La Comisión de Seguridad Nacional de la Asamblea Legislativa aprobó dictámenes favorables para reformar la Ley de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial, el Código Penal y el Código Procesal Penal para aumentar penas de prisión, crear un nuevo delito y prohibir la conciliación de las víctimas o sus familiares con los conductores peligrosos que les han provocado muertes o lesiones.
La reforma al artículo 147-E del Código Penal castiga con prisión de 2 a 5 años, como delito de conducción peligrosa, a los conductores de vehículos de transporte público de pasajeros y transporte de carga sin autorización o licencia.
Si la conducción peligrosa provoca homicidio o lesiones, las penas se incrementan a 10 años de prisión para conducción peligrosa en vehículos automotores y hasta 15 años de prisión en transporte público o de carga.
La reforma prohíbe la conciliación, la mediación o la reparación integral del año como forma para extinguir la acción penal.
Se introduce un nuevo delito con pena de 5 a 10 años de prisión al propietario, poseedor o encargado de un vehículo de transporte colectivo de pasajeros o de carga de ocho toneladas o más que permita a otra persona conducir la unidad sin poseer la licencia correspondiente.
«Solo esa conducta por sí sola constituiría delito, quien le entregó el camión como el segundo deben responder penalmente», dijo el fiscal general, Rodolfo Delgado, a los diputados.
La reforma a la Ley de transporte busca que se decomisen obligatoriamente las unidades de transporte público colectivo o vehículos de carga de 8 toneladas o más con neumáticos desgastados o fallas en el sistema de luces o hayan sido modificados estructuralmente, y que los gestores de tráfico o personal del Viceministerio de Transporte (VMT) pueda hacer estas remisiones de vehículos o decomisos de documentos.
La modificación también permite al VMT habilitar puntos de Revisión Técnica Vehicular propios.
El viceministro de Transporte, Nelson Reyes, explicó que la reforma «no es una medida que busque afectar a un sector en específico».
La reforma se da luego de accidentes de tránsito ocurridos desde finales de septiembre pasado.
En la Comisión, el fiscal general, Rodolfo Delgado, aseguró que en el accidente del 30 de septiembre, cerca del redondel Integración sobre el bulevar Constitución, la volqueta viajaba con un exceso de 8 toneladas, 24 toneladas en total, frenos en mal estado, zapatas mal ajustadas y por encima del límite de velocidad.
Señaló que en el accidente de tránsito, ocurrido el 2 de octubre en el tramo de Los Chorros de la carretera Panamericana, provocó 5 fallecidos y 27 lesionados, de los cuales únicamente 12 decidieron continuar con el proceso.
Un factor común entre ambos vehículos de estos accidentes, advirtió, es que ambas unidades fueron modificadas sin la autorización del Viceministerio de Transporte.
El fiscal relató que en accidente ocurrido en la calle Chiltuipán, en Ciudad Merliot, un automovilista que conducía con 138 grados de alcohol en su organismo contraminó a una mujer que caminaba con su mascota sobre la acera. Señaló que, entre enero al 1 de octubre, han ocurrido 16,809 accidentes y 1,083 fallecidos.
Sin embargo, la mayoría de fallecidos en accidentes de tránsito en El Salvador son motociclistas, cuyos accidentes concentran el 51 % de fallecidos en siniestros viales.

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