En El Salvador la expectativa de vida oscila entre los 71 y 74años de edad, según un estudio censual efectuado entre 2022 y 2024. La expectativa de vida de las mujeres ronda entre los 75 y 78 años, mientras que la expectativa de vida de los hombres anda entre los 66 y 69. Es poca la población que alcanza y supera los 75 años, ya que en 2024 el país reportaba que cerca de 275 mil salvadoreños habían alcanzado o sobrepasado esa edad y cerca de 700 mil estaban en la tercera edad (60 o más).
El VII Censo de Población en El Salvador efectuado en 2024 reflejó que en el país solo 1,520 personas tenían 100 o más años de edad, siendo el 65 por ciento mujeres. La edad máxima registrada fue de una mujer de 125 años.
Pese a los relativamente pocos años de vida que alcanzamos los salvadoreños, la semana pasada la Asamblea Legislativa, a petición del Órgano Ejecutivo reformó el Artículo 27 de la Constitución para permitir en la legislación penal salvadoreña la condena de cadena perpetua para los delitos de homicidio, violación y actos de terrorismo.
Obviamente se requiere reformar las leyes secundarias para aplicar la condena perpetua y en ese sentido se debe reformar el Código Penal, la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, la Ley Integral para una Vida Libre de Violenciapara las Mujeres y la Ley Penal Juvenil. Según el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, la armonización de estas leyes con la reforma constitucional marcará un antes y un después, ya que se castigará con mayor rigor a quienes cometen dichos delitos y se les dará una verdadera justicia a las víctimas.
Las reformas que se proponen se centran en la revisión obligatoria de la condena, dependiendo de cada situación. Verbigracia, en el caso de menores la revisión obligatoria se hará a los 25 años de de pena obligatoria; a los 30 años, si se cometió un solo delito; 35 si hubo concurso de delitos y 40 años cuando concurra una agravante específica o extrema gravedad cualificada. Del resultado de la revisión obligatoria y basándose en informes sobre su conducta en prisión y tras una audiencia, el juez podrá conceder o negar régimen de libertad controlada.
Las reformas también buscan que los pandilleros sean sentenciados a cadena perpetua tomando en cuenta que las pandillas son estructuras terroristas y que todo feminicidio sea castigado con cadena perpetua. También se pretende que todo menor que cometa un delito grave reciba condena perpetua.
Sin embargo, la cadena perpetua ya se aplica en El Salvador desde hace muchos años, tomando en cuenta el promedio de la expectativa de vida de la población y las sentencias que emiten los tribunales en el país, cuando los delitos son graves o cuando la persona juzgada ha cometido más de un delito grave.
Ejemplos sobran, para el caso en diciembre del año pasado, un total de 50 pandilleros recibieron condenas que oscilan entre 400 Y 1,335 años de prisión por su participación en varios homicidios y desapariciones forzosas. Está claro que ninguno de los sentenciados llegará cumplir ni la cuarta parte de su condena.
A principios de este mes, en Juzgado Especializado impuso 130 años de cárcel a 62 pandilleros que participaron en múltiples delitos cometidos en las colonias La Campanera y El Pepeto de Soyapango. Sin que esté legislada como tal, los pandilleros recibieron una condena perpetua por sus atroces crímenes.
En diciembre de 2014 Matías Sorto Pastora fue condenado a 730 años de cárcel por la comisión de múltiples delitos, desde extorsiones hasta homicidios cometidos en el norte del departamento de San Miguel, donde era el jefe de una banda delincuencial.
La verdad es que ha habido muchas condenas centenarias que en la práctica son cadenas perpetuas, porque nadie, al menos en el país, vive más allá de los 100 años estando encarcelado. En los últimos 15 años fácilmente ha habido más de 2 mil criminales condenados que han recibido merecidamente más de 100 años de prisión.
En lo personal pienso que no es necesaria una reforma constitucional para legalizar la cadena perpetua, pues ya se aplicaba. En todo caso esta debe llevar a una aplicación correcta y honesta de la justicia, pues un error humano o una mala intención puede llevar a alguien a pagar toda su vida en prisión, siendo inocente. Particularmente pienso, que a los homicidas alevosos, los secuestradores, los que generan terror y los violadores deben recibir condenas de prisión perpetua, toda vez que se les compruebe la comisión del delito.
Hace unos 15 años un joven universitario tuvo que huir porque una adolescente de 17 años lo acusó de violación y producto de ese hecho había quedado embarazada. El bebé nació y cuando el pequeño tenía dos años el acusado se presentó declarándose inocente, pero fue encarcelado porque ya había sido condenado a 20 años de prisión. La menor de edad en su declaración señaló que estaba virgen, que jamás había tenido relación sexual forzada y consentida con nadie y que producto de la violación quedó embarazada. Se le hizo la prueba de ADN y resultó 0.00 negativo, es decir, el joven encarcelado no era el padre del bebé, pese a lo cual la supuesta víctima insistió en negar haber tenido relación forzada o consentida con alguien más. Una Cámara de lo Penal declaró inocente al joven universitario que tuvo la suerte que la supuesta victimaria y su bebé fue localizada. Un caso similar puede presentarse y el supuesto victimario ser condenado a cadena perpetua por el simple dicho de la víctima.
En muchos casos los fiscales tendrán el reto superfluo de demostrar la verdadera culpabilidad de los procesados, pues es toda una vida la que estará en juego. Por mi parte, los homicidas alevosos, los secuestradores, los que se agrupan para generar terror, y los violadores merecen pasar el resto de sus vidas en prisión, si se les hace un juicio que siga el debido proceso y son vencidos en el mismo por la contundencia de las pruebas.
*Jaime Ulises Marinero es periodista

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