Los arrendatarios de chalets y cafetines en Santa Ana Oeste deberán pagar cánones de arrendamiento que van desde los $250 hasta los $450 dependiendo “de las dimensiones del local” a alquilar, según la nueva “Ordenanza regulatoria de venta de productos alimenticios, arrendamientos de cafetines, chalets municipales y otros”.
La normativa municipal establece que son pagos mensuales que los comerciantes tendrán que cancelar al personal “de cobros especializados”. Los comerciantes deberán pagar la primera cuota, un anticipo por igual valor y $15 por el contrato de arrendamiento.
Los arrendatarios de locales en turicentros o lugares de acceso público tendrán que pagar un canon de $300 y se tendrán que comprometer a entregar las instalaciones “en iguales condiciones a las que le fue entregado”.
Para acceder a un chalet o cafetín, los comerciantes deben contar con el permiso municipal correspondiente, el cual podrán solicitar entregando el formulario y la documentación requerida en la administración municipal.
Los documentos requeridos:
- La solicitud de permiso.
- Solvencia municipal vigente.
- Fotocopia de Documento Único de Identidad (DUI) ampliada al 150 %.
- Solvencia de la Policía Nacional Civil.
- Exámenes médicos.
- Hoja de valoración médica.
Entre los criterios de evaluación que tomará en cuenta la Administración municipal para la adjudicación de locales estarán: buena conducta del solicitante, puntualidad en el pago de tasas, no poseer saldos pendientes de pago y respetar los giros comerciales.
La ordenanza también clasifica como faltas leves las que tienen que ver con faltas de limpieza, inasistencia a capacitaciones y discusiones verbales. Las faltas graves son los que tienen que ver con actos violentos, incumplimiento de deberes, daños a instalaciones, obstaculizar el paso o utilizar las instalaciones para fines no autorizados.
Mientras, las faltas muy graves son: vender o consumir drogas, vender bebidas alcohólicas o cigarrillos a menores de edad. Las faltas graves serán sancionadas con multas de $57.14. La ordenanza fue publicada el 7 de noviembre y entró en vigencia el 15 de este mismo mes.
La normativa aplica en los distritos de Chalchuapa, Candelaria de la Frontera, San Sebastián Salitrillo, El Porvenir, Santiago de la Frontera y San Antonio Pajonal.
Precios de productos en la pasarela
La comuna también incorporó en la ordenanza los precios fijos para los productos que ofrece la municipalidad.
La alcaldía establece que la pasarela se ha consolidado como «un activo turísticos y recreativo» y que, además, han construido locales que «requieren establecer un marco normativo».
La alcaldía argumenta que es «necesario normar la actividad económica» del cafetín municipal «dentro de la pasarela» porque «es un atractivo turístico de interés y sano esparcimiento». Establece que, en el caso de las pupusas de arroz, costarán $0.25 más que las de maíz.
