La alcaldía de Santa Ana Oeste está exonerando intereses y multas sobre deudas de impuestos y tasas municipales desde el 1 de octubre hasta el miércoles 31 de diciembre de 2025.
Para hacer uso de este beneficio, los contribuyentes deben pagar los tributos en la Unidad de Cuentas Corrientes.
La Administración Tributaria Municipal puede «excepcionalmente» acordar pagos que no excedan los 180 días desde que se acuerde el pago entre ambas partes.
¿Quiénes son los beneficiarios de la exoneración?
- Quienes están inscritos en el registro de contribuyentes y tienen mora en impuestos y tasas.
- Quienes se inscriban al registro durante la vigencia de la ordenanza.
- Quienes tienen planes de pago pueden gozar de la ordenanza en «el saldo pendiente de pago».
- Contribuyentes con tasas e impuestos en proceso de cobro judicial.
- Quienes han suscrito planes de pagos.
- Personas que han incumplido con sus planes de pago y no se les haya dictado sentencia judicial firme.
- Contribuyentes con obligación tributaria que tengan bienes inmuebles y que reciban o no beneficios municipales.
El concejo dejó establecido en la ordenanza que, si los contribuyentes con planes excepcionales no cumplen con las condiciones pactadas, entonces perderán «los beneficios de la ordenanza, debiendo pagar el principal y los accesorios de su deuda».
Además, se aclara que no pueden gozar de los beneficios de esta ordenanza las personas que tengan un proceso administrativo o judicial iniciado. «Solo podrán gozar de los beneficios que establece esta ordenanza los contribuyentes que realicen sus pagos totales o parciales siempre y cuando no excedan de los 180 días de vigencia», afirma la ordenanza.
La ordenanza de dispensa de intereses fue aprobada en la sesión de concejo municipal del 22 de agosto de 2025 y publicada en el Diario Oficial del 22 de septiembre.
