MAG presenta nueva Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de alimentos no procesados

El viceministro de u003cstrongu003eAgriculturau003c/strongu003e, u00d3scar Domu00ednguez, pidio a la Asamblea Legislativa la aprobaciu00f3n de una nueva «u003cstrongu003eLey de protecciu00f3n a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animalu003c/strongu003e» que sustituiru00eda la Ley de sanidad vegetal y animal de 1995.nnCon la propuesta, siempre habru00e1 un registro de fiscalizaciu00f3n, como en la ley actual, pero este se amplu00eda, ya que el u003cstrongu003eMinisterio de Agricultura y Ganaderu00eda (MAG)u003c/strongu003e no solo fiscalizaru00e1 los establecimientos que produzcan, distribuyan, expendan, importen o exporten insumos para uso agropecuario, sino tambiu00e9n registraru00e1 y fiscalizaru00e1 los establecimientos que formulen, elaboren, maquilen, almacenen, comercialicen, representen, reenvasen o apliquen insumos de uso agrícola.nnTambien, crearu00e1 el u003cstrongu003eSistema de Vigilancia Epidemiolu00f3gica y un Sistema de Alerta Precozu003c/strongu003e, que u003cstrongu003ese encargaru00eda de informar «de forma temprana», tanto nacional como internacionalmente, de la detecciu00f3n clu00ednica de enfermedades o del estado de salud de poblaciones animales.u003c/strongu003ennEn los puntos de ingreso al pau00eds, se estableceru00e1 un sistema de inspecciones, basadas en riesgo, tomando en cuenta el pau00eds de origen, alertas sanitarias, historial del importador, del producto y del establecimiento exportador.nu003ch2u003eSe amplu00eda el rango de multas mu00ednima y mu00e1ximau003c/h2u003enu003cstrongu003eEl proyecto contempla infracciones leves, graves y muy graves con sus respectivas sanciones, con multas desde los 100 salarios mu00ednimos hasta los 30,000 salarios, es decir, de $36,500 a $7.3 millones. Las sanciones actuales van de $7,300 a $18.25 millones.u003c/strongu003ennCon la nueva normativa, enviada el 13 de marzo a los diputados, se derogaru00eda el decreto legislativo 524, de fecha 30 de noviembre de 1995, publicado en el Diario Oficial el 18 de diciembre de ese mismo au00f1o, que contiene la «Ley de Sanidad Vegetal y Animal», que establece multas desde los 20 salarios mu00ednimos hasta los 50,000, es decir, de u003cstrongu003e$7,300 a $18.25 millones.u003c/strongu003ennEntre las infracciones leves estu00e1n: reenvasar, reempacar o reetiquetar insumos de uso agrícola o alimentos para animales y productos biotecnolu00f3gicos de origen vegetal o animal sin autorizaciu00f3n del MAG, y alterar envases, empaques, etiquetas o panfletos autorizados por el MAG para su comercializaciu00f3n.nnTambien, seru00e1 infracciu00f3n leve que el empleado o funcionario pu00fablico permita o facilite el ingreso al territorio nacional de animales y vegetales, productos y subproductos y alimentos de origen vegetal y animal, asu00ed como insumos de uso agrícola, alimentos para animales y productos biotecnolu00f3gicos, que no cumplan con los requisitos de importaciu00f3n.nnu003cstrongu003eEsta sanciu00f3n seru00e1 una multa comprendida entre 100 y 10,000 salarios mu00ednimos diarios del sector comercio, es decir, de $36,500 hasta $3,650,000.u003c/strongu003ennEntre las u003cstrongu003einfracciones graves u003c/strongu003eestaru00e1 ocultar u omitir informaciu00f3n sobre la sospecha o presencia de plagas cuarentenarias y no cuarentenarias reglamentadas en vegetales, enfermedades exu00f3ticas, endu00e9micas o zoonu00f3ticas en animales, o en establecimientos agropecuarios, adulterar insumos de uso agrícola o alimentos para animales y productos biotecnolu00f3gicos, asu00ed como comercializar, donar o suministrar insumos de uso agrícola o alimentos para animales o productos biotecnolu00f3gicos, vencidos o prohibidos. u003cstrongu003eLas infracciones graves seru00e1n sancionadas con multas entre 10,001 y 20,000 salarios mu00ednimos diarios del sector comercio: $3,650,365 a $7,300,000.u003c/strongu003ennSeru00edan infracciones muy graves impedir las inspecciones al personal del MAG, comercializar vegetales infestados con plagas cuarentenarias o animales infestados con plagas o infectados con alguna enfermedad exu00f3tica. u003cstrongu003eLas infracciones muy graves seru00e1n sancionadas con multas entre 20,001 ($7,300,365) a 30,000 salarios mu00ednimos ($10,950,000).u003c/strongu003e

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