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    Cuba aprueba ley que permite poseer dos viviendas

    Cuba publicó este miércoles una nueva Ley de la Vivienda que permitirá a las personas tener hasta dos inmuebles en propiedad, elimina la confiscación de casas por abandonar definitivamente el país y reconoce la actividad inmobiliaria como una forma de gestión económica.

    La Ley 187, divulgada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, entrará en vigor el próximo 21 de octubre y sustituirá la legislación de vivienda vigente desde 1988. La normativa fue aprobada en julio por la Asamblea Nacional y está acompañada de tres reglamentos y dos resoluciones del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo.

    Uno de los principales cambios es que las personas naturales podrán ser propietarias de hasta dos viviendas, sin incluir una casa destinada al descanso o veraneo, siempre que esa condición esté reconocida en el título constitutivo. Para las entidades económicas no estatales, la legislación también establece un límite de dos viviendas adquiridas mediante compraventa, siempre que no superen esa cantidad por otras formas de transmisión.

    La nueva ley elimina además la confiscación de inmuebles cuando sus propietarios abandonen definitivamente Cuba. También suprime la obligación de los herederos de comunicar, en el plazo de un año, el inicio del proceso de adjudicación de una vivienda que hubiera quedado desocupada. Asimismo, amplía las posibilidades de donación, permuta, cesión y transmisión de partes de una propiedad, al retirar diversas autorizaciones administrativas que anteriormente restringían estas operaciones.

    Cambios en la compraventa de viviendas

    La legislación flexibiliza las operaciones inmobiliarias al permitir que compradores y vendedores acuerden libremente las cláusulas y condiciones de los contratos. Sin embargo, establece que el pago de los inmuebles no podrá realizarse en efectivo, sino mediante instrumentos o títulos de crédito contemplados en las disposiciones bancarias u otras modalidades autorizadas. También reconoce los derechos y obligaciones de las personas naturales y jurídicas extranjeras que adquieran viviendas mediante compraventa.

    Entre las nuevas disposiciones figura el reconocimiento de distintas vías para acceder a una vivienda, como la construcción, compraventa, donación, permuta, herencia, legado, usufructo, habitación, comodato y arrendamiento. La normativa también incorpora mecanismos de protección para determinados convivientes que carezcan de otra residencia o recursos suficientes, entre ellos ascendientes, descendientes, adultos mayores vulnerables y parejas con derechos reconocidos.

    Inversión inmobiliaria y déficit habitacional

    La Ley 187 incorpora las inmobiliarias y cooperativas de vivienda como mecanismos para invertir, construir y administrar propiedades. Estas actividades podrán incluir el desarrollo de edificios de apartamentos con recursos propios, colaboración o inversión extranjera, así como contratos de alquiler con opción de compra, asesoría para trámites inmobiliarios y administración de inmuebles públicos o privados. El Estado mantiene su responsabilidad de impulsar programas de construcción para enfrentar la escasez habitacional.

    La reforma forma parte de un paquete de 176 medidas económicas y sociales aprobado en junio por el Gobierno cubano para liberalizar y descentralizar la economía, en medio de una profunda crisis marcada por factores internos y externos. Según cifras oficiales, el déficit habitacional de Cuba supera las 800,000 viviendas, una problemática acumulada durante décadas y agravada por el deterioro de los inmuebles, la falta de mantenimiento y los desastres naturales.