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  • Estas inversiones en el Centro Histórico de San Salvador gozarán de incentivos según nuevo reglamento de la APLAN

    Estas inversiones en el Centro Histórico de San Salvador gozarán de incentivos según nuevo reglamento de la APLAN

    Un nuevo reglamento define las inversiones en el Centro Histórico de San Salvador que gozarían de incentivos fiscales en el Impuesto sobre la Renta y exenciones de impuestos municipales, según el nuevo reglamento que estará vigente desde este próximo miércoles 12 de noviembre.

    El Reglamento para calificación de incentivos fiscales para construcciones en el Centro Histórico, acordado por la Junta Directiva de la Autoridad de Planificación del Centro Histórico (APLAN), fue publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de noviembre.

    El Reglamento establece requisitos y criterios para acceder a los incentivos fiscales y exenciones municipales previstos en la Ley de Creación de la APLAN. Estos incentivos se aplicarán a nuevas inversiones dentro las 70 cuadras consideradas parte del Centro Histórico de San Salvador.

    Se podrá tramitar la aplicación de incentivos a inversiones de actividades comerciales y turísticas, actividades culturales, adecuaciones funcionales, empresas de alimentación, de alojamiento, entre otras.

    ¿Qué inversiones gozarán de incentivos en el Centro Histórico de San Salvador?

    Rehabilitación al patrimonio: Proyectos de recuperación, rehabilitación o restauración a patrimonio que cumpla con la normativa de patrimonio cultural y urbanismo.

    Construcción o ampliaciones de inversión significativa: Proyectos de construcción, remodelación, mejoramiento y ampliación de inmuebles existentes que no alteren el valor patrimonial, ni la morfología del entorno urbano, pero que impliquen una inversión significativa destinada a la reactivación, productiva, turística, cultural o habitacional del inmueble.

    Construcciones para actividad comercial o turística: Nuevas construcciones o intervenciones arquitectónicas para actividades comerciales y turísticas como alimentación, alojamiento, recreación, información, transporte, estacionamientos, desarrollo inmobiliario y habitacional.

    Actividades culturales: Nuevas construcciones o intervenciones arquitectónicas para actividades culturales, creativas y patrimoniales que contribuyan a la activación y revitalización del Centro Histórico, creación o sostenibilidad de espacios culturales, desarrollo de productos y servicios culturales; espacios para actividades escénicas, festivales, galerías, centros de producción artística, librerías, artesanías, actividades editoriales, audiovisuales u otras iniciativas cuya vocación principal contribuya a la dinamización cultural.

    Infraestructura: Inversiones en infraestructura o equipamiento urbano complementario, cuando sean ejecutadas en coordinación con la APLAN y contribuyan a la mejora del espacio público, movilidad peatonal, mobiliario urbano, iluminación, seguridad o accesibilidad, del área delimitada.

    No serán consideradas para el goce de los incentivos las actividades que constituyan inversiones privadas ejecutadas en inmuebles de propiedad estatal, aún cuando esas inversiones se enmarquen dentro de las categorías del reglamento.

    La APLAN calificará los proyectos que pueden acceder a uno o varios de los incentivos fiscales o a la exención de impuestos municipales, según «su naturaleza, impacto y viabilidad técnica».

    Los sujetos, naturales o jurídicos, que obtengan una calificación y resolución favorable por parte de la APLAN podrán ser sujetos de exención del Impuesto sobre la Renta por un período de hasta diez años.

    Una inversión mínima de $1,000 por metro cuadrado

    Los inmuebles con superficie igual o mayor de 25 metros cuadrados deberán realizar una inversión mínima de $1,000 por metro cuadrado intervenido.

    Los inmuebles con superficie menor a 25 metros cuadrados, la inversión mínima deberá ser de $25,000.

    La exención del Impuesto sobre la Renta aplicará según el tipo de actividad incentivada.

    Para las actividades comerciales turísticas, solo serán sujetas a los incentivos aquellas pertenecientes a los subsectores establecidos en la Ley de Turismo, como información, transporte, alojamiento, alimentación y recreación.

    Para las inversiones en actividades culturales, la exención del Impuesto sobre la Renta será aplicable a la renta neta generada por la operación de inmuebles mediante proyectos de desarrollo, rehabilitación o adecuación de espacios de expresiones artísticas, culturales, creativas o patrimoniales en el Centro Histórico.

    Para inversiones destinadas a la rehabilitación, conservación, recuperación, construcción, remodelación, mejoramiento o ampliación de inmuebles, la exención será aplicable a la renta neta obtenida por el desarrollador o inversionista como resultado directo de la ejecución del proyecto de mejora del inmueble, incluyendo utilidades de contratos de desarrollo, honorarios o beneficios aún cuando no opere, ni conserve la propiedad del bien.

    El beneficio no será transferible, ni aplicable a otras actividades no vinculadas al objeto del proyecto calificado.

    Los sujetos a los que se les aplique el beneficio deberá llevar registros contables en los que identifique plenamente los ingresos, costos y gastos vinculados con la inversión incentivada.

     

  • Más de 280 fincas se han identificado como origen para exportar a la Unión Europea con certificado de libre deforestación

    Más de 280 fincas se han identificado como origen para exportar a la Unión Europea con certificado de libre deforestación

    Al menos 282 fincas de café salvadoreño se han identificado como origen en un portal habilitado para obtener la certificación de la Unión Europea que les permita exportar en cumplimiento del protocolo contra la deforestación.

    Los productores salvadoreños se preparan para cumplir con el Reglamento de la Unión Europea para Productos Libres de Deforestación (EUDR), que regula el ingreso al mercado europeo de cacao, café, soya, caucho, bovinos, madera, aceite de palma y sus derivados procedentes de zonas deforestadas.

    Aunque el EUDR entró en vigor en 2023 y debía aplicarse en diciembre de 2024, la UE otorgó un año adicional. El 30 de diciembre de 2025 se incluirá a las grandes y medianas empresas, mientras que el 30 de junio de 2026 será para las micro y las pequeñas empresas.

    El Instituto Salvadoreño del Café (ISC) detalló en su memoria de labores -correspondiente de junio de 2024 a mayo de 2025- que, en alianza con el Centro de Comercio Internacional, se lanzó una prueba piloto para que El Salvador participe en un portal desarrollado para centralizar información que permita evidenciar el cumplimiento del reglamento.

    Como resultado, el ISC señaló que 47 exportadores se han inscrito en la prueba piloto del Portal para el Comercio Libre de Deforestación (DFTG).

    Además, 282 fincas salvadoreñas se han identificado como origen, mientras 14 exportadores y 30 productores han presentado información en el portal.

     

    Peso de la UE en el comercio del café

    El ISC reporta que el 26.6 % del café exportado en el ciclo 2024–2025 tuvo como destino Europa, con un precio promedio de $302.62, superior al pagado en Norteamérica ($271.48).

    De acuerdo con el Banco Central de Reserva (BCR), la Unión Europea es uno de los mayores compradores del café salvadoreño, con Bélgica como el principal destino, con $20.2 millones entre enero y septiembre de 2025, equivalente al 12.8 % del total. Esta cifra solo es superada por Estados Unidos, que adquirió $75.3 millones (46 %).

    Con $8.02 millones, Alemania es el segundo destino del bloque europeo, seguido de Italia, con $7.1 millones.

    De igual manera, el ISC detalló en su memoria que, junto al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN), se establecieron procedimientos para la emisión de constancias para las fincas de café que permitan a los productores tener una evidencia de no deforestación.

  • Caficultores reciben guía para cumplir reglamento europeo de productos libres de deforestación

    Caficultores reciben guía para cumplir reglamento europeo de productos libres de deforestación

    Los caficultores salvadoreños recibieron una guía que establece las bases para las exportaciones del grano de oro bajo el nuevo Reglamento de la Unión Europea para Productos Libres de Deforestación (EUDR), que regula el ingreso de bienes agrícolas procedentes de zonas deforestadas.

    El 29 de junio de 2023 entró en vigor el EUDR, que prohíbe la importación a los 27 países del bloque europeo de cacao, café, soya, caucho, bovinos, madera y aceite de palma, así como de sus derivados, cultivados en áreas deforestadas después del 31 de diciembre de 2020. Sin embargo, su aplicación será gradual, y a partir de diciembre de 2025 la mayoría de las empresas deberán cumplir con sus lineamientos.

    El manual fue elaborado por el Centro de Comercio Internacional (ITC) con financiamiento de la Unión Europea, en coordinación con el Ministerio de Economía (Minec) y el Instituto Salvadoreño del Café (ISC).

    La publicación, titulada “Guía de Negocios para el café de El Salvador: Navegando las obligaciones de diligencia debida del EUDR”, disponible en el sitio web del ISC, analiza la dinámica de las exportaciones del café salvadoreño hacia la Unión Europea y ofrece una lista de recursos para ayudar a los productores a cumplir con el reglamento.

    En una evaluación de la Unión Europea publicada en mayo de 2025, El Salvador fue clasificado con riesgo estándar para exportar productos agrícolas libres de deforestación, junto a Honduras, Nicaragua, Guatemala, Panamá y Belice.

    El nuevo reglamento ha generado preocupación entre los productores, especialmente de café y cacao destinados al mercado europeo. No obstante, confían en poder cumplir con los lineamientos, dado que buena parte de los cultivos salvadoreños proviene de zonas bajo sombra y que el parque cafetalero tiene más de 50 años.

    Mercado europeo

    El documento reconoce que Europa es uno de los principales destinos para el café salvadoreño, con Bélgica como el socio comercial más importante, seguido de Alemania e Italia.

    Citando datos del Banco Central de Reserva (BCR), la guía señala que las exportaciones de café alcanzaron su punto máximo en 2022, con un valor de $176 millones, de los cuales $55 millones (31.2 %) se dirigieron a Europa.

    En los años siguientes se registró una desaceleración, cerrando en $47 millones a Europa en 2023 y $40 millones en 2024. Sin embargo, en 2025 las ventas mostraron un repunte luego de que a septiembre sumaron $43 millones, impulsadas por el alza en el precio internacional, que mantiene el saco por arriba de los $300.

    El ISC reporta que el 26.6 % del café exportado en el ciclo 2024-2025 tuvo como destino Europa, con un precio promedio de $302.62, superior al pagado en Norteamérica ($271.48).

    “Los datos muestran la importancia de este mercado para el café salvadoreño y, en consecuencia, se requiere realizar todos los esfuerzos posibles para que el cumplimiento de los requerimientos del EUDR sea atendido con propiedad”, señala el documento, que además advierte que no todas las exportaciones terminan en las mesas europeas, ya que una parte del producto ingresa por puertos del bloque, pero se reexporta hacia otros destinos.