El Juzgado Cuarto de Menor Cuantía, juez 2, admitió una solicitud de embargo contra la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Victoria de R.L. (Cosavi) por un monto de $2,598.31, según la resolución emitida el 25 de noviembre de 2025.
La orden judicial, de la cual Diario El Mundo posee copia, establece el embargo de bienes propios de la cooperativa a favor de una persona afectada por el desfalco millonario ocurrido en la entidad financiera durante 2024.
El abogado Henri Fino, representante de la víctima, explicó que, tras la admisión de la demanda, el juez procedió a decretar el embargo, y la parte demandante optó por bienes inmuebles propiedad de Cosavi como garantía para el pago de la deuda.
«Inmediatamente admitida la demanda el juez decreta embargo en bienes propios de Cosavi, que es lo que hay que hacer en este momento, según la ley hay varias opciones de embargo, y nosotros le expresamos al juez que es lo que queremos embargar, en este caso optamos por bienes inmuebles», detalló Fino a Diario El Mundo.
De acuerdo con el abogado, con la resolución emitida, el siguiente paso en el proceso será que el juez dicte un oficio para ejecutar el embargo o designe a un oficial público de juez ejecutor para asegurar los bienes previamente señalados. Ante ello, dijo que el pasado lunes presentó el escrito indicando los términos y bienes que solicitan sean embargados.
Fino destacó la importancia de la resolución judicial, considerando que 103 de las demandas previas habían sido declaradas «improponibles o inadmisibles» por 15 Juzgados de lo Civil y Mercantil, así como por magistrados de las Cámaras Civiles.
“La improponibilidad significa que la pretensión no es justiciable; sin embargo, un juez de menor cuantía ha determinado que sí existe una acción ejecutiva que debe ser conocida por el órgano judicial. Eso es importante”.
Henri Fino, abogado
Ante ello, señaló que la admisión de la demanda es significativa porque se fundamenta de manera independiente y sigue el mismo sustento legal que las otras 103 demandas presentadas contra la cooperativa y lo unico que varian son los montos solicitados.
El abogado recalcó que tras la resolución, la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), como entidad que tiene intervenida a Cosavi, será notificada sobre la medida de embargo decretada por el juzgado. «Legalmente en su oportunidad le van a notificar a la superintendenta por tener calidad de interventora de Cosavi», aseguró el abogado.
Por su parte, Juan José Ortíz, el representante de los afectados manifestó que la resolución se convierte un precedente para los demás procesos pendientes. “Esta resolución viene a generar un precedente importante para los afectados en el sentido que hay un juez que nos da la razón, que no estamos equivocados en nuestra lucha».
El representante agregó que la decisión también pone en evidencia otras falacias en la cooperativa, como la entrega de dinero por capas. La última capa habilitada por el SSF fue anunciada el 31 de octubre, para la devolución de fondos de hasta $70,000.
