Más prisión para conductores peligrosos que matan y lesionan

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La noche del miércoles 13 de abril de 2022, en plena Semana Santa, Erick Roberto Rivas Rivas conducía en estado de ebriedad cuando arrolló una procesión en Sonzacate (Sonsonate)  producto de lo cual 25 personas resultaron lesionadas. El sujeto, que también resulto lesionado fue trasladado bajo custodia policial a un hospital. El Código Penal de El Salvador le permitió conciliar con las víctimas o sus representantes.

Recientemente, el viernes 2 de octubre para ser exactos, en las inmediaciones del kilometro 17 de la carretera de Los Chorros, José Adán Gómez Ramos, de 44 años de edad, bajo los efectos de bebidas embriagantes, conducía un camión cargado con arena cuando perdió el control y se estrelló contra tres vehículos particulares y un autobús de la ruta 202 (San Salvador-Ahuachapán y viceversa), provocando en el hecho cuatro personas muertas y  al menos diez lesionadas, Un Juzgado de Paz de Santa Tecla realizó la audiencia inicial y el miércoles de la semana pasada le decretó detención provisional por los delitos de homicidio culposo, lesiones culposas y conducción peligrosas.

Es raro el día que en nuestro país no ocurre un accidente con fatales consecuencias, la mayoría generado por la conducción peligrosa. Personas que conducen bajo el efecto de bebidas alcohólicas o de cualquier droga. Otros que manejan sin la pericia suficiente y hasta sin licencia, conductores que se distraen fácilmente con el uso de los teléfonos móviles, y muchos porque irrespetan a placer las normativas de tránsito (por ejemplo, la mayoría de motociclistas y conductores de vehículos de carga y de transporte público).

Cada vez va en alza la cantidad de accidentes, muertos y lesionados por accidentes viales por falta de conciencia de quienes tienen el privilegio de conducir un vehículo, lo cual requiere suma responsabilidad, porque un vehículo en circulación fácilmente se convierte en un arma letal que puede acabar con vidas o dejar a las víctimas con graves secuelas para el resto de su existencia.

La mayoría de muertos son motociclistas porque muchos carecen de pericia (ni siquiera tienen licencia) y porque en las carreteras conducen a su antojo y bajo los efetos de cualquier sustancia tóxicas. En las grandes ciudades y zonas urbanas hacen carriles donde se les antoja, sobrepasan a su libre albedrío y las normas de tránsito les salen sobrando.

Los accidentes más graves son ocasionados por conductores de vehículos de carga y del transporte público de pasajeros. Muchos lo hacen ebrios o dopados y otros mientras van usando sus redes sociales, especialmente los microbuseros quienes se creen los dueños de las carreteras y juegan con la seguridad de sus usuarios. Ebrios e irresponsables no dimensionan que exponen sus vidas y la de los demás, pues para sufrir un accidente se requiere de una pequeña fracción de segundo o de una desconcentración motivada por factores externos.

Por eso han sido bien vistas las reformas al Código Penal aprobadas, la semana pasada, por la Asamblea Legislativa para incrementar las penas de prisión a los culpables de accidente cuando haya lesiones o muertes, sobre todo cuando sea posible identificar como causa la conducción peligrosa, ya sea porque la personas conducía en estado de ebriedad o bajo el consumo de cualquier droga, cuando el percance  haya sido producto de una competencia ilegal, cuando se conduzca sin licencia o cuando el accidente haya sido provocado por conductores de transporte de carga y de pasajeros. Recordemos que no todo accidente es producto de un conductor peligroso.

Las reformas implica  penas de hasta diez años de prisión por homicidio o lesiones culposas derivadas de la conducción peligrosa de vehículos particulares, mientras que los conductores de  autobuses, microbuses y vehículos de carga recibirán una sanción de hasta 15 años de cárcel, toda vez que se les comprueba que conducían de manera peligrosa.

Lo bueno de las reformas no solo es el incremento de la pena para los conductores peligrosos que provoquen muertes o lesiones, sino el castigo que oscila entre los 5 y 10 años de prisión a los dueños, poseedores o encargados de buses o camiones de 8 toneladas o más que faciliten el vehículo a personas sin la licencia de conducir correspondiente. Mucho más importante es que con las reformas se prohíbe la conciliación en los casos de homicidio y lesiones causados por conducción peligrosa.

Y es que muchos accidentes pueden ser evitados, si el conductor tiene conciencia de su inmensa responsabilidad y evita el consumo de alcohol y drogas, respeta las señales de tránsito y la normativa vial, deja de distraerse con el uso de celulares, y respeta a sus semejantes… Conducir es un privilegio que requiere una alta dosis de responsabilidad. De humanismo,

 

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