Etiqueta: prisión perpetua

  • El 79 % de pandilleros condenados recibió penas de 15 a 45 años y 13 recibieron cadena perpetua

    El 79 % de pandilleros condenados recibió penas de 15 a 45 años y 13 recibieron cadena perpetua

    El 79 % de los 10,561 pandilleros condenados durante el régimen de excepción en El Salvador recibió penas de entre 15 y 45 años de prisión, mientras que 13 fueron sentenciados a cadena perpetua, informó este martes el fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, ante diputados de la Asamblea Legislativa.

    El funcionario detalló que otros 62 integrantes de estructuras criminales recibieron condenas superiores a los 75 años de cárcel, durante su presentación ante la Comisión de Hacienda y Especial de Presupuesto, donde expuso los resultados de la Fiscalía General de la República (FGR).

    “Las penas que se han obtenido en el marco de las disposiciones que regulan el régimen de excepción, el 79% de los condenados recibió penas entre los 15 y los 45 años de prisión, 62 imputados han recibido penas mayores a los 75 años y a 13 ya se les impuso la pena de prisión perpetua, la cual desde el mes de marzo se encuentra vigente en nuestro país”, dijo Delgado ante los legisladores.

    Según el fiscal general, las condenas impuestas por los tribunales “reflejan la gravedad de los hechos que fueron probados”, en los procesos judiciales desarrollados contra integrantes de organizaciones criminales.

    Delgado precisó que, desde la implementación del régimen de excepción en marzo de 2022 hasta el 16 de octubre, la Fiscalía obtuvo 10,561 condenas contra miembros de pandillas.

    “En el combate a las pandillas, la Fiscalía dirige la investigación y judicializa los casos. Hasta el 16 de octubre hemos obtenido 10,561 condenas contra miembros de estructuras criminales”, informó.

    El titular del Ministerio Público también aseguró que el 98 % de los imputados cuyos procesos llegaron a juicio recibió una sentencia condenatoria. Aclaró que ese porcentaje corresponde exclusivamente a los expedientes que alcanzaron la etapa de vista pública y no a la totalidad de personas procesadas bajo el régimen de excepción.

    Condenas por delincuencia común

    En relación con los delitos que la Fiscalía clasifica como “la delincuencia común”, Delgado explicó que el 43 % de las condenas corresponde a penas de cinco años de prisión, principalmente por hechos considerados de menor gravedad.

    “El 43% de las condenas son de cinco años de prisión propias de los delitos de menor gravedad, eso también es un reflejo de la efectividad que se ha logrado con la implementación de las diferentes medidas que derivan del plan control territorial”, detalló Delgado.

    El fiscal agregó que más del 52 % de los imputados condenados por delincuencia común recibió penas de entre cinco y 45 años de prisión, mientras que un 2 % registra sentencias superiores a los 75 años.

    Explicó que las condenas más elevadas corresponden a delitos de extrema gravedad, entre ellos homicidios y violaciones múltiples, así como a procesos en los que se impuso prisión perpetua tras las reformas aprobadas por la Asamblea Legislativa.

     

  • Sujeto que asesinó a su vecina es sentenciado a cadena perpetua por feminicidio agravado

    Sujeto que asesinó a su vecina es sentenciado a cadena perpetua por feminicidio agravado

    El Juzgado de lo Criminal de Santa Ana condenó a prisión perpetua a Eduardo Mauricio Urbina García, de 39 años, por el feminicidio agravado de su vecina J. C. R. C., de 32 años. La Fiscalía General de la República (FGR) informó que se trata de la primera condena de este tipo por ese delito.

    El crimen ocurrió el 3 de agosto de 2026 en unos apartamentos ubicados en el barrio Santa Bárbara, distrito de Santa Ana. De acuerdo con las pruebas incorporadas al proceso, Urbina García había consumido bebidas alcohólicas antes de llegar a la vivienda donde residía la víctima.

    Según la acusación, el hombre ingresó sin autorización al inmueble portando un cuchillo. Cuando J. C. R. C. observó su presencia comenzó a pedir auxilio, pero el procesado la atacó y le ocasionó heridas profundas en el tórax y el cuello que provocaron su muerte.

    La autopsia practicada por el Instituto de Medicina Legal determinó que la víctima murió debido a múltiples heridas penetrantes. El médico forense también encontró lesiones en sus brazos compatibles con un forcejeo y con intentos de defenderse durante la agresión.

    La FGR sostuvo que Urbina García era vecino de la víctima y la acosaba constantemente. Las investigaciones establecieron que desde meses atrás había mostrado interés en ella y que la negativa de la joven generó molestia en el ahora condenado.

    Después del ataque, el hombre huyó del lugar, pero horas más tarde llegó a la delegación de la Policía Nacional Civil (PNC) de Santa Ana y manifestó que era la persona buscada por el feminicidio. Los agentes procedieron entonces a detenerlo en flagrancia.

    La sentencia fue emitida apenas 42 días después del crimen. Además de imponer la prisión perpetua por feminicidio agravado, el Juzgado de lo Criminal de Santa Ana ordenó a Urbina García pagar $15,000 en concepto de responsabilidad civil.

     

  • Juzgado dicta primera prisión perpetua en El Salvador a un homicida

    Juzgado dicta primera prisión perpetua en El Salvador a un homicida

    El Juzgado Tercero de lo Criminal de San Salvador, con sede en Santa Tecla, impuso la pena de prisión perpetua revisable a Carlos Arturo Herrera Castro, de 31 años, tras declararlo responsable de homicidio agravado y robo en perjuicio de Alexis López Córdova.

    La resolución constituye la primera condena a prisión perpetua dictada en El Salvador y fue emitida conforme al artículo 92-B del Código Penal, después de la entrada en vigor de las reformas que incorporaron esta pena para delitos considerados de extrema gravedad.

    El homicidio ocurrió durante la tarde del 18 de mayo de 2026 en el cantón Teosinte, distrito de Arcatao, Chalatenango Norte. Según las investigaciones, Herrera Castro había ingerido bebidas alcohólicas antes de iniciar una discusión con la víctima.

    Durante el altercado, el procesado golpeó a López Córdova con piedras y le provocó graves lesiones en la cabeza y el rostro que posteriormente causaron su muerte. Después del ataque, Herrera Castro sustrajo el dinero en efectivo que portaba la víctima.

    Durante el juicio, la representación fiscal presentó declaraciones de testigos que aseguraron haber observado al condenado contando dinero junto al cuerpo de López Córdova, elementos que fueron incorporados como parte de las pruebas presentadas contra Herrera Castro.

    Además, durante el proceso se estableció que Herrera Castro ofreció $10 a uno de los testigos para que no informara sobre lo ocurrido, circunstancia que también fue expuesta durante la audiencia de juicio.

    La condena fue impuesta bajo las reformas penales que incorporaron la prisión perpetua revisable para delitos de extrema gravedad y que se encuentran vigentes desde abril de 2026.

    La aplicación de estas disposiciones quedó operativa con la habilitación oficial de los Juzgados de lo Criminal el 14 de mayo. El crimen contra López Córdova ocurrió el 18 de mayo, cuatro días después de la habilitación de esos tribunales, por lo que la nueva normativa resultó aplicable al proceso.

  • La cadena perpetua entró en vigencia en El Salvador

    La cadena perpetua entró en vigencia en El Salvador

    El paquete de reformas penales que habilita la cadena perpetua en El Salvador entró en vigencia el domingo, 30 días después de la ratificación constitucional en la Asamblea Legislativa a solicitud del presidente Nayib Bukele.

    La normativa, publicada el pasado 27 de marzo en el Diario Oficial, se sustenta en una reforma constitucional que establece la prisión perpetua para delitos considerados de extrema gravedad.

    Entre estos delitos se incluyen el homicidio simple y agravado, feminicidio, violación en sus distintas formas y la pertenencia a organizaciones criminales o terroristas, categoría bajo la cual se tipifica ahora a las pandillas.

    Con esta reforma, la cadena perpetua se convierte en la única pena aplicable para quienes sean condenados por estos delitos, ya sean autores o cómplices, incluyendo personas entre 12 y 18 años de edad.

    Antes de estos cambios, los pandilleros eran procesados por el delito de “agrupaciones ilícitas”, con penas que oscilaban entre 20 y 30 años, y de 40 a 45 años para cabecillas. Ahora, este delito se aplicará a grupos delictivos no pandilleriles con condenas de entre 10 y 20 años.

    La reforma también establece que los jueces de lo criminal, anteriormente jueces de menores, deberán realizar revisiones obligatorias de las penas perpetuas para evaluar la posibilidad de un régimen de libertad controlada.

    Estas revisiones se efectuarán cada cinco años, una vez cumplidos al menos 25 años de prisión en el caso de menores, 30 años para adultos, 35 años en casos de múltiples delitos y 40 años cuando existan agravantes.

    El oficialismo, liderado por el partido Nuevas Ideas, defendió la medida al asegurar que la cadena perpetua mantiene “compatibilidad con estándares constitucionales internacionales”, al incluir mecanismos de revisión periódica de las condenas.

    Sin embargo, organismos internacionales han cuestionado la reforma. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) advirtió que “la imposición de prisión perpetua a niñas, niños y adolescentes es incompatible con la jurisprudencia interamericana, por resultar desproporcionada frente a la finalidad de resocialización de la pena”.

    En la misma línea, Human Rights Watch ha señalado que la medida contraviene estándares internacionales de derechos humanos.

    Estas reformas se aprobaron en el contexto del régimen de excepción vigente desde marzo de 2022, una política de seguridad que ha dejado más de 91,000 detenidos y una drástica reducción de homicidios. Sin embargo, organizaciones críticas han denunciado 6,400 presuntas violaciones a derechos humanos y al menos 500 muertes bajo custodia estatal.

     

  • Una sentencia de la Corte Suprema habilita penas centenarias a pandilleros, asegura Ulloa

    Una sentencia de la Corte Suprema habilita penas centenarias a pandilleros, asegura Ulloa

    El vicepresidente de El Salvador, Félix Ulloa, aseguró este martes que una sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) habilita la imposición de penas centenarias contra pandilleros, pese a que la Constitución prohíbe la cárcel perpetua.

    “Muchos de los que están ahí (presos) no van a salir, y no van a salir porque el Gobierno no quiera, sino porque ha habido una resolución de la Corte Suprema de Justicia, que en el caso de los condenados por delitos de terrorismo vinculados a las estructuras criminales hay alguna acumulación de la pena”, indicó Ulloa durante un acto público en San Salvador.

    El funcionario sostuvo que en el país “está prohibida por Constitución la prisión perpetua” y que “nadie puede pasar más de 30 años en prisión por los delitos que ha cometido”, pero afirmó que, tratándose de “estructuras criminales”, se aplica la “acumulación de la pena”, lo que deriva en condenas “para 300 años, para 400 años”.

    “Esas personas no van a salir”, agregó, sin precisar a qué resoluciones o casos concretos se refería.

    Pese a ese señalamiento de un límite de 30 años, el Código Penal contempla penas de hasta 60 años por homicidio agravado.

    El Salvador permanece desde marzo de 2022 bajo un régimen de excepción que suspende garantías constitucionales, aprobado por la Asamblea Legislativa a petición del presidente Nayib Bukele tras registrarse el asesinato de más de 80 personas en tres días, según el reporte oficial.

    En ese contexto, el Órgano Legislativo aprobó reformas para incrementar penas y modificar el proceso penal contra supuestos líderes de pandillas y colaboradores, mientras tribunales han impuesto condenas de más de 1,000 años y otras de varios cientos.

    La medida suma más de 91,300 detenciones, recibió apoyo de buena parte de la población y fue señalada por violaciones a derechos humanos: organizaciones humanitarias reportan más de 6,400 denuncias —principalmente por detenciones arbitrarias y torturas— y la muerte de 480 detenidos bajo custodia estatal.