Estos son los pasos para obtener refugio en El Salvador

La Agencia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para los refugiados (Acnur) brinda asistencia para conocer el procedimiento para presentar la solicitud de estatus de «refugiado» en El Salvador y recuerda que todos los servicios son gratuitos.

En caso de ser un extranjero que ya vive en El Salvador, se debe acercar a las oficinas de la Comisión para la Determinación de la condición de Personas. Refugiadas (CODER), ubicadas en el Ministerio de Relaciones Exteriores, en el bulevar Cancillería, en Ciudad Merliot.

En cambio, si acaba de llegar a El Salvador y se encuentra en el Aeropuerto Internacional, debe dirigirse a un funcionario de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) y explicarle que desea solicitar refugio. O si se encuentra en el Centro de Atención Integral al Migrante para personas extranjeras y migrantes (CAIPEM) debe informar a la Gerencia de Atención al Migrante (GAMI) sobre sus intenciones de pedir refugio.

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En cualquiera de estos tres escenarios, las personas que le atiendan deben entregarle un formulario, el cual, deberá completar de forma oral o escrita. Acnur enfatiza que los extranjeros solo tienen cinco días hábiles desde que ingresaron a El Salvador para presentar la solicitud.

Es derecho de los extranjeros contar con un abogado, por lo que, pueden acudir a la Procuraduría General de la República (PGR) para que les sea asignado un defensor público. Luego de entregar la solicitud, el CODER deberá notificar la fecha en que se le realizará su entrevista.

Acnur aconseja que durante la entrevista se expliquen todos los detalles de las situaciones que no le permiten regresar a su país de origen y por qué ha huido de ahí y recuerdan «siempre decir la verdad» y si se tienen pruebas, entregarlas.

Posteriormente, le harán saber si su solicitud fue aceptada y de lo contrario, tiene tres días hábiles para apelar. Si la solicitud es admitida, debe gestionar en Migración un carnet de permanencia provisional que tiene vigencia de 30 días prorrogables.

Cuando las solicitudes son aprobadas y se le reconoce como refugiado, puede tramitar en la DGME un carné de permanencia temporal especial en calidad de refugiado, que le confiere también un permiso para trabajar.

En caso que la solicitud sea rechazada, puede pedir la revisión de la resolución ante el CODER. La revisión debe solicitarse por escrito y en tres días hábiles debe ser notificado nuevamente de la decisión final.

El último informe de tendencias de Acnur señala que durante 2024 hubo 120 extranjeros que consiguieron refugio en El Salvador. Sin embargo, la cantidad de solicitudes recibidas fueron 272.