Olimpismo, género y exclusión: el nuevo rumbo del COI bajo la presidencia de Kirsty Coventry

El Comité Olímpico Internacional, presidido desde hace un año por Kirsty Leigh Coventry, ha prohibido a los atletas transgénero competir en la categoría femenina de los Juegos Olímpicos y ha establecido que todas las participantes en esas pruebas deberán someterse a pruebas genéticas. Kirsty Leigh Coventry nació el 16 de septiembre de 1983 en Harare, Zimbabue, y se convirtió en la deportista más laureada del país: ganó siete medallas olímpicas en Atenas 2004 y Pekín 2008, incluyendo dos oros en 200 m espalda. Es considerada la nadadora africana más exitosa en la historia de los Juegos Olímpicos y posee récords mundiales y récords africanos. En 2025 fue elegida presidenta del Comité Olímpico Internacional, convirtiéndose en la persona más joven y la primera mujer en ocupar ese cargo.

«En los Juegos Olímpicos, incluso las diferencias más mínimas pueden marcar la diferencia entre la victoria y la derrota», afirmó la Sra. Coventry en un comunicado en el que anunciaba la noticia. «Por lo tanto, está absolutamente claro que no sería justo que los hombres biológicos compitieran en la categoría femenina. Además, en algunos deportes, sencillamente no sería seguro».

¿Quiénes son consideradas personas transgénero?

El término “transgénero” se refiere a personas cuya identidad de género no coincide con el sexo asignado al nacer según los criterios médicos y sociales que se usaron en ese momento (por ejemplo “hombre” o “mujer” basados en genitales, cromosomas u otras características biológicas). Ser transgénero implica que, para esa persona, su experiencia interna de sí misma —como mujer, como hombre o de otra forma de género— no encaja con la categoría que le fue asignada al nacer. Ser transgénero es distinto de la orientación sexual: una persona trans puede ser heterosexual, homosexual, bisexual, asexual, etc., al igual que una persona cisgénero, cuya identidad de género sí coincide con el sexo asignado.

Bajo la presidencia de Coventry, el COI ha pasado de un marco más flexible —basado en la “no discriminación injustificada” y en la evaluación científica de posibles ventajas— a uno más restrictivo, en el que se da por sentado que ciertas experiencias de pubertad generan ventajas insalvables y que, por tanto, se excluye a gran parte de las atletas trans de las categorías femeninas. Las nuevas políticas anunciadas por el COI y respaldadas por la presidenta Kirsty Coventry apuntan a vetar a las mujeres transgénero que nacieron personas asignadas al nacer como varones y que completaron la pubertad en ese contexto, argumentando que conservarían ventajas fisiológicas en competiciones femeninas.

¿Cuáles son esas “ventajas” fisiológicas de las mujeres transgénero?

Hoy no hay consenso científico claro sobre si las mujeres transgénero tienen ventajas frente a las mujeres cisgénero (biológicamente del sexo femenino asignado al nacer); los estudios recientes muestran resultados mezclados y, en muchos casos, no confirman ventajas significativas en el rendimiento. Investigaciones recientes señalan que, tras la terapia hormonal, las mujeres trans mantienen algo más de masa muscular que las cisgéneros, pero su fuerza y rendimiento global son similares. Revisiones recientes también muestran niveles comparables de condición cardiovascular y capacidad aeróbica entre mujeres trans y cis, con algunos autores incluso señalando que la caída de testosterona puede reducir la capacidad de resistencia hasta niveles iguales o inferiores a las mujeres cis entrenadas. La testosterona elevada antes de la pubertad y su posterior supresión sí cambia la masa muscular y la composición corporal, pero el impacto en la competición real depende mucho del tipo de deporte, del tiempo en tratamiento hormonal y del nivel de entrenamiento previo.

En resumen, la idea de que las mujeres trans tengan una “ventaja clara y uniforme” sobre las mujeres biológicas en el deporte no está sólidamente respaldada por la evidencia actual; lo que hay es un debate entre ventajas potenciales en ciertas variables biomecánicas y resultados reales muy parecidos en rendimiento y condición física.

Las implicaciones sociales de esta prohibición son profundas y van más allá del deporte: afectan derechos humanos, salud mental, estereotipos de género y la idea que se tiene de la “feminidad” en el ámbito público. Estas medidas recientes del COI refuerzan el estigma y la transfobia que ya existen a nivel global y que, en última instancia, se traducen en más acoso, discriminación escolar, laboral y comunitaria.

Las nuevas reglas del COI, que apuntan a pruebas genéticas o pruebas de “feminidad” para categorías femeninas, reviven prácticas de examen del cuerpo de las mujeres, algo ya criticado en el pasado por su carácter invasivo y estigmatizante. En conjunto, la prohibición no solo cierra puertas deportivas a las atletas trans, sino que también normaliza la sospecha hacia sus cuerpos, reabre prácticas de control sexo‑genérico y puede tener efectos negativos duraderos en la salud, la autoestima y la ciudadanía de las personas trans en el resto de la sociedad.

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