Etiqueta: María Inés Alvarenga

  • Por esta duda el tribunal absolvió a todos los acusados del caso de Santa Marta

    Por esta duda el tribunal absolvió a todos los acusados del caso de Santa Marta

    El Tribunal de Sentencia de San Vicente absolvió el miércoles a los ocho acusados en el caso Santa Marta, una resolución que, según los jueces, fue una duda razonable relacionada a las pruebas y la confiabilidad de los testimonios presentados durante la vista pública.

    Según el fallo leído por el tribunal, la declaración del testigo protegido con nombre clave «Soriano», no fue suficiente para establecer de forma clara la participación directa de los acusados en el asesinato de María Inés Alvarenga. El testigo afirmó haber presenciado la captura, tortura y posterior asesinato de la víctima en un campamento guerrillero en la Hacienda Guayabal, en Santa Marta, pero su versión entró en contradicción con documentos y otros testimonios.

    Sin embargo, los jueces explicaron que una certificación de defunción emitida por el Juzgado de Familia de Sensuntepeque, Cabañas a solicitud de la familia de la víctima, establecía que María Alvarenga murió el 22 de agosto de 1989, en el cantón Santa Marta. En ese sentido, dicho documento contradice lo expuesto por «Soriano», quien aseguró que la víctima fue sacada de su vivienda y 15 días fue asesinada por un disparo.

    «Entonces, ¿cómo pudo ‘Soriano’ observar el hecho de que sacan de la casa a la víctima hacia la hacienda Guayabal y después quedarse cerca de 15 días siendo torturada y posteriormente escuchar un disparo cuando ella ya se encontraba fallecida?», cuestionó el juez.

    El tribunal destacó que, aunque el testigo con régimen de protección habló de al menos 100 asesinatos cometidos en la Hacienda Guayabal, ocho excavaciones arqueológicas autorizadas y realizadas en el lugar no arrojaron ningún hallazgo, por lo que la Fiscalía no logró presentar evidencias físicas o pruebas documentales que respaldarán dichos casos.

    «Entonces, esa versión de ‘Soriano’ de haber presenciado algo sistemático y cinco muertes en ese lugar no pudo ser corroborada. Era obligación de la representación fiscal corroborar y no se hizo, y por esa razón viene a reforzar esa duda en la credibilidad», expusieron los jueces.

    A raíz de estas contradicciones, el tribunal consideró que no se podía establecer la participación directa de los acusados en los hechos, por lo que decidió absolver de manera unánime a Fidel Dolores Recinos Alas, Saúl Agustín Rivas Ortega, José Eduardo Sancho Castañeda y Alejandro Laínez García, mientras que a Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez, y Arturo Serrano Ascencio, fueron absueltos por mayoría por el delito de asesinato.

    «Esto no concuerda y entonces esto genera duda y esa duda a estos juzgadores es insuperable y por ello se va a emitir una sentencia de absolución en ese sentido», declaró el juez.

    Ante ello, los jueces del tribunal ordenaron retirar de forma inmediata todas las órdenes de captura en contra de los ocho procesados.

    Asociaciones ilícitas

    Con respecto al delito de asociaciones ilícitas, por el cual los imputados eran acusados de integrar estructuras delictivas durante el conflicto armado, el tribunal determinó que la sola pertenencia a la Resistencia Nacional, que era parte del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) no puede considerarse un delito en sí mismo.

    «Para este tribunal esas circunstancias de pertenecer a la Resistencia Nacional y del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional no puede ser considerada por sí, una asociación civil, porque se trataba de grupos comunicantes de reconocidos en circunstancias que se oponían a ciertas políticas estructurales del sistema político de El Salvador y ellos no pueden estar considerados como sociedades civiles», argumentó el juez.

    En consecuencia, los jueces también absolvieron por unanimidad a los imputados por este cargo, reiterando que no existía suficiente prueba para configurar el proceso de tipo penal.

    No obstante, en el ámbito civil, los jueces sí establecieron que existe responsabilidad abstracta en los hechos. Por ello, las víctimas deberán acudir al juzgado civil competente para determinar el monto de una eventual indemnización por daños y perjuicios.

    Asimismo, como medida de justicia restaurativa, el tribunal también ordenó que los ofendidos Abel Antonio y Sandra Luz Alvarenga reciban atención psicológica especializada, la cual deberá ser proporcionada por la Secretaría Nacional de la Mujer.

    Esta es la segunda vez que los acusados del caso Santa Marta son absueltos por el sistema de justicia salvadoreño, luego que en octubre de 2024, el Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque también los declarara libre de delitos por el mismo caso.

  • Absuelven por segunda vez a los procesados del caso Santa Marta

    Absuelven por segunda vez a los procesados del caso Santa Marta

    El Tribunal de Sentencia de San Vicente absolvió, por segunda ocasión, a los procesados del caso Santa Marta que fueron acusados por la Fiscalía General de la República por el asesinato de una mujer en agosto de 1989.

    De manera unánime, el tribunal resolvió levantar las órdenes de captura en contra de los acusados y absolvió de forma unánime por falta de pruebas a Fidel Dolores Recinos Alas, Saúl Agustín Rivas Ortega, José Eduardo Sancho Castañeday Alejandro Laínez García, mientras que a los otros cuatro Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez,  y Arturo Serrano Ascencio, fueron absuelto por mayoría dado que hubo dudas en el tribunal, los jueces dijeron sobre ellos que hubo vinculación pero las pruebas no lograr quebrantar la hipóstesis de la Fiscalía. 

    Por ello, en el caso de los últimos aunque absueltos, fueron declarados responsables civilmente de forma abstracta y será la familia si decide cobrarlo y proceder en un juicio civil.

    Los jueces expusieron en su lectura del fallo que las declaraciones del testigo clave «Soriano» no probaron que los acusados participaron en el delito de asesinato. «Esos elementos probatorios son insuficientes para establecer la responsabilidad de estos acusados», aseveró el tribunal. Por otro lado, los jueces aseguraron que se debe analizar si el testigo «Soriano» habló por venganza contra sus compañeros de guerrilla.

    Los jueces exoneraron a los procesados tanto del delito de asesinato como de asociaciones ilícitas, delitos acusados por la Fiscalía General.

    Sobre el delito de asociaciones ilícitos, los jueces dijeron que las pruebas también fueron insuficientes porque «no se puede hablar que conformar una organización como la Resistencia Nacional, no puede verse como un grupo ilícito, y para este tribunal estas circunstancias de pertenecer se trataba de grupos beligerantes del sistema político de El Salvador», durante el conflicto armado.

    El tribunal  cuestionó a la Fiscalía, porque afirmaron que harían trabajos de exhumación pero nunca se supo dónde estaba el cuerpo de la víctima: «Era un estudio soplado», señalaron los jueces.

    Esta es la segunda vez que los acusados del caso Santa Marta son absueltos por el sistema de justicia salvadoreño, luego que en octubre de 2024, el Tribunal de Sentencia de Sensuntepeque también los declarara libre de delitos por el mismo caso. En ese momento, el tribunal declaró que el caso estaba prescrito y que no procedía.

    Los ocho acusados había sido procesados por el asesinato de una mujer identificada como María Inés Alvarenga asesinada el 22 de agosto de 1989, cuando ellos eran parte de una de la Resistencia Nacional, una las organizaciones que conformaba el FMLN.

    La Fiscalía sostenía que los acusados, exguerrilleros del FMLN, sacaron a la mujer de su casa y la llevaron al campamento para torturarla, posteriormente la asesinaron. El caso inició el 11 de enero de 2023, cuando los seis fueron detenidos en el cantón Santa Marta y Guacotecti, en Cabañas.

     

  • Reprograman veredicto del segundo juicio del caso Santa Marta para el 24 de septiembre

    Reprograman veredicto del segundo juicio del caso Santa Marta para el 24 de septiembre

    La resolución del segundo juicio contra los cinco exguerrilleros del FMLN, acusados del asesinato de María Inés Alvarenga en 1989, durante el conflicto armado salvadoreño, en el caso conocido como Santa Marta, prevista originalmente para hoy, fue reprogramada para el 24 de septiembre, informaron fuentes de la defensa.

    La resolución habría sido pospuesta debido a que uno de los abogados defensores tiene prevista una audiencia de otro caso que coincidía con la del proceso de Santa Marta.

    Los procesados son Miguel Gámez, Alejandro Laínez, Pedro Rivas, Teodoro Pacheco y Saúl Rivas, quienes ya habían sido absueltos en 2024 junto a otros tres excomandantes por delitos de asesinato y agrupaciones ilícitas. En este nuevo proceso también fueron señalados en ausencia Fidel Recinos, Eduardo Sancho (alias Fermán Cienfuegos, firmante de los Acuerdos de Paz de 1992) y Arturo Serrano Ascencio.

    De acuerdo con la Fiscalía General de la República (FGR), los acusados, vinculados a la guerrilla del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), habrían ordenado y ejecutado el secuestro de Alvarenga en su vivienda del cantón Santa Marta, en Cabañas, para trasladarla a un campamento donde fue torturada y asesinada. Según la acusación, todos tenían algún grado de mando en la estructura insurgente.

    María Inés Alvarenga, asesinada en 1989.

    La defensa de los acusados y organizaciones sociales sostienen que ellos son cinco líderes comunitarios ambientalistas de la remota comunidad de Santa Marta, en  Cabañas, perseguidos injustamente por su oposición a la minería metálica.

    Los señalados fueron capturados el 11 de enero de 2023, pero pasaron a arresto domiciliario en agosto de ese año. En octubre de 2024 enfrentaron un primer juicio que concluyó con un sobreseimiento definitivo, decisión que fue revertida en noviembre por una corte de apelaciones, que ordenó repetir la vista pública.

    El nuevo proceso se realizó entre el 29 y el 31 de julio de 2025, aunque los acusados no se presentaron y fueron declarados rebeldes, por lo que fueron juzgados en ausencia. El Tribunal de Sentencia de San Vicente ordenó su captura, aunque la medida no se ha ejecutado.

    En un comunicado, los líderes comunitarios aseguraron que no asistieron porque “no existen garantías de un juicio justo” y denunciaron que el caso es “una maniobra política para silenciar sus voces”.

     

  • Familiares de víctima y testigo protegido declaran en segundo día de juicio de caso Santa Marta

    Familiares de víctima y testigo protegido declaran en segundo día de juicio de caso Santa Marta

    En el segundo día de juicio en el caso Santa Marta, por el presunto asesinato de una mujer identificada como María Inés Leiva Alvarenga en 1989, dos de sus hijos y un testigo protegido comparecieron ante el Juzgado de Sentencia de San Vicente para declarar sobre los hechos ocurridos en los días de su captura y muerte.

    Los hijos identificados como Sandra Luz y Abel Antonio Leiva Alvarenga testificaron que el 22 de agosto de 1989, María Inés fue sacada de su vivienda alrededor de las 9:00 la noche, luego que se negara a asistir a una reunión convocada por la guerrilla ubicada en el cantón Santa Marta, en Cabañas.

    Según su relato, presenciaron cuando un hombre identificado como Victor González Rodríguez, ya fallecido, tocó la puerta de la casa y acompañado de Miguel Ángel Pichinte y Arturo Serrano (imputado) sacaron de la casa a su madre, siendo golpeada y llevada a otro lugar.

    «La han sacado a puros golpes y se la llevaron golpeada con los fusiles. Mi mamá gritaba y decia: ‘no me golpeen’ y más la golpeaban», dijo Abel Antonio.

    Sus hijos señalaron que dichas acciones fueron porque su madre fue acusada por la guerrilla de la zona de ser supuestamente informante del Ejército nacional, motivo por el cual, fue llevada a un campamento, donde fue vista por última vez.

    Sandra Luz afirmó que, junto a su abuelo y su tío, siguieron a los captores y logró ver a su madre atada y vendada. Sin embargo, fueron amenazados por los presuntos responsables y obligados a retirarse.

    Quince días después, durante un «mitín» (concentración) realizada por la guerrilla en la plaza de la comunidad, los combatientes informaron que no entregarían a María Inés porque le habían quebrado «las patas» (las piernas), siendo asesinada.

    Ambos hijos manifestaron que cuando sucedieron los hechos tenían 9 y 13 años de edad.

    «Pido que se haga justicia porque no ha sido fácil quedar chiquitos. Nos hizo falta el amor de madre y yo lo que pido es justicia, que paguen porque fueron ellos».
    Sandra Leiva, hija de víctima.

    La Fiscalía General de la República (FGR) acusa a Fidel Dolores Recinos Alas, Teodoro Antonio Pacheco, Miguel Ángel Gámez, Pedro Antonio Rivas Laínez, Alejandro Laínez García, Saúl Agustín Rivas Ortega, José Eduardo Sancho Castañeda y Arturo Serrano Ascencio de asesinar María Inés Alvarenga, el 22 de agosto de 1989, cuando ellos eran parte de una de la Resistencia Nacional.

    Testigo protegido

    Posteriormente, se procedió con la declaración de un testigo con régimen de protección con clave «Soriano», quien dijo que la guerilla acusó a María Inés de ser informante del Ejército y fue llevada a un campamento en la Hacienda El Guayabal,  paso 15 días donde fue torturada.

    «Ella no decía nada. Le daban patadas en los pies y pasó 15 interrogándola «Chico» Montes para sacarle la verdad», dijo el testigo.

    Posterior a ello, un combatiente conocido como «Joelito» asesinó a la mujer por orden del comandante segundo al mando, identificado como Chico Montes.

    El testigo dijo que la víctima murió por un disparo, sin embargo, manifestó que no vió el cadáver, sino que solo escuchó cuando sonó el disparo del arma.

    Resaltar que el testigo afirmó que los hechos fueron en septiembre de 1989, periodo que difiere con el señalado por la representación fiscal, en su acusación, al decir que el crimen ocurrió en agosto del referido año.

    El testigo protegido también declaró en el primer juicio celebrado en octubre de 2024, en el Juzgado de Sentencia de Sensuntepeque, en Cabañas.

    «Nuestro criterio es que hay contradicciones insalvables y continúa la vista pública con las pruebas de cargo».
    Pedro Cruz, abogado defensor.

    La defensa ofertó un documento que acredita que la víctima María Inés falleció el 22 de agosto de 1987, dos años antes de la acusación de Fiscalía.

    Testigo hóstil

    Otro de los puntos abordados en la diligencia del miércoles fue una información mencionada por la hija de la víctima, Sandra Leiva.

    Esta corresponde a que dos de sus hermanos menores, que ahora viven en Estados Unidos, recibieron mensajes de  audio de una persona de nombre Gladys Beltrán, en el cual ella decía saber la ubicación del cuerpo de su madre y que se las daría a cambio de una cantidad de dinero.

    Dicho dato fue proporcionado a un investigador de la Policía Nacional Civil (PNC). Ante este nuevo hecho, la Fiscalía dijo que desconocía la información.

    Entre los testigos ofertados en el juicio estaba una mujer de mismo nombre (Gladys Beltrán). Ante ello, los jueces ordenaron por oficio tomar su declaración para esclarecer si se trataba de la misma mujer. Sin embargo, en su interrogatorio no se determinó si era o no la misma mujer.

    «El interrogatorio está a cargo de Fiscalía, de extraerle esa información al testigo y Físcalía nunca le preguntó de esos audios y la defensa también prescindió del testigo», agregó la abogada de la defensa, Carolina Herrador.

    El juicio seguirá este jueves con la declaración de testigos, entre ellos se espera que testifique el exmagistrado del Tribunal Supremo Electoral, Eugenio Chicas, quien pertenecía a la guerrilla en el conflicto armado y quien ya atestiguó en el primer juicio.

    El juicio se desarrolla en ausencia de los procesados, quienes decidieron no presentarse, al asegurar que el proceso no tiene garantías procesales. El Tribunal los ha declarado rebeldes.