El uso de halógenos no será prohibido con la nueva reforma a la Ley de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial aprobada el pasado 20 de diciembre y que será aplicada a partir del año 2025.
Lo que sí será una infracción de tránsito que implicará una multa de $50 será usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo. Portar halógenos en su automóvil será permitido solo si están instalados a una altura igual o menor a los 75 centímetros a partir del suelo.
Antes de la reforma, la ley parecía prohibir los halógenos en toda la ciudad, ya que la infracción de tránsito estaba redactada así: «Usar halógenos en la ciudad o a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo». La reforma suprimió esa equívoca prohibición de los halógenos eliminando la frase «en la ciudad». Tenía una multa de $11.43.
Con la reforma, la infracción de tránsito es la número 25 y quedó así:
«25. Usar halógenos a una altura superior a los 75 centímetros desde el suelo: $50.»
No dar luz baja al encontrar otro vehículo en sentido opuesto también será infracción multada con $100.

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