La propaganda electoral iniciará en diciembre de 2026 para Asamblea Legislativa

El período oficial para la ejecución de la propaganda electoral para la elección de diputados de la Asamblea Legislativa iniciará formalmente en diciembre de 2026 y la que corresponde a concejos municipales comenzará en enero de 2027.

De acuerdo al calendario electoral aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), la propaganda electoral para la elección legislativa estará autorizada desde el 27 de diciembre de 2026. La legislación establece que debe durar dos meses.

Mientras que la propaganda para la elección de concejos municipales comenzará un mes después de la legislativa, es decir, el 27 de enero de 2027, pues según la Constitución de la República y el Código Electoral solo debe durar un mes.

Ambos plazos para campañas deberán concluir el 24 de febrero de 2027, solo cuatro días antes de las elecciones legislativas y municipales, planificadas por el Tribunal para el domingo 28 de febrero de 2027.

El artículo 175 del Código Electoral establece que la propaganda electoral está prohibida «durante los tres días anteriores a la elección y en el propio día de la misma» e indica que los partidos tampoco tienen permitida «la propaganda partidista en los centros de votación».

La legislación vigente reconoce como un derecho de los partidos y coaliciones la realización de propaganda electoral. Por otro lado, para el día de la elección, los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) no pueden «portar cualquier clase de símbolo o distintivo alusivo» a institutos políticos o coaliciones.

Además, durante los comicios, los ciudadanos, asociaciones y organizaciones de cualquier tipo tienen prohibido el uso de altoparlantes en los centros de votación, pues se considera como una perturbación de la jornada de emisiones de sufragios de los ciudadanos.

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