Así puede hacer el trámite para poner en marcha un proyecto de energía de autoconsumo

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La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM) habilitó un formulario para que personas naturales o proveedores inicien el trámite de un proyecto de generación fotovoltaica para autoconsumo.

Este proceso contempla una solicitud para instalar sistemas de autoconsumo de energía renovable en viviendas, así como el trámite para la instalación de plantas en oficinas, comercios o espacios industriales.

El formulario para personas naturales requiere completar información como el número de NIT, adjuntar documentos de identidad y proporcionar los datos del documento de cobro más reciente (NC, NIC o NIS).

De igual manera, se requiere el número del medidor, la empresa distribuidora que suministra energía eléctrica al hogar, la dirección y la categoría de tarifa.

En esta primera etapa, según la Dirección de Energía, se comenzará con la generación fotovoltaica. Sin embargo, el formulario indica que también se podrá optar por generación eólica, hidráulica, biomasa, geotérmica y otras fuentes.

Además, se deberá brindar información sobre la potencia nominal, la potencia pico y la fecha estimada de inicio de operaciones de la planta.

Los requisitos también incluyen información sobre el proveedor y documentación técnica.

Estos trámites se realizan al amparo de la Ley de Fomento para el Uso de Energía Renovable, aprobada por la Asamblea Legislativa en octubre de 2025, que exime de todo tipo de impuestos la compra e importación de equipos para este tipo de generación de energía, así como su mantenimiento.

Además, la ley permite que los usuarios reciban una compensación por los excedentes de energía eléctrica inyectados a la red de distribución.

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