La Asamblea Legislativa recibió del Ejecutivo un proyecto de ley para que una nueva Dirección de Mercados Nacionales nombrada por el Ejecutivo administre mercados con infraestructura remodelada o construida por instituciones del Poder Ejecutivo, así como locales comerciales ubicados en plazas, parques y espacios públicos.
La Dirección de Mercados sería la encargada de dirigir y administrar el funcionamiento de los mercados y locales. Sobre esta ley se han expresado varias voces políticas a favor y en contra.
Aquí 7 puntos que han generado polémica sobre la nueva Ley de mercados municipales:
1. La creación de la Dirección de Mercados Nacionales, que será la encargada de todo respecto al funcionamiento de los mercados y locales contemplados en la ley.
“Con esto se pierde la autonomía municipal”. Manuel «Chino» Flores, secretario general del FMLN.
“Si un favor les están haciendo a las alcaldías, los mercados no son rentables”. Will Salgado, exalcalde de San Miguel.
2. La Dirección de mercados sería la encargada de “adjudicar los puestos de venta o los locales en favor de personas naturales o jurídicas interesadas, o revocar dicha adjudicación.
3. Cumplir puntualmente con el pago del precio del arrendamiento del puesto en el mercado o del local, ya que la mora de dos meses en el pago del puesto será causal de terminación del contrato de arrendamiento y se declarará vacante de hecho el puesto o el local.
4. No se permitirá la venta ambulatoria al interior de los mercados y los vendedores ambulantes deberán mantenerse a una distancia de 100 metros de su perímetro.
5. Sobre el arrendamiento de puestos de venta, en casos especiales, la Dirección de Mercados Nacionales determinará el precio del arrendamiento mediante el desarrollo de una subasta “considerando el puesto de venta o del local comercial disponible o la afluencia de solicitudes». La Dirección aprobará el precio base y seleccionará al mejor postor para adjudicarle el puesto.
6. Las fracciones por las infracciones cometidas, que son leves, graves y muy graves, van desde los $5 a los $25; de $26 a $50; y de la más grave: revocación del contrato.
7. Además, los agromercados y las centrales de abasto que ha instalado el gobierno están excluidos de esta ley.
“Es importante dejar claro que quedan excluidos de esta ley los agromercados y centrales de abasto”. Marta Elizabeth Solis, directora de asuntos jurídicos del Ministerio de Economía, 7 de abril.
Deja una respuesta