Los salvadoreños están en cuenta regresiva para el período de vacaciones agostinas, que inicia este sábado 1 de agosto.
San Salvador dará comienzo a las festividades en honor al Divino Salvador del Mundo durante el fin de semana. Los trabajadores del sector público tendrán licencia de descanso desde el viernes 31 de julio, mientras que los empleados del sector privado se regirán por los asuetos establecidos en la ley.
Según el Código de Trabajo, durante este período hay tres días de asueto, aunque solo uno aplica a escala nacional y los otros dos corresponden únicamente a los trabajadores del distrito de San Salvador.
El artículo 190 del Código de Trabajo establece que el 6 de agosto es asueto nacional, fecha que este año cae jueves.
Por su parte, los trabajadores del sector privado del distrito de San Salvador tienen derecho a asueto remunerado los días 3 y 5 de agosto, que este año corresponden a lunes y miércoles, respectivamente.
Asuetos:
-3 y 5 de agosto: asueto para empleados del sector privado en el distrito de San Salvador.
-6 de agosto: asueto nacional.
El Código de Trabajo también establece que el día de asueto debe remunerarse con el salario ordinario. Sin embargo, si por común acuerdo el trabajador presta sus servicios durante esa jornada, tiene derecho a recibir un salario extraordinario, integrado por el sueldo ordinario más un recargo del 100 %.
Después de las vacaciones agostinas, el calendario de 2026 solo contempla tres asuetos más: el 15 de septiembre, 2 de noviembre y 25 de diciembre.

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