El Tribunal Supremo Electoral (TSE) habilitará el sistema para voto electrónico por internet el 30 de enero de 2027 según el calendario electoral aprobado para el sufragio en el exterior aprobado por los magistrados en sesión del 25 de febrero de 2025 y divulgado esta semana.
Justo a las 00:00 horas del sábado 30 de enero de 2027, la entidad electoral permitirá que los salvadoreños con Documento Único de Identidad (DUI) con dirección de residencia en el exterior puedan emitir el sufragio por internet.
La Ley especial para el ejercicio del sufragio en el extranjero establece que los connacionales con Documento Único de Identidad (DUI) en el exterior podrán emitir sus votos por internet, para lo cual el sistema deberá estar habilitado ininterrumpidamente durante 30 días calendario.
El sistema estará abierto desde el 30 de enero al 28 de febrero de 2027 para las elecciones legislativas y municipales de 2027.
A pesar que el Código Electoral establece que cada seis el TSE debe actualizar el registro, el último dato disponible del registro electoral data del 5 de noviembre de 2023, fecha en que el registro cerró con 741,094 personas inscritas para votar por internet.
La memoria de labores del Tribunal, correspondiente a las elecciones de 2024, indica que solo 242,110 salvadoreños votaron por internet, mediante un sistema de votación diseñado e implementado por la empresa española Indra.
Firma de acuerdos y contratación de empresa
El Tribunal tiene planificado iniciar en junio de 2025 las gestiones para la conformación del registro de salvadoreños en el exterior, que incluye a salvadoreños que poseen DUI con dirección en el extranjero y a connacionales con pasaportes salvadoreños que votan por la modalidad electrónica presencial.
La entidad electoral espera firmar un convenio de cooperación con el Registro Nacional de las Personas Naturales (RNPN), con la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) y con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Asimismo, en junio comenzará el proceso de formulación de los términos de referencia para la contratación de la nueva empresa que diseñará e implementará los sistemas de votos electrónicos y las empresas que auditarán el registro, los sistemas y el escrutinio final.
En los términos de referencia de la contratación del voto electrónico en el exterior, la institución debe plantear los objetivos, especificaciones técnicas, plan de trabajo, plan de logística, descripción del sistema y consulta ciudadana.
Además, debe nombrar un Panel de Evaluación de Ofertas (PEO) conformado por jefes técnicos que deberán calificar a las empresas que presenten ofertas para ofrecer los servicios que requiera el TSE.
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