Perdonarán intereses y multas sobre las tasas en Ahuachapán Norte hasta fin de año

La alcaldía de Ahuachapán Norte está exonerando el pago de intereses y multas por tasas, impuestos o contribuciones especiales hasta el 31 de diciembre de 2025. La ordenanza de exoneración fue publicada en el Diario Oficial del 12 de septiembre.

La comuna explicó en el decreto municipal que buscan «reducir el índice de morosidad de las deudas tributarias» de los residentes del municipio integrado por los distritos de Atiquizaya, Turín, San Lorenzo y El Refugio.

La ordenanza de amnistía tributaria indica que el plazo de vigencia de la misma iniciaba el 1 de septiembre y concluía el 31 de diciembre, sin embargo, el decreto dice que entraba en vigencia ocho días después de su publicación. La ordenanza aparece en el Diario Oficial del 12 de septiembre, cuya versión digital apareció publicada este jueves.

La autoridad edilicia dejó por sentado que en el caso de la Administración de Mercados y del comercio en la vía pública, la exoneración solo será aplicada a las personas naturales que posean planes de pago y quienes estén incumpliendo dichos planes.

Aplica la exoneración:

  • A los contribuyentes registrados en el municipio.
  • Quienes posean procesos de cobros administrativos o judiciales.
  • Quienes hayan interpuesto recursos de revisión, apelación o hayan iniciado un juicio contencioso administrativo.
  • Instituciones de gobierno que no hayan cancelado las contribuciones a tiempo.
  • Quienes están al día de sus declaraciones de activos e inventarios.
  • Propietarios de vehículos de tres ruedas.
  • Quienes estén registrados en la administración de cementerios y estén en mora.
  • Vendedores en espacios públicos que tengan mora.
  • Contribuyentes sin capacidad económica para hacer el pago total de lo adeudado.

En este último caso, la municipal contempla que los contribuyentes puedan suscribir planes de pago, los cuales, deben efectuarse en el plazo de vigencia de la ordenanza, además de pagar la primera cuota de inmediato y la cuota correspondiente a ese mes.

Aclara también que los beneficios de la ordenanza no aplicarán para las multas impuestas por el Departamento de Registro Tributario ni por el Cuerpo de Agentes Metropolitanos (CAM) o la Delegación Contravencional.

La exoneración debe ser solicitada en las oficinas municipales y en el Departamento de Cuentas Corrientes y el pago se ejecuta en la colecturía municipal, del distrito o en las instituciones financieras autorizadas.