El Salvador no podrá recibir $99.5 millones del préstamo por $100 millones que suscribió con el Banco Internacional de Reconstrucción y Desarrollo (BIRF) para emergencias, si no hay evidencia de esta ante un desastre. El resto de los fondos, $500,000, es la comisión inicial que El Salvador debe pagar por el préstamo.
«No se efectuará ningún retiro del tramo único de retiro a menos que el Banco esté satisfecho, con base en evidencia satisfactoria para él, de que se ha emitido una Declaración de Estado de Emergencia para responder a un desastre en todo o parte del territorio del prestatario», indica el contrato de préstamo 9855-SV oficializado mediante publicación del Diario Oficial.
El contrato considera como desastre consecuencias de terremotos, erupciones volcánicas, tsunamis, deslizamientos de tierra, huracanes, tormentas, inundaciones, sequías, incendios forestales, epidemias o pandemias.
«Cualquier desastre de naturaleza predominantemente política, tecnológica, de seguridad, industrial, militar o fiscal queda excluido de esta definición», aclara el apéndice del trato entre El Salvador y el BIRF.
Además, considera que la declaración del Estado de Emergencia debe ser emitida por la Asamblea Legislativa o, si esta no sesiona, por el presidente de El Salvador, que deberá informar posteriormente al Legislativo.
El programa le exige compromisos fiscales al Estado
Incluso, antes de una solicitud de retiro, el banco puede decidir realizar una revisión del progreso de El Salvador en la ejecución del programa.
El gobierno deberá informar de «cualquier situación» que pueda «revertir materialmente los objetivos del programa» o cualquier acción, incluyendo las acciones fiscales a las cuales se ha comprometido.
El programa del préstamo presupone que el Gobierno de El Salvador ha adoptado una serie de medidas para estabilizar su situación macroeconómica, que van en consonancia con los compromisos adoptados por el gobierno salvadoreño ante el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Así, el programa del préstamo presupone que el gobierno de El Salvador aplica un marco de responsabilidad fiscal, que incluye el Marco Fiscal de Mediano Plazo, y que las instituciones del Estado «planifiquen, implementen y monitoreen el presupuesto» destinado a su personal y propongan sus presupuestos anuales «en línea con el Plan Fiscal».
El préstamo para emergencias con el BIRF también presupone que el gobierno haya regulado el funcionamiento de las empresas de economía mixta, compromiso asumido, detalla el contrato, en el acuerdo 346 del Ministerio de Economía del 22 de mayo de 2025.
Así mismo, el gobierno deberá cuantificar los riesgos fiscales asociados al clima y los desastres naturales, un compromiso asumido en el acuerdo del Ministerio de Hacienda número 936 del 2 de mayo de 2025.
La fecha de cierre del contrato de préstamo es el 20 de noviembre de 2028; si la fecha de cierre se extiende, el gobierno debe pagar 0.25 % del monto del préstamo disponible para su retiro.