Durante décadas, el debate sobre el fenómeno de las pandillas criminales en El Salvador se concentró, casi de manera exclusiva, en la figura del pandillero visible: aquel del tatuaje en la piel, el lenguaje corporal desafiante, el que ordenaba y mandaba en muchas zonas del país, y el arma homicida empuñada en las comunidades.
Esta aproximación, comprensible desde la óptica del impacto visual del crimen, dejó en una conveniente penumbra a un engranaje sin el cual el terror territorial jamás habría alcanzado escala sistémica: la amplia red de colaboradores.
En el desmantelamiento penal de la delincuencia organizada en El Salvador, una frontera técnica y moral sigue tensionando la impartición de justicia: la figura del colaborador por coacción o colaborador no habitual.
Durante décadas, mientras el Estado cedió el monopolio de la fuerza y el territorio, las pandillas no solo operaron mediante cuadros leales; también sometieron a comunidades enteras bajo un régimen de extorsión existencial y de absurdos. En ese ecosistema, cooperar no siempre fue una decisión criminal; fue la única alternativa para conservar la vida de su familia y la de él o ella, es una realidad.
Desde la dogmática penal y la criminología de la violencia territorial, este fenómeno se analiza bajo la doctrina de la «no exigibilidad de otra conducta» y el «estado de necesidad disculpante». No puede atribuirse dolo ni pertenencia orgánica a quien actuó bajo amenaza de daño inminente, real e insuperable.
Un transportista, taxista, picachero u otros obligado a movilizar pandilleros bajo amenaza contra sus hijos, la dueña de la tienda de la comunidad forzada a guardar paquetes sin preguntas, o el joven compelido a vigilar una esquina tras recibir una golpiza de advertencia, son instrumentos del terror, no cómplices ideológicos. Reducir estos dramas a una simple complicidad técnica ignora la naturaleza asimétrica del poder criminal frente a ciudadanos desarmados y desamparados.
El desafío de la seguridad pública radica en trazar con precisión la línea que divide al facilitador oportunista del rehén comunal. Mientras el colaborador voluntario negoció márgenes de ganancia, prestigio territorial o impunidad para actividades ilícitas propias, el coaccionado operó bajo un déficit absoluto de libertad. Su conducta estuvo guiada por un cálculo básico de autopreservación. Cuando la alternativa a negarse a un encargo es el cementerio clandestino o el desplazamiento forzado, el derecho penal no puede exigir actos de heroísmo individual que las instituciones del Estado y de los mismos gobiernos fueron incapaces de respaldar en su momento.
Procesar a un colaborador por coacción bajo los mismos estándares, penas y tipificaciones que a un operador criminal convencido introduce una grave distorsión en la legitimidad del sistema de justicia. Confundir el sometimiento con la complicidad diluye la responsabilidad de los verdaderos perpetradores y genera una victimización secundaria a sectores poblacionales cuya única transgresión fue no haber tenido los medios económicos para huir de sus comunidades.
La pacificación duradera exige rigor probatorio individualizado. La investigación técnica y pericial debe ser capaz de reconstruir el contexto ambiental, los historiales de amenazas y la trazabilidad de los beneficios: quien vive en la precariedad y terror permanente difícilmente encaja en el perfil del socio del crimen organizado y las pandillas.
El Salvador necesita castigo implacable contra las redes que diseñaron, lucraron y ejecutaron el luto nacional. Pero ese imperativo de seguridad jamás debe olvidar que, en los años más oscuros del dominio de las comunidades, cantones, caserios, miles de salvadoreños no colaboraron para delinquir; colaboraron simplemente para despertar vivos al día siguiente.
Distinguir la complicidad del instinto de supervivencia es el examen definitivo entre la justicia real y el castigo ciego. La penología que se debe aplicar debe ser proporcional a la gravedad del delito, su participación individual, participación por amenazas o sometimiento, por los hechos acreditados de manera individual. Las víctimas de las pandillas merecen justicia y verdad, y los responsables de los delitos y crímenes deben responder de acuerdo con la ley y su nivel individual de participación.
* Ricardo Sosa / Doctor en Criminología / Experto en seguridad / @jricardososa

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