La defensa de la exalcaldesa de Soyapango, Nercy Patricia Montano, informó que apelará el fallo del Tribunal Quinto de Sentencia de San Salvador, que la condenó a 10 años de cárcel por los delitos de incumplimiento de deberes y negociaciones ilícitas.
«Esta defensa técnica tiene total respeto por la decisión del tribunal, pero estamos en desacuerdo y este proceso no ha finalizado aquí, solamente finalizó el juicio y se nos habilita la segunda etapa, una segunda instancia donde un tribunal superior va a analizar esa sentencia con base al recurso que vamos a presentar», indicó el abogado Miguel Ángel Cárcamo, quien representa a la exalcaldesa.
Nercy Montano fue condenada a seis años de prisión por el delito de incumplimiento de deberes y cuatro más por negociaciones ilícitas.
Los jueces que integran el referido Tribunal explicaron que con respecto al delito de incumplimientos de deberes, la exfuncionaria ostentaba el mayor cargo dentro de la comuna de Soyapango, por lo que era la responsable legal de gestionar la municipalidad.
En el caso del delito de negociaciones ilícitas, el Tribunal dijo que hubo una acción de responsabilidad en calidad de autora, ya que se comprobó que Nercy Montano favoreció a la contratación de la empresa Lex Support, donde el condenado Ricardo Roque Baires era el representante legal para la recuperación de la mora que enfrentaba la comuna.
En los argumentos se mencionó que dichos beneficios a favor de Roque Baires se debieron a un vínculo de amistad entre los dos condenados.
Ante ello, el abogado Cárcamó consideró que un vínculo de amistad entre la exfuncionaria y el acusado Baires no es «una causal de delito» y que no debe ser razón para una condena.
«El vínculo de amistad no es un tipo de causal del delito, específicamente el tipo penal que el vínculo de amistad va a ser considerado para establecer una condena, por eso es que estamos en desacuerdo», agregó Cárcamo.
Cargos absueltos
La exedil fue absuelta de los delitos de apropiación o retención de cuotas laborales, malversación, e infracción de condiciones laborales o de seguridad social, debido a que se comprobó que en la municipalidad había una falta de liquidez para la cancelación de los salarios, situación que impidió que se realizarán los pagos correspondientes a los trabajadores.
Además, enfatizaron que Montabo no era la única responsable en la toma de decisiones, por lo que la Fiscalía General de la República (FGR) tuvo que haber implicado en las investigaciones y posibles acusaciones a los miembros del concejo.
«Desconoce este tribunal por qué la Fiscalía no acusó a más personas, porque quien aprueba es el concejo municipal. Desconoce el tribunal porque la Fiscalía se quedó tan corta en esta investigación», señalaron los jueces.
Las acusaciones señalaron que los impagos de los empleados de la alcaldía ocurrieron entre septiembre y diciembre de 2022, provocando protestas de trabajadores sindicalizados.
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