Estos son los condenados a cadena perpetua en El Salvador

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La Fiscalía General de la República y la Corte Suprema de Justicia, a través de la cuenta de los Centros Judiciales de El Salvador, han difundido nueve condenas de cadena perpetua hasta este 20 de octubre, de las 13 reveladas por el fiscal general, Rodolfo Delgado, este jueves.

Según un recuento hecho por EL MUNDO, la primera condena fue en contra de Carlos Arturo Herrera Castro, quien fue condenado a la perpetuidad por el Juzgado Tercero de lo Criminal de San Salvador, con sede en Santa Tecla, por el homicidio agravado y robo en contra de Alexis López Córdova, un hecho ocurrido el 18 de mayo de 2026 en el cantón Teosinte, Arcatao, Chalatenango.

El relato de los Centros Judiciales indica que el condenado agredió con piedras a López Córdova, a quien le causó lesiones de gravedad en la cabeza y en el rostro, que le llevaron a la muerte; el condenado estaba ebrio, y después de la agresión le quitó el dinero en efectivo que la víctima portaba.

La Fiscalía relató en el juicio que hubo testigos que vieron el robo del dinero y que, incluso, ofreció $10 para que no informaran del hecho.

El segundo caso documentado es en contra de dos pandilleros de la Mara Salvatrucha (MS-13) identificados como Josué Germain González Mejía y Giovanni Andrés Hernández, quienes fueron condenados por el delito de organizaciones terroristas; ellos fueron condenados junto a otros 26 corredores de clica y 69 homeboys (miembros) de la pandillas. La Fiscalía no explicó en qué fecha se cometió el delito.

El comunicado señaló que todos integraban la clica denominada Modelos Locos Salvatruchos, que operaba en la plaza El Trovador, del barrio San Jacinto y Modelo, de San Salvador, también la clica Gangster Locos Salvatruchos, que operaba en los alrededores de Fenadesal y la clica Iberias Locos Salvatruchos, que operaba en la comunidad Iberia. Estas clicas pertenecían al programa Centrales de la MS-13.

La cuarta pena perpetua impuesta fue en contra de Eduardo Mauricio Urbina García de 39 años de edad, por el delito de feminicidio agravado en perjuicio de su vecina, una mujer de 32 años quien solo fue identificada con las iniciales de su nombre J.C.R.C. a quien le provocó heridas profundas en el tórax y en el cuello. Este crimen ocurrió el 3 de agosto de 2026.

El hombre tenía interés en la víctima, quien lo había rechazado y esto molestó al condenado a cadena perpetua. Horas después Urbina se entregó en la Policía Nacional Civil y confesó el hecho.

El siguiente caso condenado fue en contra de otros cinco pandilleros de la MS-13 identificados como Josué Odir Granados Zapata, Edwin Omar Nájera Ventura, Carlos Humberto Velásquez Blanco, Eliú Ismael Pineda Portillo y Celso Alvarado Gálvez, quienes fueron condenados por su pertenencia a la organización terrorista, denominada La Mirada Loca Sureños 13, que operaba en San Miguel. En este caso tampoco se precisó la fecha del cometimiento del delito. Esta condena fue difundida el reciente martes 20 de octubre.

Ayer, ante los diputados de la Asamblea Legislativa, el fiscal general Rodolfo Delgado reveló: “Las penas que se han obtenido en el marco de las disposiciones que regulan el régimen de excepción, el 79% de los condenados recibió penas entre los 15 y los 45 años de prisión, 62 imputados han recibido penas mayores a los 75 años y a 13 ya se les impuso la pena de prisión perpetua, la cual desde el mes de marzo se encuentra vigente en nuestro país”, dijo Delgado ante los legisladores.

La cadena perpetua fue ratificada por la Asamblea Legislativa el 26 de marzo de este año tras una reforma al artículo 27 de la Constitución de la República para que la pena perpetua sea aplicada «a los homicidas, violadores y terroristas.

La pena entró en vigencia 30 días después, el 27 de abril de este mismo año, para los delitos de homicidio simple y agravado, feminicidio, violación en sus distintas formas y la pertenencia a organizaciones criminales o terroristas, aplicable para quienes sean condenados por estos delitos, ya sean autores o cómplices, incluyendo personas entre 12 y 18 años de edad. 

Sin embargo, la reforma también establece que los jueces de lo criminal deberán realizar revisiones obligatorias de las penas perpetuas para evaluar la posibilidad de un régimen de libertad controlada.

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