Autor: Yolanda Magaña

  • Desde el martes: así aumentan las multas por algunas infracciones en La Libertad Este

    Desde el martes: así aumentan las multas por algunas infracciones en La Libertad Este

    El próximo martes 11 de marzo inicia la vigencia del aumento o ajuste de multas en el municipio de La Libertad Este, que incluye a los distritos de Antiguo Cuscatlán, Nuevo Cuscatlán, San José Villanueva y Zaragoza.

    Las reformas a la ordenanza fueron aprobadas el 8 de noviembre de 2024, publicadas en la edición del 3 de marzo del Diario Oficial e inician vigencia ocho días después de su publicación, es decir, a partir del 11 de marzo.

    Además de cambiar el nombre “Antiguo Cuscatlán” por “La Libertad Este”, la reforma aumentó algunos de los montos establecidos para las multas.

    Las modificaciones son las siguientes:

    1. Venta de bebidas alcohólicas sin permisos: de $342.86 a 8 salarios mínimos del sector comercio. Esto aplica para la comercialización de bebidas alcohólicas en mercados o bienes municipales en festivales.

    2. Manchar, rayar o ensuciar la infraestructura pública o privada, cambiar afiches o publicidad sin autorización, será castigado con multa de $60 a 1 salario mínimo del sector comercio ($365). Anterior: $17.14 a $114.29.

    3. Perturbar la circulación de vehículos o peatones con carga y descarga de mercancías, o obstaculizar parqueos o vía pública, estacionamiento y zonas verdes, de $60 a 1 salario mínimo ($365). Anterior: $34 a $114.29.

    4. Realizar espectáculo público sin permisos: de 1 a 8 salarios mínimos (de $365 a $2,920). Anterior: $34.29 a $228.57.

    5. Molestar, hostigar, perturbar a menores de edad o adultos mayores, la multa se mantiene entre $11.42 a $57.14.

    6. Evadir el pago de parqueo, la multa se mantiene entre $11.42 y $57.14.

    7. Abandono de cualquier clase de vehículo automotor en mal estado en vías públicas, retornos, urbanizaciones, aceras, predios, ingreso a viviendas: de $60 a 3 salarios mínimos.

    8. Transportar y comercializar, además de fabricar artefactos pirotécnicos –que ya está regulado– la multa será de 3 a 8 salarios mínimos mensuales para el sector comercio.

    9. Alterar o dañar bienes públicos como zonas verdes y parques. De $60 a $571.43, más la reparación. Anterior: de $34.29 a $571.43.

    10. Obstaculizar retorno de calles no principales, retornos tipo martillos de pasajes en residenciales, urbanizaciones: $50 a $228.57. La mínima era $34.29, la máxima se mantiene.

    11. Actividad comercial sin autorización: cierre temporal o definitivo y multa de $60 a 8 salarios mínimos mensuales.

    12. Incumplimiento de condiciones de licencia o permiso de actividad comercial: $60 a 8 salarios mínimos.

    13. Lanzar basura en lugares no autorizados: 3 a 8 salarios mínimos y notificación a juzgado y Fiscalía. Anterior: $20.14 a $28.57.

    14. Arrojar residuos en lugares no autorizados alternando el funcionamiento de acueductos y alcantarillados: de $20.14 a $128.57. Anterior: $20.14 a 8 salarios mínimos por tirar ripio.

    15. Realizar ruidos mayores a los 50 decibeles que perturben la tranquilidad de las personas: $60 a 1 salario mínimo ($365). Anterior: $57.14 a $328.57.

    16. Contaminación con vehículo automotor: $60 a 1 salario mínimo. Anterior: $20.14 a $128.57.

    17. Fumar en espacios públicos o lugares cerrados de acceso al público: de $20.57 a $50. Anterior: $20.14 a $128.57.

    18. Quemar materiales que produzcan gases contaminantes: de $57.14 a 8 salarios mínimos. Anterior: $57.14 a $128.57.

    19. Instalación de infraestructura sin autorización (vallas, mupis, antenas): de $1,000 a 8 salarios mínimos. Anterior multa: $571.14 a 8 salarios mínimos.

    20. Omitir reglas sanitarias del Ministerio de Salud sobre cuido de animales: de 1 a 8 salarios. Anterior: $27.14 a $117.57.

    21. Permitir circulación de animales de granja en calles o carreteras: de $50.14 a 3 salarios mínimos. Anterior: $17.14 a $128.57.

    22. Exigencia de retribución económica por servicios no solicitados: de $50.42 a 1 salario mínimo. Anterior: $11.42 a $50.14.

    23. Construcción de obstáculos en la vía pública: de $60.28 a 1 salario mínimo. Anterior: $34.28 a $342.86.

    24. Afectación de servicios municipales (alumbrado, acueductos, alcantarillados): de $60 a 2 salarios mínimos. Anterior: de $34.28 a $342.86.

    25. Falta de limpieza de inmuebles (proliferación de basura, aguas estancadas, plagas): de $60 a 8 salarios mínimos. Anterior: de $27.14 a $128.57

    26. Arrojar sustancias que perjudican la salud: de $100 a $1,000. Anterior: $57.14 a 528.57.

    27. Prohibición de animales salvajes: de 1 a 2 salarios mínimos. Anterior: de $27.14 a $128.57.

  • ASA delimita área restringida en el Lago de Coatepeque y emite prohibiciones

    ASA delimita área restringida en el Lago de Coatepeque y emite prohibiciones

    La junta directiva de la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA) aprobó el 21 de febrero, en una sesión extraordinaria, el “Lineamiento especial para la protección del sistema de boyas ultrasónicas para el control de algas y monitoreo de calidad de agua del Lago de Coatetepeque”.

    Las disposiciones, que restringen la navegación en el Lago de Coatepeque, están vigentes desde el 28 de febrero, día en que fue publicado el Linamiento, firmado por la presidenta de la ASA, Ethel Elizabeth Cabrera de Valdez.

    El Lineamiento delimita zonas de navegación de embarcaciones, motos acuáticas y cualquier tipo de medio de transporte acuático en el Lago de Coatepeque y sus disposiciones son de “obligatorio” cumplimiento “para todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que naveguen por cualquier medio o desarrollen alguna actividad en el Lago de Coatepeque.”

    Así, habrá tres zonas en el Lago de Coatepeque:

    1. Zona de navegación libre en donde no habrá ninguna restricción.
    2. Zona de navegación limitada, para embarcaciones turísticas y locales que habitan en las riberas del lago o desarrollan recreación y pesca.
    3. Zona de navegación restringida, donde “no estará permitida la navegación” sino solo por actividades técnicas como el monitoreo de la calidad de agua del Lago.

    Los alrededores de la isla Teopán o isla del Cerro serán zonas limitadas y restringidas.

    Así, en la zona restringida será prohibido navegar para cualquier embarcación como motos acuáticas, en esta zona también será prohibido realizar pesca, anclar embarcaciones contiguo al sistema perimetral del sistema de boyas y transitar en la zona de navegación limitada a una velocidad superior de cinco nudos (9.26 kilómetros por hora).

    Según el artículo 4, literal “e”, estará prohibido realizar actividades deportivas o recreativas tanto en la zona restringida o en el límite externo del “sistema perimetral de seguridad del sistema de boyas ultrasónicas”, como “en la zona de navegación limitada”, excepto buceo para investigación o control de algas coordinado y autorizada por la ASA.

    El Lineamiento autoriza a la ASA a solicitar apoyo de la Marina Nacional y sanciona su incumplimiento con una multa de 101 a 1,000 salarios mínimos mensuales, es decir, de $36,865 hasta los $365,000.

    En abril de 2024, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) declaró emergencia ambiental en el Lago de Coatepeque. En diciembre pasado, el gobierno anunció una inversión de $1 millón en la limpieza del lago y la instalación de 60 boyas ultrasónicas. El Lago de Coatepeque posee un área de 24.8 kilómetros cuadrados y un perímetro de 21.03 kilómetros según el lineamiento.

  • SSF sugiere transparencia con usuarios si agencias usan nube para guardar historiales crediticios

    La superintendente adjunta de bancos, aseguradoras y otras entidades financieras de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), Daysi Mineros, aseguró que «debería ser transparente al usuario», al referirse a los cambios que implicarán la contratación del uso de la nube para almacenar la información crediticia de usuarios del sistema financiero en El Salvador.

    “Debería ser transparente al usuario porque los cambios son a nivel de infraestructura, que está detrás de la operación de los reportes de historial crediticio, debería ser transparente al usuario. Más allá de eso, podrían crear otros productos o mecanismos para ofrecer estos servicios, más ágilmente”, fue la respuesta de la funcionaria a una pregunta del diputado Edgardo Mulato, de Nuevas Ideas, quien consultó si cambiará la forma en el que los usuarios requieran este servicio.

    Los diputados estudian, en la Comisión de Tecnología, una reforma a la Ley del historial crediticio para permitir que las agencias de información o burós de crédito –Equifax, TransUnion e Infored– puedan contratar centros de datos para almacenar historiales crediticios en la nube. La nube un conjunto de servidores remotos para almacenar bases de datos para acceder a información de manera remota, lo que puede ahorrar costos al no depender de un equipo físico o hardware.

    Según el proyecto de reforma, las agencias de información o burós de crédito harían la contratación de la nube sin necesidad de pedir el consentimiento a los usuarios, gracias a la excepción que sería aprobada en la reforma.

    El Banco Central de Reserva (BCR) explicó que la excepción a esta prohibición únicamente aplica para el uso de la nube y no para compartir información confidencial de los usuarios ya que la agencia deberá verificar la garantía de la confidencialidad de los datos y de la gestión de ciberseguridad.

    La diputada Dania González (Nuevas Ideas) preguntó si se hará una modificación en el formulario en donde las personas autorizan el uso de información.

    Daniel Deras, gerente de Regulación Financiera del BCR, le respondió que se mantiene la obligación de las agencias de no poder compartir la información sin previa autorización del usuario y no se cambia el formulario. “Por lo general estos datos viajan encriptados”, explicó.

    Ana Guadalupe Escobar, gerente de estabilidad financiera y políticas públicas del BCR, señaló como beneficios del uso de la nube: la modernización de los servicios del Estado, el resguardo de información en plataformas más robustas y seguras, y el uso de los datos incluso en situaciones de desastres.

    “Ante una catástrofe climática, la operatividad continúa, ese es uno de los beneficios que tiene esta tecnología de información en la nube”, destacó.

    Escobar enumeró como beneficios las medidas de ciberseguridad para salvaguardar la integridad y la confidencialidad de los datos, el ahorro de costos, y el control del acceso de los datos, autenticación multifactor para acceder a los datos, el cifrado y la protección de datos, también detalló dentro de los beneficios.

  • Agencias deberán garantizar confidencialidad de datos al contratar uso de nube para historial crediticio según BCR y SSF

    Agencias deberán garantizar confidencialidad de datos al contratar uso de nube para historial crediticio según BCR y SSF

    Representantes del Banco Central de Reserva (BCR) y de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF) advirtieron este viernes a los diputados que la contratación de la nube para el resguardo de información crediticia de los clientes del sistema financiero en El Salvador deberá garantizar mecanismos de ciberseguridad y confidencialidad de los datos.

    “Previo a la contratación de una nube, las agencias de información deben verificar que se debe cumplir la confidencialidad de la información y cómo debe ser administrada”, expresó Daniel Deras, gerente de Regulación Financiera del BCR, en la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión de la Asamblea Legislativa.

    Detalló que las directrices y una adecuada gestión de ciberseguridad son requisitos para los servicios de almacenamiento de datos en la nube que deben observar.

    “La tercerización no limita a que este servicio no tenga que cumplir con todo lo que tiene que ver con ciberseguridad, respaldo y sobre todo, lo más importante, que es la protección de los datos de los usuarios”, aclaró, al referirse a la contratación de un tercero para almacenar los datos que podrá hacer una agencia de información de datos en El Salvador.

    En El Salvador operan tres agencias de información de datos o «burós de crédito»: Equifax, TransUnion e Infored, desde el año 2014.

    La Comisión estudia una reforma a la «Ley de regulación de servicios de información sobre el historial crediticio» para permitir que estas agencias de información puedan contratar servicios de nube para guardar la información crediticia de los clientes y, en segundo lugar, aprobar este uso de la nube como una excepción en la prohibición regulada en el artículo 19 a que las agencias usen, transfieran, compartan y comercialicen la información de personas sin el consentimiento expreso de los titulares.

    La superintendente adjunta de bancos, aseguradoras y otras entidades financieras de la SSF, Daysi Mineros, quien también asistió a la Comisión, reiteró que «va a ser importante» que se fortalezcan las capacidad de ciberseguridad» y que las plataformas cuenten con doble autenticación, así como mecanismos para que la información no sea «alterada ni conocida en ningún momento por alguna persona no autorizada».

    Detalló que los contratos de servicios de la nube deben detallar «todas las responsabilidades de las partes» y asegurar la confidencialidad de los datos a guardarse en la nube.

    Es parte de la supervisión (de la SSF) verificar que, ante esa tercerización de servicios, se preserve la confidencialidad, la integridad y la seguridad de la información de los datos que las agencias de información recopilan de los agentes económicos».
    Daysi Mineros, superintendente adjunta de bancos.

    Según la SSF, los contratos que realizarían las agencias de información para usar la nube con el fin de guardar la información financiera de salvadoreños deben tener «establecer la obligación de dar acceso al regulador y al supervisor –BCR y SSF– para poder verificar» el cumplimiento del marco legal. Para Mineros, estos cambios en la infraestructura de datos deberían transparentarse al usuario.

    “Debería ser transparente al usuario porque los cambios son a nivel de infraestructura, que está detrás de la operación de los reportes de historial crediticio, debería ser transparente al usuario. Más allá de eso, podrían crear otros productos o mecanismos para ofrecer estos servicios, más ágilmente”, sugirió.

    Luego de escuchar a los representantes de la SSF y BCR, la Comisión, presidida por la diputada Dania González, de Nuevas Ideas, cerró la comisión sin aprobar el dictamen de la reforma.

  • Comisiones de Asamblea reportan 175 expedientes bajo estudio y 47 dictámenes emitidos

    Comisiones de Asamblea reportan 175 expedientes bajo estudio y 47 dictámenes emitidos

    Los informes trimestrales más recientes de la Asamblea Legislativa, entregados entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, reportan 47 dictámenes emitidos y 175 expedientes pendientes de estudio por los grupos de trabajo de los diputados.

    La comisión con mayor carga pendiente es la de Salvadoreños en el Exterior, Gobierno y Legislación, que reporta un total de 49 expedientes, seguida de la Comisión de Hacienda y General de Presupuesto, que posee 40 expedientes pendientes de estudio, y la Comisión de la Niñez e Integración Social, con 36 expedientes.

    Los datos están actualizados según los informes más recientes entregados por los diputados representantes de las comisiones al pleno legislativo con fechas que oscilan entre el 2 de diciembre de 2024 al 11 de febrero de 2025.

    En su más reciente informe trimestral, la Comisión de Hacienda dijo el pasado 10 de febrero que en el trimestre más reciente –de noviembre de 2024 a enero de 2025– emitió 14 dictámenes favorables y sostuvo 13 reuniones con invitados. “En el periodo que se informa obran en poder de la Comisión 40 expedientes pendientes de estudio”, cita.

    Los 14 dictámenes emitidos por la Comisión de Hacienda fueron: un decreto de condonación de intereses de deudas con la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (Anda), una exención de impuestos a viajeros del exterior, un préstamo de $50 millones con la Corporación Andina de Fomento (CAF), la reforma a la Ley de incentivos para la repatriación de salvadoreños, una exoneración para la reunión del directorio del CAF en El Salvador.

    Así también, la Comisión de Hacienda aprobó dictámenes sobre un préstamo por $235 millones del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el régimen aplicable al Fideicomiso del Río Lempa, el presupuesto 2025 y su ley de salarios, el presupuesto de la Asamblea Legislativa 2025 y su ley de salarios, la prórroga para la ejecución del presupuesto de los XXIV Juegos Deportivos Centroamericanos y cuatro reformas al presupuesto 2024.

    La Comisión de Niñez e Integración Social informó, el 11 de febrero, que “obran en poder de la Comisión 36 expedientes pendientes de estudio”.

    Esta comisión presentó en un informe el trabajo de dos trimestres, de agosto a octubre de 2024 y de noviembre de 2024 a enero de 2025. Durante estos seis meses, esta Comisión reportó cinco sesiones de trabajo y siete dictámenes favorables: la Ley de Registro del Estado Familiar, sus observaciones, dos informes de labores, un pronunciamiento por el día contra el cáncer, el día del investigador científico y la declaración de Ahuachapán Centro como capital por un día.

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    En su informe trimestral de noviembre de 2024 a enero de 2025, presentado el 4 de febrero de 2025, la Comisión de Salvadoreños en el Exterior, Legislación y Gobierno informó que tiene 49 expedientes pendientes de estudio y que emitió nueve dictámenes favorables, entre los que resalta la ratificación del tratado entre El Salvador y Cuba para el cumplimiento de condenas penales, de un acuerdo de transporte aéreo con Costa Rica y de otro acuerdo con India para la subvención de proyectos de impacto rápido.

    Esta comisión también aprobó un convenio sobre cobro de alimentos para niños y su protocolo, una condecoración, un acuerdo sobre asistencia de administraciones aduaneras, la reforma a la Ley del Notariado sobre el protocolo digital, enmiendas del convenio sobre la Organización Marítima Internacional y el Acuerdo Internacional del Café (OIC).

    La Comisión de Seguridad Nacional y Justicia presentó su más reciente informe el 11 de febrero de 2025, en el cual aseguró que tiene nueve expedientes en estudio, ha tenido tres reuniones de trabajo y emitió seis dictámenes: Ley de ciberseguridad, Ley de protección de datos personales, reforma de conducción peligrosa, reforma para continuar la acción penal pese a conciliación con conductores peligrosos, Ley transitoria de la misión de apoyo en Haití y la reforma a la Ley de la carrera militar para incorporar nuevos grados a jerarquías militares.

    Entre los nueve expedientes se encuentran reformas que, a marzo, ya fueron aprobadas como las reformas a la Ley Penitenciaria, Ley Penal Juvenil, Ley contra el crimen organizado y la Ley del sistema nacional de la cultura de la integración.

    Así mismo, la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión informó que en el trimestre entre noviembre de 2024 y enero de 2025, tenía 23 expedientes pendientes de estudio, aprobó 1 dictamen favorable sobre la Ley general de minería metálica y tuvo una reunión sobre la misma materia y otra reunión sobre reformas al Código Municipal.

    Por su parte, la Comisión de Infraestructura presentó el 2 de diciembre el informe trimestral de agosto-octubre, con 18 expedientes pendientes de estudio.

    La Comisión de Salud, Agricultura y Medio Ambiente no ha actualizado su informe. La versión más reciente data del 26 de agosto de 2024, cuando reportaba 11 expedientes pendientes de estudio, al informar de mayo-julio de 2024. Recientemente, el 17 de febrero, este grupo de trabajo aprobó el dictamen favorable de la Ley de ensayos clínicos con productos regulados por la Superintendencia de Regulación Sanitaria y, una semana antes, la Comisión aprobó la Ley de Investigaciones para la Salud. Sin embargo, estos dos dictámenes no han sido aprobados por el pleno legislativo.

  • Sala evalúa si es inconstitucional responsabilizar al notificador de salarios caídos de despedidos en alcaldías

    Sala evalúa si es inconstitucional responsabilizar al notificador de salarios caídos de despedidos en alcaldías

    La

    Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia evalúa si dos disposiciones de la Ley de la Carrera Administrativa Municipal, que permiten que el funcionario que notifica un despido ilegal se haga cargo de los salarios caídos del trabajador, violan su derecho constitucional a la propiedad.

    El caso se originó de una demanda contra el jefe de la Unidad de Servicios Municipales del distrito de Chalchuapa –Santa Ana Oeste–, quien notificó el despido del trabajador demandante.

    La Ley de la Carrera Administrativa Municipal dice en su artículo 75, inciso quinto, que si el juez declara la nulidad del despido, ordenará que el empleado sea restituido y se le cancelen los salarios no pagados «por cuenta» de miembros del concejo, alcalde o «del funcionario de nivel de dirección que notificó el despido de forma ilegal».

    El inciso séptimo establece que, si hay incumplimiento, el empleado municipal despedido también puede tomar acción ejecutiva contra el funcionario que le notificó el despido de forma ilegal, además del alcalde o concejales.

    Al estudiar la demanda, la Cámara Primera de lo Laboral decidió «inaplicar» las dos disposiciones de la Ley por la posible violación a los artículos 2 y 22 de la Constitución, el primero que protege el derecho a la propiedad y, el segundo, a la libre disposición de los bienes. Luego, certificó la sentencia a la Sala de lo Constitucional el 14 de diciembre de 2024.

    La Sala resolvió, el 26 de febrero de 2025, iniciar el proceso de inconstitucionalidad 79-2024 por la sentencia únicamente por la supuesta violación al artículo 2 de la Constitución, que protege el derecho a la propiedad, entre otros.

    El argumento de la Cámara fue que las disposiciones restringen el derecho de propiedad porque considera a quien notificó el despido de forma ilegal como un «sujeto procesal pasivo» aunque «no haya incurrido con su voluntad» porque «se limitó a notificar la decisión tomada por un tercero». También, cita que el funcionario que notifica el despido no tiene la potestad de contratar ni despedir.

    Con ello, señaló que se afectaría «a todos los bienes, materiales e inmateriales que integran el patrimonio» de la persona demandada y declaró inaplicable las disposiciones sobre la posibilidad de una sentencia condenatoria y acción ejecutiva contra el funcionario que notificó el despido.

    Sobre el proceso de inconstitucionalidad, la Sala también solicitó las opiniones de la Asamblea Legislativa y del fiscal general de la república. La Asamblea Legislativa recibió la notificación el pasado 27 de febrero.

  • Las marcas deberán publicarse en boletín del CNR

    Las marcas deberán publicarse en boletín del CNR

    El director del Centro Nacional de Registros (CNR), Camilo Trigueros, explicó este miércoles que, con la nueva Ley de propiedad intelectual en El Salvador, ya no será necesario publicar las marcas en dos periódicos de circulación nacional, ya que publicarán un boletín electrónico en el cual se darán a conocer dichas marcas cuya propiedad intelectual se pretende proteger.

    “Después de que tú solicitas una marca, se emiten carteles, antes tenías que irlos a publicar a diario de circulación nacional y uno miraba los clasificados, para ver si había un reclamo, tenías que dejar pasar dos meses y hacer tres publicaciones, eso se acabó”, explicó hoy en el programa Diálogo 21 de Canal 21 de El Salvador.

    El funcionario detalló que esta publicación se realizará a través de un boletín electrónico y que por ahora tienen ya 60 publicaciones.

    El trámite en el CNR es totalmente digital. La mayoría de usuarios son despachos privados que representan a marcas internacionales pero también hay micro y pequeños empresarios, para quienes hay un 50 % de exención.

    El presidente del CNR anunció que ya recibieron la primera solicitud de un salvadoreño en el extranjero, en Estados Unidos, que solicitó su marca vinculada a café. “Hemos democratizado las solicitudes, no limitado a que tenga que estar en El Salvador”, afirmó.

    El CNR registra más de 2,240 sociedades simplificadas creadas el año pasado y 1,150 sociedades en enero y febrero de 2025. Además, han recibido más de 200 solicitudes de obras y nueve solicitudes de patentes nacionales.

    Camilo Trigueros, director del CNR. / Diálogo 21.

  • Patricio Pineda: «La debacle del sistema de pensiones viene desde el año 1969»

    Patricio Pineda: «La debacle del sistema de pensiones viene desde el año 1969»

    Patricio Pineda, miembro de la Mesa por una Pensión Digna y estudioso del sistema previsional salvadoreño, opinó este miércoles que la «debacle» del sistema de pensiones de El Salvador se originó desde 1969.

    “Las bases actuariales del sistema no se tocan» desde ese año, advirtió Pineda en el programa Diálogo con Ernesto López de Canal 21. Pineda aseguró a El Mundo que se refiere al año 1969, el año en que nació un sistema de pensiones en El Salvador bajo un «régimen contributivo» en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).

    Según Pineda, no es el Fondo Monetario Internacional (FMI) quien solucionará las fallas del sistema previsional salvadoreño, al referirse al acuerdo del gobierno de El Salvador con el FMI que compromete a El Salvador a realizar otra reforma de pensiones en 2026 basándose en estudios actuariales.

    Los estudios actuariales proyectan obligaciones futuras en pensiones, bonos o títulos según muchas variables económicas y demográficas, entre estas la cantidad y las edades de la población trabajadora cotizante del sistema.

    “Estamos hablando desde el comportamiento demográfico para sostener pago de pensiones en el tiempo, pero también otras bases actuariales como la sustentabilidad de los salarios, siguen siendo bajos; el nivel de rentabilidad que le garantizas al trabajador a la hora de emitir los títulos de inversión en cualquier mercado, siguen siendo bajos; no tocás ampliación de cobertura, no metés al sistema a sectores importantes, el bono demográfico”, enumeró.

    El crítico del sistema previsional salvadoreño cree que hay que tomar en cuenta el problema del envejecimiento acelerado en El Salvador –el VII Censo de Población de 2024 confirmó que la población mayor a 50 años aumentó en 941,000 personas– y el aumento de los salvadoreños jóvenes. «El bono demográfico se está desperdiciando”, sentenció Pineda.

    «Más de la mitad de la población es joven o está en los grupos de edad productiva, pero se enfrentan a un alto nivel de desempleo o desocupación», explicó.

    No se acreditan certificados de traspaso «por escasez», dice Pineda

    Otro problema es, según el analista, que la emisión de Certificados de Obligación Previsionales (COP) –mecanismo con que el Estado sigue tomando fondos prestados para sufragar las obligaciones previsionales– “ha comprometido las finanzas del Estado”, deuda que según el representante de la MPD debe «devolver». Son más de $10,000 millones.

    Según el analista, ya hay síntomas de la escasez de recursos ante el agotamiento de la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) hacia donde se dirigen parte de la cotización de cada trabajador o empleado salvadoreño. La CGS es una cuenta colectiva, distinta al ahorro individual de cada trabajador, que sirve para pagar pensiones mínimas del sistema privado y otros beneficios previsionales.

    Pineda aseveró que la CGS se hizo cargo de los certificados de traspaso. “Y los síntomas están visibles: el certificado de traspaso no se le está acreditando a la gente que está yendo a tramitar su pensión, a su cuenta individual, sino que se está pasando a la Cuenta de Garantía Solidaria por la escasez de recursos”, afirmó.

    El certificado de traspaso es un valor redimible en la fecha de jubilación para los trabajadores que cotizaron en el sistema público y que se trasladaron al sistema privado.

    El año crucial, 2027

    El analista cree que la reforma paramétrica es inevitable pero cree necesario cambiar la fórmula de cálculo de la pensión y que el gobierno debe pagar el total de la deuda de pensiones, así como tener políticas en donde los salarios mejoren, haya más empleo, los ahorros de los cotizantes tengan rentabilidades de hasta el 9 % anual y que la comisión de las Administradoras de Fondos para Pensiones (AFP) realmente disminuya.

    El miembro de la Mesa por una Pensión Digna aseguró que están diseñando una nueva propuesta y convocó a trabajadores y banca privada a unirse para estudiar el tema.

    El FMI realiza un resumen de la situación previsional en El Salvador:

    1. El sistema público de pensiones salvadoreño tiene 88,000 beneficiarios y solo 2,300 contribuyentes (cotizantes de las AFP), por lo que enfrenta un déficit del 2 % en 2025 al 2.9 % en 2027. La deuda del Estado (ISP) alcanzará el 28.3 % del Producto Interno Bruto (PIB) en 2027 aunque en 2030 se estabilizaría cuando el grupo de jubilados se reduzca.

    Los cotizantes de las AFP son actualmente 950,000 trabajadores pero el sistema paga pensiones a 128,000 jubilados; en 2024, se pagaron beneficios por $1,200 millones y las contribuciones fueron $1,500 millones.

    2. En el sistema privado de pensiones (AFP), «alrededor del 89 % de los activos bajo administración de las AFP se mantienen en títulos de deuda pública» directa o indirectamente. En la práctica, dice el FMI, «los ahorros del sistema privado de pensiones son la principal fuente de financiamiento del ISP».

    Para el sistema de pensiones salvadoreño, el año 2027 es crucial: el Fondo confirmó que el dinero de la Cuenta de Garantía Solidaria (CGS) se agotará en 2027, debido a que la reforma de 2022 colocó los beneficios de pensiones «por encima de los ahorros» de las cuentas individuales y las AFP ya comenzaron a «recurrir» a la CGS, creada para pagar pensiones mínimas cuando se le acaban los ahorros a los jubilados del sistema privado. Además, es en 2027 cuando se vence el periodo de gracia para que el ISP comience a amortizar capital e intereses a la deuda de pensiones, luego de un periodo de gracia de 4 años negociado con las AFP.

  • EE.UU. reduce plazo de 48 a 12 meses para renovación de visa sin entrevista

    EE.UU. reduce plazo de 48 a 12 meses para renovación de visa sin entrevista

    La exención de visa estadounidense puede ser aplicada por solicitantes que anteriormente tenían una visa en la misma categoría que venció menos de 12 meses antes de la nueva solicitud –ya no 48 meses– informó la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de Estados Unidos.

    Según la actualización publicada por la Oficina de Asuntos Consulares el 18 de febrero de 2025, las personas que tengan una visa con menos de 12 meses de haberse vencido pueden ser elegibles para una exención de la entrevista para la visa de no inmigrante.

    Además, deben cumplir con los siguientes criterios:

    1. Presentar la solicitud en su país de nacionalidad o residencia, es decir, en El Salvador.
    2. Nunca haber recibido una denegación de visa, a menos que dicha denegación haya sido superada o condenada.
    3. No tener ninguna aparente o potencial inelegibilidad.

    Sin embargo, la Oficina de EE.UU. aclaró que los funcionarios consulares pueden requerir entrevistas en persona “según el caso o condiciones locales”.

    La actualización reemplazó las condiciones de la exención de entrevista publicadas el 21 de diciembre de 2023, es decir, que ya no está vigente el plazo de 48 meses que como mínimo debían tener las visas de no inmigrante para ser renovadas sin entrevista. El plazo de 48 meses fue sustituido por el de 12 meses.

    Además, la nueva actualización publicada el 18 de febrero de 2025 detalla que los funcionarios consulares tienen la autoridad y la discreción de eximir la entrevista en persona para las siguientes categorías, según la Ley de Inmigración y Nacionalidad: visa A-1, A-2, C-3 excepto asistentes o empleados de los funcionarios acreditados, G-1, G-2, G-3, G-4, NATO-1 a NATO-6, o TECRO E-1, solicitantes de visas de tipo diplomático u oficial; y solicitantes que anteriormente tenían una visa en la misma categoría que venció menos de 12 meses antes de la nueva solicitud.

  • Jueves inicia vigencia de eliminación de deuda política en El Salvador

    Jueves inicia vigencia de eliminación de deuda política en El Salvador

    El jueves 6 de marzo inicia oficialmente la vigencia de la eliminación del artículo 210 de la Constitución de la República, que daba derecho a los partidos políticos a un financiamiento público conocido como deuda política.

    La Asamblea Legislativa aprobó el acuerdo de reforma constitucional el 12 de febrero, aprobó la ratificación del acuerdo el 26 de febrero, mismo día que fue publicada en el Diario Oficial e inicia su vigencia ocho días de su publicación, es decir, el 6 de marzo.

    La reforma fue aprobada mediante el mecanismo ru00e1pido de reforma constitucional que permite cambiar la Constitución en una sola legislatura.

    Este mecanismo ru00e1pido de reforma a la Constitución fue estrenado con la eliminación de la deuda política, que ha dejado a los partidos políticos un total de $75.6 millones en 10 años, ademu00e1s de los $84.7 millones que provinieron de donaciones de personales naturales o jurídicas.

    El mecanismo ru00e1pido de reforma se terminó de aprobar el 29 de enero de 2025, lo que permitió que una sola legislatura pueda cambiar la Constitución sin que intermedien elecciones legislativas que puedan impedirlas. Este nuevo mecanismo implicó la reforma al artículo 248 de la Constitución, considerado pétreo por organizaciones y abogados.

    Reforma a la Constitución y la deuda política: cronología

    29 de abril de 2024: Asamblea 2021-2024 acuerda reformar el artículo 248 de la Constitución para permitir que la misma Asamblea pueda con ¾ de los votos aprobar o ratificar una reforma constitucional acordada previamente por ella misma.

    29 de enero de 2025: Asamblea 2024-2029 ratifica la reforma del artículo 248 de la Constitución con dispensa de tru00e1mites y 57 votos a favor.

    12 de febrero de 2025: Asamblea 2024-2029 aprueba acuerdo para eliminar el artículo 210 de la Constitución sobre la deuda política.

    26 de febrero de 2025: Asamblea 2024-2029 ratifica el acuerdo para eliminar el artículo 210 de la Constitución sobre la deuda política.

    26 de febrero de 2025: El decreto de ratificación de la eliminación del artículo 210 de la Constitución es publicado en el Diario Oficial.

    6 de marzo de 2024: Inicia vigencia de eliminación de la deuda política, dado que el decreto establece que entraría en vigor ocho días después de su publicación.

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