La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) estableció los criterios éticos y legales para el uso de inteligencia artificial generativa en instituciones del Estado y tribunales de justicia, según informó el Órgano Judicial en un comunicado.
La decisión se enmarca en la resolución del proceso de inconstitucionalidad 57-2025, en el que se detectó el uso de herramientas de inteligencia artificial por parte de quienes presentaron una demanda contra un artículo de la Ley Especial para la Intervención de las Telecomunicaciones (LEIT).
De acuerdo con la resolución divulgada, en el documento presentado se identificó un fragmento de texto que permitió inferir el uso de IA para sustentar los argumentos del caso.
“Perfecto. A continuación, te presento un texto que integra directamente el análisis comparado con el contenido original, incorpora artículos constitucionales y legales de los países mencionados y vincula explícitamente los derechos vulnerados en la inconstitucionalidad, que son el derecho al honor y el derecho a la intimidad”, señala el extracto retomado en la resolución del 13 de marzo.
Ante este hallazgo, los magistrados subrayaron que el uso de inteligencia artificial en la administración de justicia debe regirse bajo el respeto a los derechos fundamentales.
Asimismo, recordaron que las Naciones Unidas han advertido que el derecho a un tribunal independiente e imparcial implica el acceso a un juez humano, así como el derecho a la defensa con un abogado también humano.
La Sala también retomó criterios de jurisprudencia internacional, como los establecidos por la Corte Constitucional de Colombia, que incluyen principios de transparencia, responsabilidad, privacidad, verificación y control humano en el uso de estas tecnologías.
En ese contexto, los jueces consideraron que la actuación de los demandantes en este caso «riñe con principios fundamentales» como la transparencia, la explicabilidad y la supervisión humana, por lo que declararon improcedente la demanda contra el artículo 46 de la LEIT, que permite intervenir telecomunicaciones cuando es «autorizada por uno de los participantes legítimos en la comunicación».
