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  • Fiscalía tendrá dos años más de plazo para procesar a capturados del régimen de excepción, tras reformas a Ley contra Crimen Organizado

    Fiscalía tendrá dos años más de plazo para procesar a capturados del régimen de excepción, tras reformas a Ley contra Crimen Organizado

    La Fiscalía de El Salvador contará con un plazo adicional de dos años para presentar casos contra detenidos bajo el régimen de excepción, tras las reformas a la Ley Especial contra el Crimen Organizado aprobadas este jueves por diputados de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia de la Asamblea Legislativa.

    Con esta modificación, la FGR tendrá hasta cuatro años en total para concluir las investigaciones y llevar a juicio a los procesados vinculados a pandillas y delitos contemplados en esta legislación. La ampliación del plazo responde al alto volumen de detenciones efectuadas desde marzo de 2022, cuando entró en vigor el régimen de excepción.

    El fiscal general Rodolfo Delgado  argumentó que esta extensión permitirá realizar investigaciones más completas, recabar pruebas sólidas y garantizar condenas contra estructuras del crimen organizado.

    “Respecto al tiempo que ha transcurrido durante la vigencia del Decreto 803, este tiempo transcurrido guarda relación directa con el artículo 8 del Código procesal Penal que se refiere a la detención provisional. Estos son denominados tiempos muertos, porque no hay una actividad procesal ante los tribunales de justicia. Para lo que nos ha servido es para ordenar a todas las personas que han sido detenidas de una forma desordenada porque se encontraban huyendo de la acción de nuestros policías y nuestros soldados”, aseguró Delgado.

    Dijo que en estos 24 meses han podido solicitar los agrupamientos de los pandilleros de la “Mara Salvatrucha” y de la “Pandilla 18”.

    “Entonces en este tiempo transcurrido nos ha permitido solicitar los agrupamientos de todos los pandilleros de la Mara Salvatrucha en 230 organizaciones criminales y organizar todos los pandilleros de la pandilla 18 en 295 organizaciones y de esa manera que se vayan iniciando los juicios correspondientes”, explicó el fiscal.

    Según Delgado, con estas reformas, lo que está sucediendo es que un mismo juez es el que va a conocer de la acusación e inmediatamente instala la vista pública y empieza el juzgamiento de todas estas personas.

    “Claro está, esa gran cantidad de gente no se va a juzgar en una o dos semanas, tiene que pasar un tiempo considerable para que los jueces reciban las pruebas que atañen a cada uno de ellos y que posteriormente emita las sentencias que conforme a la ley corresponden”, afirmó el fiscal general.

    Delgado detalló que a la fecha son 88,750 personas detenidas bajo el régimen de excepción, que serán vinculados a 600 procesos judiciales.

    Y que en los dos años que han pasado desde la aprobación del Decreto 803 el 26 de julio de 2023, le ha servido a la FGR para ordenar a los pandilleros en las organizaciones criminales a las que pertenecen.

    Si no hay acusación, serán liberados

    Dentro de las reformas también se establece en el Art. 17 de la Ley que si la Fiscalía General de la República no presenta dictamen de acusación en el plazo legalmente dispuesto (los 24 meses), el juez intimará al fiscal superior, y si este no contesta, sin más trámite dictará sobreseimiento definitivo a favor de los imputados y dejará sin efecto la medida cautelar. Ante esto, el diputado presidente de la Comisión, Caleb Navarro dijo que esa parte le parece “una válvula de escape, porque qué pasará si pasan los 24 meses, ¿la Fiscalía podrá solicitar más tiempo?”, consultó.

    El fiscal general dijo que es responsabilidad del Estado presentar la acusación en el plazo establecido y “al contrario a lo que dicen algunos que andan movilizando gente, sí se respeta el debido proceso y los derechos humanos de las personas que están siendo acusadas en este país”.

    También explicó que con esa herramienta se evita que los fiscales no presenten acusación por motivos de negligencia u “otros intereses de cualquier naturaleza o de naturaleza económica el fiscal auxiliar no presente acusación en el tiempo establecido, entonces se da la opción que el juez debe notificar al fiscal superior para determinar si el fiscal ha actuado de manera correcta o no. Esto es trasladar una garantía para el procesado también”, aseguró Delgado.

    Agregó que los 24 meses le parecen un “plazo razonable, pero si me preguntan a mí, me sentiría más tranquilo que este plazo sea sujeto a una solicitud de prórroga justificada y valorada adecuadamente por la autoridad judicial competente”, dijo Delgado.

    El diputado Navarro pidió entonces si tenían alguna propuesta de reforma sobre este tema y Delgado propuso agregar otro inciso en el artículo 17 de esta manera “en aquellos casos en las que el fiscal considere que es necesario ampliar la investigación, solicitará al juez de manera motivada, diez días antes de la finalización del plazo inicial dispuesto, su ampliación, la cual será por un período de 12 meses”, propuso el fiscal.

    Navarro pidió al equipo técnico hacer la modificación en las reformas.

    Los diputados de la Comisión aprobaron dictamen favorable para las reformas a la Ley contra el crimen organizado, que podrían ser aprobadas en la plenaria de este viernes 15 de agosto.

  • Gobierno pide nueva reforma a Ley contra el crimen organizado ante vencimiento de decreto 803

    Gobierno pide nueva reforma a Ley contra el crimen organizado ante vencimiento de decreto 803

    El ministro de Seguridad Pública y Justicia, Gustavo Villatoro, solicitó ayer a la Asamblea Legislativa nuevas reformas a la Ley contra el Crimen Organizado, a pocos días del vencimiento, el próximo 25 de agosto, del decreto 803, que otorgó hasta 24 meses para acusar a miembros del crimen organizado o pandillas en una sola causa o proceso penal.

    Tienen por objeto lograr mayor eficiencia y eficacia en la determinación de responsabilidades de quienes sean sometidos a juzgamiento en esta competencia. Gustavo Villatoro, ministro de Seguridad.

    La reforma establecería un plazo de instrucción de hasta dos años a partir de una solicitud de la Fiscalía General de la República de asignación de número de cada causa para cada estructura criminal, independientemente de la fecha de captura de los imputados.

    «Finalizado el plazo transicional del decreto legislativo 803, de fecha 26 de julio de 2023 (publicado el 25 de agosto de 2023), el juez a solicitud del fiscal deberá asignar un número de causa en contra de la estructura criminal y en consecuencia de sus miembros para su procesamiento de acuerdo con los agrupamientos solicitados por la Fiscalía en aplicación del referido decreto (803)», reza el artículo 6 de la propuesta de reforma.

    «Una vez presentada la solicitud para la asignación de causa, el plazo de instrucción aplicable será el dispuesto en el artículo 17 de esta ley (24 meses) contado a partir de la fecha de presentación de la respectiva solicitud sin perjuicio de la fecha de captura de los imputados», continúa la redacción del artículo 6.

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    La propuesta indica que la Dirección General de Centros Penales recibirá el oficio del juez de crimen organizado y cumplirá inmediatamente su orden «eliminando el registro efectuado con base en el referido decreto» (803).

    La propuesta también establece la celebración de una «Audiencia Única Abierta» luego de la acusación fiscal, que se llevará a cabo en un plazo no mayor a 60 días y que permanecerá abierta «mientras existan miembros de la estructura criminal sin juzgar» hasta un periodo de dos años.

    «El juez, previa consulta al fiscal, podrá declarar el cierre de la audiencia, sin perjuicio de reabrir el proceso si se identifican nuevos miembros o actividad de la estructura criminal», indica la reforma al artículo 18.