los acusados en los hechos, por lo que decidió absolver de manera unánime a Fidel Dolores Recinos Alas, Saúl Agustín Rivas Ortega, José Eduardo Sancho Castañeda y Alejandro Laínez García, mientras que a Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez, y Arturo Serrano Ascencio, fueron absueltos por mayoría por el delito de asesinato.

    «Esto no concuerda y entonces esto genera duda y esa duda a estos juzgadores es insuperable y por ello se va a emitir una sentencia de absolución en ese sentido», declaró el juez.

    Ante ello, los jueces del tribunal ordenaron retirar de forma inmediata todas las órdenes de captura en contra de los ocho procesados.

    Asociaciones ilícitas

    Con respecto al delito de asociaciones ilícitas, por el cual los imputados eran acusados de integrar estructuras delictivas durante el conflicto armado, el tribunal determinó que la sola pertenencia a la Resistencia Nacional, que era parte del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) no puede considerarse un delito en sí mismo.

    «Para este tribunal esas circunstancias de pertenecer a la Resistencia Nacional y del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional no puede ser considerada por sí, una asociación civil, porque se trataba de grupos comunicantes de reconocidos en circunstancias que se oponían a ciertas políticas estructurales del sistema político de El Salvador y ellos no pueden estar considerados como sociedades civiles», argumentó el juez.

    En consecuencia, los jueces también absolvieron por unanimidad a los imputados por este cargo, reiterando que no existía suficiente prueba para configurar el proceso de tipo penal.

    No obstante, en el ámbito civil, los jueces sí establecieron que existe responsabilidad abstracta en los hechos. Por ello, las víctimas deberán acudir al juzgado civil competente para determinar el monto de una eventual indemnización por daños y perjuicios.

    Asimismo, como medida de justicia restaurativa, el tribunal también ordenó que los ofendidos Abel Antonio y Sandra Luz Alvarenga reciban atención psicológica especializada, la cual deberá ser proporcionada por la Secretaría Nacional de la Mujer.

    Esta es la segunda vez que los acusados del caso Santa Marta son absueltos por el sistema de justicia salvadoreño, luego que en octubre de 2024, el Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque también los declarara libre de delitos por el mismo caso.