Gobierno propone ley de incentivos fiscales para la expansión de inversiones de empresas ya existentes

Un nuevo proyecto de “Ley para el fomento de la expansión de las inversiones” entregado por el Ministerio de Economía a la Asamblea Legislativa plantea incentivos fiscales a empresas ya instaladas en El Salvador que amplíen sus inversiones a partir del $1 millón a más de $20 millones.

La expansión de inversiones puede consistir en nuevas líneas de producción, construcción de infraestructura para producción, transformación o nuevas operaciones logísticas, adquisición de maquinaria o equipo industrial, flotas de transporte, centros de investigación de procesos industriales o tecnológicos.

El beneficio será un “crédito tributario acreditable contra el Impuesto sobre la Renta” utilizable por 10 años, dependiendo de la inversión, así:

  • Inversión de $1,000,000 a $10,000,000: un crédito del ISR equivalente al 10 % de la inversión.
  • Inversión de $10,000,000.01 a $20,000,000.00: un crédito del ISR equivalente al 20 % de la inversión.
  • Inversión de $20,000,000.01 en adelante: un crédito del ISR equivalente al 30 % de la inversión.

También, estarían exentos del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces por la adquisición de inmuebles para la expansión a utilizarse al menos durante cinco años.

Las expansiones de inversión deberán realizarse en los siguientes sectores: textil y confección, agroindustria, alimentos y bebidas, autopartes, electrónica, plásticos, calzado, químico farmacéuticos, productos para la construcción, fabricación de papel y productos de papel.

El beneficio no será aplicable a las empresas que ya gocen de incentivos tributarios contemplados en otras leyes o a las que revocó por incumplimiento de requisitos. Las empresas tampoco deberán tener pendientes obligaciones aduaneras y tributarias.

¿Cuál será el proceso?

La empresa beneficiada deberá tener un “Acuerdo de calificación de la inversión de expansión” en el Ministerio de Economía, que tendrá cinco días hábiles para revisar los requisitos y determinar si los admite o pide subsanar en un máximo de 10 días hábiles. Luego de la admisión y de solicitar opinión del Ministerio de Hacienda, deberá resolver en 10 días hábiles.

Deberá presentar una solicitud con nombre de la persona natural o jurídica, calificación de inversionista emitida por Invest o la Secretaría de Comercio e Inversiones de la Presidencia de la República, número de administración tributaria salvadoreña, descripción técnica del proyecto, cronograma de ejecución, monto de la inversión a realizar y porcentaje de ampliación de la operación.

También deberá presentar los estados financieros auditados y depositados en el Centro Nacional de Registros de los últimos 10 años, evidencia de capacidad técnica, operativa y financiera del solicitante, y declaración jurada de veracidad de la información presentada.

La propuesta pasó a estudio de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión, que está convocada para el martes 13 de enero.