La Asamblea Legislativa reformó este jueves la Ley de energía de electricidad para regular la «generación distribuida» de energía, que proviene de generadores conectados directamente a redes de distribución, como la energía solar.
La reforma fue aprobada con 56 votos de Nuevas Ideas y sus aliados. Arena y Vamos no votaron.
Con la reforma, los llamados «generadores distribuidos» interconectado en redes de distribución del mercado minorista «solo podrán vender su energía a las distribuidoras» a través de Contratos de Abastecimiento en Distribución (CAD), que deberán cumplir los lineamientos emitidos por la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DGEHM).
Esta Dirección establecerá los precios para los contratos de abastecimiento en distribución, en función de la promoción de la «competencia y el traslado de los beneficios de los mismos a la tarifa de los usuarios finales».
La DGEHM también emitirá lineamientos para regular los cargos relacionados con la interconexión de proyectos de generación distribuida a las redes de distribución; el decreto le da 12 meses para aprobarlos.
Con el apoyo técnico de la Unidad de Transacciones (UT), la DGEHM también realizará estudios para determinar la capacidad máxima de generación en el sistema y por cada circuito de distribución, evaluar su impacto económico.
En la Comisión de Tecnología de la Asamblea Legislativa, el director general de energía, Daniel Álvarez, aclaró que la modificación no será retroactiva, por lo cual los contratos suscritos hasta antes de la vigencia de la reforma no se modificarán.
Según el funcionario, la reforma busca el abaratamiento del precio de la energía solar que, sin la reforma, no se definen por competencia.
La Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones (Siget) tiene 40 días a partir de la vigencia del decreto para adecuar la Norma Técnica de Interconexión Eléctrica y Acceso de Usuarios Finales a la Red de Transmisión.
La Unidad de Transacciones tiene 18 meses a partir de la vigencia del decreto para adecuar su reglamento y organización para «desarrollar la operación» del mercado minorista.
Así mismo, las distribuidoras tienen 15 días para presentar el detalle de los cargos de interconexión de plantas de generación distribuida para su aprobación; y deberán reportar trimestralmente a la Dirección el avance de procesos relacionados con proyectos.
El decreto permite renovar los contratos de abastecimiento en distribución celebrados antes de la vigencia del decreto 49 del 27 de julio de 2024 pero bajo lineamientos de la Dirección.

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