Etiqueta: Sala de lo Constitucional

  • Presentan una tercera demanda de inconstitucionalidad contra reforma que autoriza la reelección presidencial indefinida

    Presentan una tercera demanda de inconstitucionalidad contra reforma que autoriza la reelección presidencial indefinida

    El Movimiento para la Defensa de la Clase Trabajadora presentó este miércoles una demanda ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para que declare inconstitucionales las reformas constitucionales que habilitan la reelección presidencial indefinida en El Salvador. La organización solicitó además la suspensión inmediata de la entrada en vigencia de dichas reformas, aprobadas y ratificadas por la Asamblea Legislativa el pasado 31 de julio.

    El abogado Patricio Pineda, miembro del movimiento, explicó que el recurso se fundamenta en que el procedimiento de reforma constitucional fue violentado y contradice el espíritu de la Constitución de 1983, redactada tras una Asamblea Constituyente electa democráticamente.

    «Uno de los argumentos que más pesa en la demanda es que el procedimiento como tal para la reforma constitucional ha sido violentado; por otro lado hay un contexto histórico del que poco se habla y es que la Constitución vigente de 1983 se realizó por medio de elecciones del soberano, fueron convocadas en marzo de 1983 y llevó todo un proceso, para que en diciembre de ese mismo año estuviera entrando en vigencia y que estableció los artículos 152 y 154 que son los que limitan ese abuso de darle continuidad en el poder a un solo individuo», alegó Pineda.

    Asimismo, los demandantes cuestionan la disposición transitoria que recorta el periodo presidencial 2024-2029 hasta el 2027, con el argumento de hacer coincidir las elecciones presidenciales con las municipales y legislativas. Para Pineda, esta maniobra representa una manipulación ilegítima de las reglas del juego electoral con fines populistas.

    Para Pineda esa disposición obedece a que haber «cortado el período presidencial que era 2024-2029 y se lo han cortado hasta el 2027, esto es una salvaguarda, ellos están manipulando las reglas del juego, porque saben que de cara a la población, estos señores que están aquí en la Asamblea Legislativa están completamente derribados, ahí están las estadísticas, la nota que estos señores tienen no llega ni al 6, por tanto ellos necesitan agarrarse del populismo de la persona que está en Casa Presidencial y por ello han cambiado las reglas del juego de forma ilegítima».

    Otro de los firmantes, Guillermo García, indicó que en la demanda se pide a la Sala de lo Constitucional decretar la suspensión inmediata del Acuerdo de Reforma Constitucional No. 3 y su decreto de ratificación. De no admitirse, los abogados afirmaron que acudirán a organismos internacionales para denunciar lo que consideran una amenaza grave a la democracia salvadoreña.

    La demanda presentada este 21 de agosto se convierte en la tercera acción de inconstitucionalidad contra las reformas de reelección presidencial. La primera fue interpuesta por la diputada Claudia Ortiz del partido Vamos el 8 de agosto, y la segunda por el Movimiento de Izquierda Salvadoreña, liderado por Walter Raudales, el 20 de agosto.

    El abogado Luis Rivera, también firmante del recurso, advirtió que aunque la demanda cumple con los requisitos legales, la composición actual de la Sala de lo Constitucional responde a intereses políticos, lo que podría impedir su admisión.

     

     

  • Nueva demanda contra reelección indefinida se apoya en la resolución que permitió la primera reelección

    Nueva demanda contra reelección indefinida se apoya en la resolución que permitió la primera reelección

    La resolución que abrió la puerta a la primera reelección presidencial en El Salvador sirvió de argumento de una segunda demanda que presentó un grupo de personas contra la reforma constitucional para permitir la reelección presidencial indefinida.

    La demanda de inconstitucionalidad fue presentada por el Movimiento de Izquierda Salvadoreña (MIS) la mañana de este miércoles 20 de agosto ante la Sala de lo Constitucional contra las reformas a la Constitución de la República aprobadas el 31 de julio para permitir la reelección presidencial indefinidamente.

    «Esta es una demanda de inconstitucionalidad con argumentos constitucionales, con la idea que se sume a la demanda inicial que presentó la diputada Claudia Ortiz, en la línea de exponerle a la Sala de lo Constitucional los artículos violentados con el paquete de reformas aprobado el 31 de julio», dijo Walter Raudales, líder del MIS.

    Uno de los argumentos de la demanda retoma la resolución de la Sala de lo Constitucional del 3 de septiembre de 2021, cuando abrió las puertas a la reelección presidencial, al permitir que “una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido Presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”. Esa disposición, el polémico primer inciso del artículo 152 de la Constitución, que según los magistrados permitía la reelección presidencial «por una sola vez», fue eliminado en la reforma constitucional del 31 de julio.

    Así, la Sala defendió que Bukele podía optar a ser candidato presidencial, ya que no fue presidente en ese periodo anterior, que fue gobernado por el expresidente Salvador Sánchez Cerén (2014-2019).

    «La Sala no se puede contradecir así misma, por aquella notificación donde argumentaron legalmente la reelección donde dijeron que solo se podía dos veces, entonces cómo van a argumentar ahora la reelección indefinida es importante ese planteamiento. Bueno ahí hay magistrados que creo van a actuar éticamente», comentó Raudales.

    El demandante rechazó el argumento de Nuevas Ideas sobre que las reformas fueron una demanda de la población durante consultas que han hecho por años. «La verdadera consulta hubiera sido un referéndum, esa hubiera sido la verdadera consulta y hubiéramos ido todos a votar si queríamos esas reformas o no. Pero preguntarles a un par de vecinos de ellos no es una consulta», cuestionó.

    Esta es la segunda demanda contra las reformas constitucionales que aprobó y ratificó, el mismo día, la Asamblea Legislativa dominada por Nuevas Ideas, el 31 de julio pasado.

    Raudales dijo que, aunque conocen «las condiciones en las que está el sistema judicial», creen qu «hay magistrados, jueces y abogados notables que pueden estudiar la petición ciudadana desde el punto de vista ético» .

    «El esfuerzo de presentar esta demanda es también poner a prueba el sistema y evidenciarlos y hacer uso de un recurso constitucional, porque la misma Constitución nos valida esta opción de que los ciudadanos podemos acercarnos a las instituciones cuando sentimos que han sido violentados nuestros derechos, y la Sala tiene que hacer un estudio profundo de lo que se le está presentando», dijo.

    Raudales es un exmilitante del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) que fundó el MIS con la idea de «expresarse en las calles».

    Para este jueves 21 de agosto, el Movimiento para la Defensa de la Clase Trabajadora (MDT) presentará una tercera demanda de inconstitucionalidad contra ese paquete de reformas constitucionales, indicó Patricio Pineda, quien es miembro de la Mesa por una Pensión Digna y que también acompañó la presentación de la demanda de este miércoles.

     

     

  • Claudia Ortiz presenta demanda contra reforma constitucional de reelección presidencial indefinida

    Claudia Ortiz presenta demanda contra reforma constitucional de reelección presidencial indefinida

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, presentó este viernes una demanda de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en la que pide declare inconstitucional la reforma a la Constitución aprobada el 31 de julio que habilitó la reelección presidencial indefinida en El Salvador.

    «Este día hemos presentado una demanda de inconstitucionalidad para que se declare inconstitucional, justamente, las reformas que se hicieron a la Constitución de la República para autorizar la reelección presidencial indefinida. Quiero decirles a todos que, mientras hay pueblo, hay esperanza y este día hemos venido a presentar algo que es un derecho, pero también es un deber», expuso Ortiz luego de presentar la demanda en la ventanilla de la Corte.

    La diputada llamó a la población a hacer uso de sus derechos y señaló que uno es la «insurrección» cuando se rompe el orden constitucional.

    «Nuestra Constitución manda que, cuando el orden constitucional se rompe, el pueblo puede hacer uso de sus derechos, uno de ellos es la insurrección y una forma de insurrección es así: contestar con los recursos legales necesarios como este para que se restablezca el orden constitucional. Este no es un momento de pesimismo, no es momento de tirar la toalla, es momento de que los ciudadanos podamos hacer las cosas que nos corresponde como derecho y como deber», exhortó la legisladora de oposición.

    Ortiz exhortó a la población a no escuchar voces fatalistas «que muchas veces vienen de quienes nos tienen en esta situación, vienen de voces que ya estuvieron usando el poder, ejerciendo el poder». Dijo que el «oficialismo abandona al pueblo mientras ellos gozan de privilegios» e invitó a la gente que vea otras opciones para elecciones libres y justas y «se restablezca el orden constitucional».

    En la sesión plenaria del 31 de julio, la diputada Marcela Villatoro recriminó de voz y con cartel en mano a la bancada de Nuevas Ideas: «Este día murió la democracia».

    Estas son las reformas a la Constitución que decidió Nuevas Ideas:

    Artículo 75 de la Constitución

    Elimina la pérdida de derechos del ciudadano para quienes “suscriban actas, proclamas o adhesiones para promover o apoyar la reelección” presidencial.

    Artículo 80 de la Constitución Se agrega que “se considerarán electos como presidente y vicepresidente” los “candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos válidos en el correspondiente proceso electoral”, eliminando la disposición que ordenaba una segunda elección cuando “ningún partido político o coalición haya obtenido mayoría absoluta”.

    Artículo 152 de la Constitución Se elimina la disposición que prohibía las candidaturas presidenciales a quienes hubieran fungido en el anterior periodo como presidente.

    Artículo 154 de la Constitución Se establece que el periodo presidencial será de seis años y se agrega que “en el caso de una reelección el primer día de nuevo mandato” no se considerará “un día más”, ya que este artículo prohíbe quedarse “un día más”.

  • Sala declara sin lugar petición de director de espectáculos sobre solicitud de empresarios circenses

    Sala declara sin lugar petición de director de espectáculos sobre solicitud de empresarios circenses

    El director de espectáculos públicos, radio y televisión del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, Antonio Esteban Rodas, pidió a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que aclare una sentencia relacionada a los derechos económicos de los artistas extranjeros y nacionales.

    La Sala declaró sin lugar la petición de aclaración el 16 de julio de 2025 y ya se lo hizo saber a la Asamblea Legislativa, que recibió la resolución en sesión plenaria.

    El representante legal de la Asociación Salvadoreña de Empresarios Circenses (Asec) envió un escrito a Gobernación para solicitarle su intervención en el pago que debía realizar el Circo Internacional Tihany, que se encontraba en El Salvador. La asociación se fundamenta en el decreto 122 del 4 de diciembre de 1988.

    Dicho decreto establece que deben recibir el 3 % de la entrada neta obtenida por cada presentación de circo extranjero que ingrese al país más el 10 % del ingreso total obtenida por la venta al público dentro del circo.

    El director de espectáculos públicos, entonces, pidió aclarar si el criterio de la sentencia 159-2015 de la Sala de lo Constitucional aplica en un conflicto entre el decreto 122 citado por la asociación de empresarios circenses, su reforma de marzo de 1989 y la Ley especial de migración y extranjería, que prevé un régimen diferente de derechos económicos para artistas extranjeros.

    También, solicitó aclarar si hay una derogación tácita de los derechos 122 y 193, y si se deben aplicar a estos decretos los principios sobre la naturaleza de los tributos y contribuciones especiales.

    La Sala indicó que lo que se pide analizar es un problema jurídico concreto “ajeno a conceptos oscuros” en la sentencia y que más bien lo que se plantea “es una opinión consultiva” sobre una aparente tensión normativa.

  • Movimiento pide declarar inconstitucional Ley de Agentes Extranjeros por "criminalizar a personas y organizaciones defensoras de derechos humanos"

    Movimiento pide declarar inconstitucional Ley de Agentes Extranjeros por «criminalizar a personas y organizaciones defensoras de derechos humanos»

    El Movimiento por la Defensa por los derechos de la Clase Trabajadora (MDCT) pidió este jueves declarar inconstitucional la nueva Ley de Agentes Extranjeros, que inició su vigencia el pasado 7 de junio y que ha sido cuestionada por limitar el derecho de asociación y expresión.

    Guillermo Antonio García Bernabé y Luis Baltazar Rivera García del Movimiento presentaron una demanda de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional contra la Ley de Agentes Extranjeros por considerar que atenta contra las organizaciones de sociedad civil.

    Silvia Navarrete, miembro del Movimiento explicó que en el análisis de la ley identificaron que «al menos violenta de manera flagrante una decena de artículos de la Constitución de la República, especialmente los referidos a legalidad, igualdad, derechos de expresión, organización y participación.

    «La Ley de Agentes Extranjeros busca criminalizar a las personas y organizaciones defensoras de derechos humanos como el caso de Ruth López, Enrique Anaya y otros defensores, quienes han denunciado públicamente violaciones de derechos humanos e indicios de actos de corrupción de los funcionarios». Silvia Navarrete, miembro del Movimiento para la Defensa de los Derechos de la Clase Trabajadora.

    Morena Murillo, también miembro del Movimiento aseguró que en la demanda piden como medida cautelar que la Sala de lo Constitucional suspenda temporalmente la vigencia de la normativa «hasta que emita una resolución definitiva sobre nuestro demanda de inconstitucionalidad».

    La semana pasada, la organización Cristosal anunció el cierre de operaciones en El Salvador, por considerar la situación del país como «insostenible de acoso estatal», por la captura de la jefa Anticorrupción y Justicia, Ruth López y por la imposición de la Ley de Agentes Extranjeros.

    La ley fue aprobada el 20 de mayo por la Asamblea Legislativa, fue publicada en el Diario Oficial del 30 de mayo e inició su vigencia el 7 de junio. La normativa impone un impuesto del 30 % sobre los fondos que se reciban desde el extranjero.

    Asimismo, otorgó un plazo de 90 días para que cualquier persona u organización que recibe fondos desde el extranjero pueda inscribirse en el Registro de Agentes Extranjeros (RAEX) y limita que los mismos participen en actividades «políticas».

    El Centro contra la Corrupción y la Impunidad en el Norte de Centroamérica (CCINOC) aseguró que la normativa permite el cierre «arbitrario de organizaciones de la sociedad civil» y a la prensa «como represalia por sus labores para combatir la corrupción y la impunidad».

    Por su parte, la Oficina del Alto Comisionado de Derechos humanos de las Naciones Unidas (OHCHR) dijo estar preocupada por el «lenguaje ambiguo y disposiciones que podrían restringir indebidamente los derechos a la liberar de asociación y expresión».

  • Asamblea solo elige a dos magistrados suplentes pese a propuesta inicial de Nuevas Ideas de siete candidatos

    Asamblea solo elige a dos magistrados suplentes pese a propuesta inicial de Nuevas Ideas de siete candidatos

    La Asamblea Legislativa eligió y juramentó este miércoles únicamente a dos magistrados suplentes para la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pese a que al inicio del proceso, el oficialista partido Nuevas Ideas propuso candidatos para los siete cargos vacantes, algo de lo que luego se retractó.

    Durante la sesión plenaria, el jefe de fracción de Nuevas Ideas, Christian Guevara, propuso inicialmente siete nombres para ocupar cargos como magistrados suplentes de la Sala de lo Constitucional y otras salas del máximo tribunal.

    Entre ellos figuraban Juana Corvera de Meléndez, Lila Margarita Rosa González, Oscar Antonio Canales para la Sala de lo Constitucional, así como a Linda Jacel Peraza Fuentes, Marta Alicia Ochoa Aragón, Raymundo Alirio Carballo Mejía e Ivonne Lizzette Flores González, para el resto de salas de la CSJ.

    Los primeros seis perfiles recibieron 57 votos favorables por parte de Nuevas Ideas y sus aliados. Sin embargo, previo a la votación por la última aspirante, el presidente de la Asamblea, Ernesto Castro, decretó un receso cerca de las 5:30 p.m.

    Al retornar del receso, Guevara presentó una modificación de agenda, solicitando anular las propuestas anteriores y dejar sin efecto la votación realizada.

    Basándose en el artículo 90 del Reglamento Interno de la Asamblea Legislativa (RIAL), propuso elegir únicamente a Marta María Iglesias Majano y José Mauricio Cardoza Hernández como magistrados suplentes de la CSJ, para un período que concluirá el 23 de septiembre de 2033.

    “Queremos dejar sin efecto las siete propuestas que esta bancada hiciera y proponemos (…) a los profesionales Marta María Iglesias Majano y José Mauricio Cardoza Hernández”, expresó Guevara, sin dar mayores explicaciones sobre el cambio repentino.

    Ni Serafín Orantes del Partido de Concertación Nacional (PCN), ni Reinaldo Carballo del Partido Demócrata Cristiano (PDC), quienes inicialmente respaldaron la primera lista, se pronunciaron sobre la nueva moción.

    La votación nominal y pública aprobó la elección de Iglesias Majano y Cardoza Hernández, quienes fueron juramentados de inmediato como magistrados suplentes por el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro. La Corte Plena será la encargada de asignarlos a las salas correspondientes.

    Guevara no explicó cuándo se retomará el proceso de elección para cubrir los otros cuatro cargos restantes de magistrados suplentes en la Corte Suprema de Justicia de El Salvador, ni ofreció razones para revertir la votación de los seis aspirantes inicialmente aprobados.