La reciente resolución del Tribunal Cuarto contra el Crimen Organizado de San Salvador, que impone por primera vez la pena de prisión perpetua revisable a cabecillas y mandos de la Mara Salvatrucha (MS-13), no puede pasar desapercibida desde esta tribuna de opinión, ya que representa una reconfiguración revolucionaria en la política criminal y la penología del Estado salvadoreño. La condena a perpetuidad revisable de jerarcas como Josué Germain González Mejía, junto con las penas de 30 a 45 años dictadas contra 95 integrantes del «Programa Centro», marca el tránsito definitivo hacia un modelo punitivo de incapacitación absoluta.
Desde el enfoque de la criminología crítica y la seguridad pública, mis áreas de estudio, interés e investigación este fallo oficializa el abandono para asesinos en serie, descuartizadores de personas, psicópatas y sociópatas, del ideal resocializador que históricamente cimentó, al menos en la teoría dogmática, el idealismo, ideas descabelladas, ocurrencias que vinieron de otros continentes y el derecho penal latinoamericano, sin disponer de evidencia empírica por medio de la Criminología.
Ante la fenomenología del crimen organizado de la MS-13, el Estado, en particular el gobierno por medio de su gabinete de seguridad y la Fiscalía General de la República ha adoptado una postura de neutralización permanente. Al procesar a estas estructuras bajo el andamiaje del terrorismo, el sistema de justicia criminal asume que la rehabilitación de los «corredores de programas y de clicas» y «homeboys» es ontológicamente inviable, y que el único mecanismo para salvaguardar a la sociedad es su exclusión perpetua del ecosistema público y sobre todo porque está legislado.
Las implicaciones operativas de esta condena masiva son profundas en el territorio. La desarticulación simultánea de 10 clicas, neutralizando focos históricos de criminalidad como el barrio San Jacinto, la comunidad Iberia y el corredor de la Universidad de El Salvador, asesta un golpe estructural a la logística de la pandilla. Al erradicar el dominio micro territorial que estas estructuras celulares criminales ejercían a través de la extorsión y la limitación a la circulación, el Gobierno de la República salvadoreño reafirma su monopolio legítimo de la fuerza, potestad del Estado, desplazando de tajo la gobernanza criminal paralela que asfixió a estas zonas urbanas durante décadas.
Sin embargo, las repercusiones institucionales de este nuevo paradigma penal exigen un análisis y seguimiento académico riguroso. La materialización de la pena de prisión perpetua revisable, facilitada por el contexto jurídico del régimen de excepción, consolida una arquitectura de justicia basada en el procesamiento masivo y la valoración probatoria en audiencias únicas abiertas. Aunque la eficacia inmediata en la contención de la violencia letal es estadísticamente innegable e irrefutable, este modelo traslada una presión enorme hacia el sistema penitenciario, en especial el de máxima seguridad.
El Estado y el gobierno deberán prepararse para una transformación demográfica carcelaria sin precedentes: la custodia prolongada de una población de alta peligrosidad que envejecerá y con altísimas posibilidades que perecerá intramuros, lo que requerirá un sostenimiento presupuestario y operativo de máxima seguridad a perpetuidad.
La inauguración de la pena de prisión perpetua revisable en El Salvador para pandilleros criminales trasciende el castigo retributivo individual; actúa como un instrumento de disuasión de máxima intensidad. Este fallo redefine el pacto social en materia de seguridad ciudadana, donde el Estado prioriza de manera absoluta la defensa de la víctima frente a las garantías futuras del victimario.
Desde esta columna expreso mis felicitaciones al personal de la Policía Nacional Civil por medio de la Sub Dirección Nacional de Investigaciones, inteligencia, seguridad pública, Centro de Investigación Forense y otras áreas especializadas y todo el talento humano de la Fiscalía General de la República de sus áreas de Fiscalia adjunta especializada contra la delincuencia organizada y anti pandillas por este triunfo en sede judicial especializada, todo el trabajo técnico científico valió la pena, se hace justicia para las víctimas y sus familias.
Salmos 82:3: «Defended al pobre y al huérfano; haced justicia al afligido y al menesteroso».
*Por Ricardo Sosa / Doctor en Criminología / @jricardososa / www.ricardososa.net

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