Autor: Yolanda Magaña

  • Hacienda reporta patrimonio estatal de $10,089 millones en negativo y busca registrar más activos

    Hacienda reporta patrimonio estatal de $10,089 millones en negativo y busca registrar más activos

    El Ministerio de Hacienda reportó un patrimonio estatal, en negativo, de -$10,089.3 millones, de acuerdo con el informe sobre “Liquidación del último presupuesto aprobado y del estado demostrativo de la situación del Tesoro Público y del patrimonio fiscal del ejercicio fiscal 2024” entregado a la Asamblea Legislativa.

    Se trata de los activos (los bienes) y los pasivos (las deudas) que tienen todas las instituciones del Gobierno Central, además de las instituciones descentralizadas no empresariales y las empresas públicas.

    Según el informe, publicado en el Diario Oficial del 4 de abril, los activos del Estado suman 25,056.2 millones y los pasivos suman $35,145.5 millones, por lo que resulta un patrimonio negativo de -$10,089.3 millones.

    “Las administraciones y las entidades no se preocupaban por darle de alta a los activos que se construían de obra gris, entonces, eso falta incorporar”.
    Joaquín Montano, director de Contabilidad Pública.

    El informe incluye 140 entidades del sector público: 32 entidades del Gobierno, 41 instituciones descentralizadas, entre estas 31 hospitales nacionales, 54 instituciones descentralizadas no empresariales, 4 empresas públicas y 9 instituciones descentralizadas con presupuestos aprobados por sus consejos directivos.

    Entre los activos, incluye $9,618.4 millones de deudores, $3,517.9 millones de inversiones financieras y $4,772.5 millones en inversiones de uso. Entre los pasivos, se registra el endeudamiento interno y externo de corto y largo plazo, por $28,649.9 millones, además de financiamiento de terceros por $4,123.1 millones y $2,372.5 millones de deuda corriente.

    Al cierre de 2024, solo las instituciones del Gobierno Central registraron activos por $5,844.6 y pasivos por $22,056.9 millones, por lo que registran un patrimonio oficial, en negativo, de -$16,212.3 millones.

    El Ministerio de Hacienda aún está trabajando por registrar todos los activos del Estado, un trabajo que intentan realizar al menos desde el año 2022, lo que haría aumentar el patrimonio estatal.

    En marzo pasado, el director general de Contabilidad Gubernamental del Ministerio de Hacienda, Joaquín Montano, que dijo a los diputados que el Estado presentaba activos por más de $25,056.2 millones, advirtió que falta que las instituciones del Estado “depuren, analicen y que incorporen todos los bienes de uso público para que este total de activos, el pasivo y los patrimonios del Estado se vean incrementados”.

    Según Montano, es necesario registrar carreteras y otra infraestructura, así como consideró importante reconocer como activos el patrimonio histórico, cultural y ambiental, para incluirlos en los estados financieros del Estado.

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    En abril de 2022, Hacienda manifestó a la Asamblea Legislativa el mismo problema de falta de registro de infraestructura como activos, basándose en los estados financieros del año 2021. “Las entidades del sector público están efectuando los gastos para llevar a cabo las construcciones de bienes de uso público pero no se están incorporando a los estados financieros ya los activos terminados”, dijo en esa ocasión el director de Contabilidad Gubernamental.

    Hacienda anunció en enero de 2022 que adoptaría a partir de ese año normas internacionales para manejar los estados financieros y contabilidad del sector público.

    El Informe de gestión financiera del Estado se entrega a la Asamblea Legislativa por orden del artículo 168 de la Constitución de la República. Hacienda entregó el informe el 25 de marzo de 2025.

  • Sala aclara sentencia sobre posibilidad de libertad condicional a condenados por secuestro

    Sala aclara sentencia sobre posibilidad de libertad condicional a condenados por secuestro

    La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) aclaró, en una resolución del 11 de abril de 2025,

    notificada a la Asamblea Legislativa, una sentencia sobre la prohibición que hace el artículo 149 del Código Penal de otorgar libertad condicional o libertad condicional anticipada a los condenados por el delito de secuestro.

    En su resolución de abril de 2025, la Sala se refiere a una resolución del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena de Usulután, que en audiencia del 15 de enero de 2025, a las 12:38, que concedió la libertad condicional a Yanira Isabel Jiménez Coreas, condenada a 35 años de prisión por el delito de secuestro agravado (artículos 149 y 150 del Código Penal).

    La Cámara, que recibió un recurso de apelación, pidió una aclaración de una sentencia de la Sala de lo Constitucional dictada el 13 de mayo de 2022, la inconstitucionalidad 119-2016AC.

    La sentencia de 2022

    Esa sentencia de mayo de 2022, firmada por los magistrados Alberto López Jerez, Elsy Dueñas, José Ángel Pérez (fallecido), Luis Javier Suárez Magaña y Héctor Nahun Martínez, declaró que no existe constitucional en el artículo 149 del Código Penal, pero argumentó que este “no prevé una prohibición aplicable de manera automática, sino que debe ser analizada en relación con el derecho a la resocialización de las personas privadas de libertad”.

    “La prohibición prevista (del artículo 149) solo será aplicable cuando el juez de vigilancia penitenciaria… no advierta el cumplimiento del fin (objetivo) de la pena en el condenado, los requisitos previstos en la legalidad vigente y no existan medios que acrediten la evolución favorable del condenado en el tratamiento penitenciario”, señaló la Sala en ese entonces.

    ¿Qué dice la aclaración?

    Así, en la resolución de abril de 2025, la Sala actual explicó que los jueces o cámaras de vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena “están obligados a dar razones de hecho y de derecho por las cuales conceden o deniegan la libertad condicional o libertad condicional anticipada en casos de personas condenadas por el delito de secuestro”.

    La Sala cita que la sentencia de mayo de 2022 concluyó que el artículo 149 del Código Penal “no existe la inconstitucionalidad alegada por la supuesta vulneración al principio de resocialización”, contemplado en el artículo 27 inciso tercero de la Constitución.

    Sin embargo, cita que el fallo “descarta que la prohibición del artículo 149 pueda operar de manera automática y que no haya supuestos en que sí puedan concederse los beneficios penitenciarios a que alude tal disposición”, por lo que “solo es aplicable si el juez… no advierte el cumplimiento del fin de la pena del condenado”, en referencia al objetivo de la pena.

    Además, se refiere a que la sentencia de 2022 indicó que “más allá de las prohibiciones legales, los aspectos relevantes que deben valorarse para conceder la libertad condicional son los que se fundan en la conducta del interno, como la participación en diferentes programas de tratamiento penitenciario, la conducta mostrada”.

    La Sala aclaró que la conclusión de esa sentencia fue que “los jueces de vigilancia penitenciaria y de ejecución de la pena deben valorar criterios y justificar con base en ellos, y lo establecido en la ley y la jurisprudencia, el cumplimiento de los requisitos para conceder o denegar los beneficios penitenciarios”.

    “Este tribunal considera que la prohibición legal contenida en el artículo 149 del Código Penal no puede ser analizada de forma aislada por los jueces de vigilancia penitenciaria sino de manera sistemática con los requisitos contenidos en los artículos 85 y 86 del Código Penal o aquellos regulados en los artículos 39-A y siguientes de la ley Penitenciaria en su defecto, a efectos de determinar si a partir de las circunstancias particulares del caso resulta indispensable aplicar la prohibición prescrita para las personas condenadas por el delito de secuestro o si, por el contrario, este puede gozar de la libertad condicional, en cuyo caso deberán argumentar los fundamentos fácticos y jurídicos de la decisión adoptada”, citan la sentencia emitida hace tres años.

  • Multas de hasta $243,000 por ocultar plagas o enfermedades en animales o su sospecha

    Multas de hasta $243,000 por ocultar plagas o enfermedades en animales o su sospecha

    La nueva

    Ley de sanidad vegetal y salud animal

    faculta al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) a que impondrá una multa

    que oscilará entre 10,001 y 20,000 salarios mínimos diarios

    del sector comercio a quienes ocultan plagas en vegetales o enfermedades endémicas en animales aunque no haya sido de manera premeditada como establecía la ley anterior.

    La nueva normativa fue aprobada el jueves pasado por la Asamblea Legislativa e iniciará su vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

    La normativa anterior castigaba

    con una «multa de 100 a 20.000 salarios»
    el ocultamiento u omisión de información «premeditadamente» sobre plagas o enfermedades exóticas o no reconocidas, ya sea en vegetales, animales o establecimientos agropecuarios. La normativa especificaba que se refería a «salarios mínimos», por lo que una multa podría haber llegado hasta $7,3 millones.

    La nueva normativa ajusta las multas y castiga el ocultamiento de información «sobre la sospecha o presencia» de plagas en vegetales, enfermedades exóticas, «endémicas o zoonóticas» en animales según una lista de notificación obligatoria, pero la infracción se cometerá aunque no sea de manera «premeditada».

    Por esa infracción considerada grave, el nuevo artículo 61 establece una multa de 10,001 salarios mínimos diarios,
    equivalente a $121,678,
    hasta un máximo de 20,000 salarios mínimos diarios,
    un equivalente de $243,333.

    La institución encargada de imponer las sanciones será el MAG, que seguirá el procedimiento establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos.

    La multa máxima en la nueva ley será de 30,000 salarios mínimos diarios del sector comercio, es decir, un máximo de $365,000.

    El MAG tendrá un «Sistema de vigilancia de plagas», mantendrá un registro nacional de plagas, deberá notificar el brote y la dispersión de plagas y podrá declarar estado de alerta fitosanitaria o sanitaria o estado de emergencia fitosanitaria o sanitaria.

    El Ministerio deberá «ejecutar medidas» si las plagas son una «amenaza para la productividad nacional, la seguridad alimentaria, el ambiente, la flora silvestre o los ecosistemas.»

  • Campo pide al Gobierno apoyo al productor nacional para adaptarse a nueva Ley de sanidad vegetal y animal

    Campo pide al Gobierno apoyo al productor nacional para adaptarse a nueva Ley de sanidad vegetal y animal

    El presidente de la Cámara Salvadoreña de Pequeños y Medianos Productores Agropecuarios (Campo), Luis Treminio, calificó la recién aprobada «Ley de proyección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal» como «más lo mismo» y sugirió al Gobierno apoyar al productor nacional para adaptarse a la nueva normativa.

    «El gobierno debe apoyar al productor nacional para que se adapte a la nueva ley», sugirió.

    Treminio aseguró que los productores agropecuarios ya están «colmados de leyes» que solo aplican a productores nacionales «y se exonera a las trasnacionales» de su cumplimiento.

    Destacó, sin embargo, como positivas las normas para lograr un «alimento más idóneo, con inocuidad» pero advirtió que frecuentemente «no hacen reglamentos» y «no se puede aplicar».

    El líder de productores agropecuarios teme que el argumento de un alimento de mejor calidad termine impulsando las importaciones de productos agropecuarios y que ello afecte al productor nacional.

    «Y después van a argumentar que por eso hay importaciones porque viene de mejor calidad viene el Registro, me entiende, entonces, así van a mermar más la producción nacional», expresó. Por ello, prevé que las importaciones van a pasar por la frontera «y dirán ‘todo está bien, traen todos los documentos en orden, todos los permisos pueden ingresar sin ninguna restricción».

    «Estas normas han estado siempre, lo único que ahora la sacan las desempolvan y dicen hemos hecho esto y lo vamos a poner en práctica Entonces, ahí les están dando el jaque mate a la agricultura salvadoreña para que las importaciones sigan entrando al país».
    Luis Treminio, presidente de Campo.

    Sin embargo, el líder de Campo cree que si hay asistencia técnica puede haber «un cambio radical en productos de Insumos agrícolas» y podría haber una muestra de cambiar la situación de la agricultura.

    Por su parte, el coordinador nacional de la Mesa Agropecuaria, Mateo Rendón, calificó de positiva la nueva ley pero puso en duda de la capacidad del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para aplicarla.

    La nueva normativa amplía las atribuciones del MAG en la prevención, control y vigilancia de plagas en vegetales y enfermedades de animales, ingreso de animales, productos biotecnológicos de uso animal, alimentos no procesados de origen vegetal o animal, insumos agrícolas, alimentos para animales, establecimientos agrícolas, alimentos para animales, insumos biológicos de uso agrícola o animal, entre otros.

  • Mesa Agropecuaria ve "positiva" nueva "Ley de sanidad vegetal y animal" pero duda de capacidad del MAG para aplicarla

    Mesa Agropecuaria ve «positiva» nueva «Ley de sanidad vegetal y animal» pero duda de capacidad del MAG para aplicarla

    El coordinador nacional de la Mesa Agropecuaria, Mateo Rendón, calificó este viernes de positiva la “Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal”, aprobada el jueves por la Asamblea Legislativa, pero duda de la capacidad del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) para aplicarla.

    “Lo positivo es que es una ley con bastante alcance. Es una ley muy amplia, hay muchos vacíos en la ley actual. La pregunta es si lo van a cumplir o no”, afirmó.

    El representante resumió que la ley busca garantizar la sanidad vegetal y la salud animal, la inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal y animal, la protección de los los recursos naturales, la salud humana y el medio ambiente.

    “Claro, es positivo, tiene unos objetivos bastante grandes que a uno le cabe la duda de si lo irán a cumplir o no lo irán a publicar, por eso el objetivo de regular, controlar, supervisar el diagnóstico y manejo, prevención, vigilancia, verificación, certificación, registro, fiscalización, autorización, con todo lo que tiene que ver con las importaciones y exportaciones, bueno, ¿no será que vamos a caer en una gran burocracia con todo esto?”, cuestionó. A este listado de atribuciones, el representante del sector agropecuario agregó la verificación de las importaciones, exportaciones, empaque, transporte, distribución, entre otros.

    “¿Cómo lo van a cumplir?, si por un lado el Ministerio está debilitado. Hoy en diciembre despidieron a más de 100 empleados. Hay una directiva de Sanidad Animal y Vegetal, hay una Dirección de Ganadería diezmada. Esto requiere de recurso humano, equipo y es lo que menos tiene el Ministerio”.
    Mateo Rendón, coordinador Mesa Agropecuaria.

    Cercos sanitarios contra las plagas

    Una de las nuevas facultades que la Mesa Agropecuaria ve positiva es la introducción de medidas contra las plagas en vegetales y enfermedades en animales. “Como el gusano barrenador, una plaga que debió prevenirse como dice esta ley”, ejemplificó.

    Hizo referencia a que la normativa establece medidas fitosanitarias y vigilancia en todo el territorio. «El MAG planificará, coordinará y desarrollará campañas, programas fitosanitarios y otras actividades para prevención y el control de plagas», dice el artículo 17.

    Rendón reveló que él sugirió al viceministro de Agricultura el establecimiento de puntos de control para que el gusano no se expanda, como un cerco sanitario en la región oriental, donde había surgido el gusano barrenador, pero “el MAG carecía de esas facultades”.

    “Esta ley le da la facultad de establecer medidas territoriales, así como hace la Policía que pone controles de vigilancia. Tú puedes hablar con la Policía y establecer por ejemplo que ganado de Morazán no salga a los tiangues y si salen que sea revisado o supervisado para que no lleve el gusano y le dije ‘poner un punto de control en el puente Cuscatlán para que todo animal fuera revisado, para que la plaga no se expandiera’, lastimosamente no se hizo y lo otro es que la mosca tiene capacidad de volar 200 kilómetros, pero bien se pudo hacer estas acciones que hoy las contempla la ley”, relató.

    La nueva normativa amplía las atribuciones del MAG en la prevención, control y vigilancia de plagas en vegetales y enfermedades de animales, ingreso de animales, productos biotecnológicos de uso animal, alimentos no procesados de origen vegetal o animal, insumos agrícolas, alimentos para animales, establecimientos agrícolas, alimentos para animales, insumos biológicos de uso agrícola o animal, entre otros.

    El artículo 71 obliga a las autoridades administrativas, la Policía Nacional Civil y la Fuerza Armada a prestar al MAG su colaboración y auxilio para cumplir con la normativa.

    Protección a los agricultores nacionales

    El jueves, Luis Treminio, presidente de la Cámara Salvadoreña de Pequeños y Medianos Productores (Campo), sugirió analizar si habrá «participación de los productores nacionales» y del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Marn) en la aplicación de la ley.

    «Nosotros no estamos en contra, pero sí hay que buscar que se permitan otras variedades de cultivos, incluso el transgénico está bien que lo autoricen, pero que dejen participación de los productores nacionales. Estamos a favor de fomentar la agricultura nacional», insistió, al ser cuestionado sobre la regulación de la normativa a los productos biotecnológicos.

    Treminio indicó que la producción de plantas genéticamente modificadas está prohibida en el país pero no el consumo, por lo cual se permite su importación, lo que afecta a los produtores nacionales.

    El MAG deberá elaborar reglamentos técnicos en un plazo no mayor a seis meses desde la vigencia, que iniciará ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

  • MAG controlará productos biotecnológicos de origen vegetal o animal en El Salvador

    MAG controlará productos biotecnológicos de origen vegetal o animal en El Salvador

    El u003Cstrongu003EMinisterio de Agricultura y Ganadería (MAG) u003C/strongu003Edeberu00e1 regular, fiscalizar y controlar los productos biotecnológicos de origen vegetal y de origen animal según la «Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal», aprobada el jueves.nnCon la nueva ley, el MAG autorizaru00e1, registraru00e1 y supervisaru00e1 las actividades de productos de biotecnología relacionados a sanidad vegetal y salud animal, y verificaru00e1 los establecimientos de este tipo de productos, así como de alimentos para animales.nnTambién, tendru00e1 la competencia de interceptar animales, productos y subproductos de origen animal, alimentos para animales y productos biotecnológicos de origen animal ante condiciones potencialmente peligrosas para la salud humana y salud animal.nnu003Cstrongu003EEn la ley, los productos biotecnológicos son definidos como los derivados de la u0022biotecnologíau0022 aplicada a la agricultura, ganadería, acuicultura y agroindustria, incluyendo u0022organismos modificados genéticamente, bioinsumos y herramientas para la mejora genética y la sanidadu0022.u003C/strongu003EnnLa nueva normativa crea el nuevo Capítulo V u0022De la protección sanitaria en el intercambio comercial internacional de mercancías y productos biotecnológicosu0022 y el nuevo Capítulo VII u0022Del registro y fiscalización de establecimientos, alimentos para animales y productos biotecnológicos de origen animalu0022.nnEn una opinión preliminar, u003Cstrongu003ELuis Treminio, presidente de la Cu00e1mara Salvadoreña de Pequeños y Medianos Productores (Campou003C/strongu003E), aseguró que siempre el problema es que ponen a competir a los agricultores nacionales con los transnacionales.nn»Ese es el problema principal, van a decir vamos a crear empresas que se encarguen de eso pero los productores nacionales no van a poder uso de esta herramienta», dijo, aunque advirtió que la normativa actual ya estu00e1 desfasada.nnTreminio indicó que la producción de plantas genéticamente modificadas estu00e1 prohibida en el país. «Hace como unos 10-15 años se intentó comenzar a traer semillas genéticamente modificadas y el Marn (Ministerio de Medioambiente y Recursos Naturales) no lo permitió, es prohibido producir genéticamente modificadas pero no es prohibido consumirla», señaló.nnSin embargo, el representante de Campo observó que es necesario analizar si habru00e1 «participación de los productores nacionales» y del Marn para verificar si no perjudicaría el medio ambiente.nn»Nosotros no estamos en contra, pero sí hay que buscar que se permitan otras variedades de cultivos, incluso el transgénico estu00e1 bien que lo autoricen, pero que dejen participación de los productores nacionales», señaló. «Estamos a favor de fomentar la agricultura nacional», insistió.nnEl MAG deberu00e1 elaborar u003Cstrongu003Ereglamentos técnicosu003C/strongu003E en un plazo no mayor a seis meses desde la vigencia, que iniciaru00e1 ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. La normativa establece multas por infracciones desde cien hasta 30,000 salarios mínimos diarios del sector comercio.

  • Dania González y Claudia Ortiz difieren sobre protección de datos crediticios de salvadoreños en la nube

    Dania González y Claudia Ortiz difieren sobre protección de datos crediticios de salvadoreños en la nube

    Mientras la diputada Dania González, de Nuevas Ideas, asevera que se garantizará la protección de la información crediticia de los salvadoreños al almacenarnos en la nube y que esto será opcional, la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, señala que será obligatorio para las agencias y cuestiona qué pasará si los estándares de protección de datos que tenga el país extranjero donde estén los servidores son distintos a los que hay en El Salvador.

    La polémica o el contrapunto entre ambas legisladoras se desata por la reforma a la Ley del historial crediticio aprobada el jueves que incluye entre los «deberes» de las agencias el uso de la nube para almacenar información crediticia y que exceptúa la prohibición de compartir información para este fin.

    González dice que los salvadoreños no tienen de qué preocuparse porque tendrán «todas las garantías de seguridad y protección de datos». «Eso no se está modificando», dijo.

    «Esto no abre ninguna puerta al uso indebido de la información de los ciudadanos, todo lo contrario, nosotros hemos estipulado en el artículo 19 que seguimos protegiendo a los salvadoreños y no se podrá utilizar y compartir datos sin el consentimiento de los salvadoreños. Esto es algo opcional que van a poder tener los burós de créditos».
    Dania González, Nuevas Ideas.

    La diputada de Nuevas Ideas aseveró que «siempre» están respetando la naturaleza de las reformas de 2022 cuando se refirió al cambio a la prohibición regulada en el literal «h» del artículo 19, en donde, ayer, agregaron una salvedad.

    El jueves, se aprobaron estas dos modificaciones a la Ley del historial crediticio:

    1. En el artículo 17, que se titula «Deberes de las Agencias de Información de Datos», se agregó el literal «n»: «Utilizar el servicio de almacenamiento y procesamiento en tecnología de computación en la nube para la base de datos y su respaldo, también será permitido el almacenamiento en el territorio nacional». La oración inicial de este artículo dice: «Las personas jurídicas que operen como agencias de información de datos tienen los siguientes deberes».

    Además, esta primera reforma detalla que se dará «acceso irrestricto al BCR y a la SSF» y que el BCR emitirá normas técnicas.

    2. En el artículo 19, que se titula las «Prohibiciones a las Agencias de Información con Relación a sus Bases de Datos», se agrega la frase «salvo lo dispuesto en el artículo 17, literal n». El actual literal «h», vigente desde el año 2015, prohíbe «utilizar, transferir, compartir y comercializar» la información «sin el consentimiento expreso de sus titulares para realizar dichas actividades».

    Por su parte, la diputada Claudia Ortiz, de Vamos, manifestó que aún hay preguntas no respondidas. Dijo que una es que la reforma al artículo 17 establece el uso de la nube «como obligación», es decir, no tendría carácter voluntario.

    «Deben» utilizar el servicio de almacenamiento. En la comisión preguntamos si esto iba a ser un deber o una opción, ya que el artículo dice que son obligaciones, en la comisión se dijo que iba a ser opcional. Sin embargo, no se ha cambiado la redacción», observó.

    La segunda observación de Ortiz fue que no se discutió «el principio de soberanía de los datos«. Y preguntó qué pasaría si los servidores están en otro país con distintas leyes de protección de datos personales o de ciberseguridad de El Salvador.

    «En otros países se autoriza el uso de servidores pero se da la obligación de que los datos de los nacionales estén sujetos a la legislación nacional, sin embargo, esto no está establecido en la ley», cuestionó.

    Si los datos de los salvadoreños están en un país con un estándar diferente de protección, ¿ a qué debe hacerle caso el dueño del servidor o el que está administrando estos datos?.
    Claudia Ortiz, diputada de Vamos.

    La diputada Dania González respondió que la protección de datos es «una de las prioridades» de los diputados de Nuevas Ideas.

    «Yo sé que en ChatGpt no podemos encontrar todas o formular todas las preguntas que queremos o esas respuestas, habría que estudiar bien y tener claro que existe un comité de normas dentro del BCR que ellos ven cada uno de estos detalles para que las instituciones del Estado hagan su trabajo», respondió.

    González reiteró que mantienen la prohibición del artículo 19 literal h, aunque la diputada no explicó la salvedad que fue agregada el jueves a esta prohibición aprobada en una reforma del 26 de noviembre de 2015.

  • BCR deberá aprobar normas para proteger datos crediticios de salvadoreños en la nube

    BCR deberá aprobar normas para proteger datos crediticios de salvadoreños en la nube

    El Comité de Normas del «Banco Central de Reserva (BCR)» deberá emitir las normas técnicas que garanticen «estándares de ciberseguridad y protección de datos en la administración y respaldo de las bases de datos» crediticios almacenados en la nube, luego de la reforma aprobada el jueves a la Ley de historial de crédito de las personas.

    La Asamblea Legislativa aprobó el jueves una reforma que establece como «deber» de las agencias de información crediticia en El Salvador –actualmente son «Equifax, TransUnión y Infored»– el uso de un servicio de almacenamiento de datos en la nube para guardar datos crediticios de los usuarios del sistema financiero en El Salvador.

    La reforma se realizó al artículo 17 de la «Ley de regulación de los servicios de información sobre el «historial de crédito de las personas», agregando ese nuevo deber de las agencias el uso del almacenamiento en la nube.

    El almacenamiento podrá darse tanto en el extranjero como «en el territorio nacional», pero en cualquier escenario habrá un «acceso irrestricto» para el BCR y la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), según la reforma al artículo 17, que regula los deberes de las agencias o burós de crédito.

    «El Comité de Normas del BCR emitirá las Normas Técnicas para garantizar el cumplimiento de los estándares de ciberseguridad y protección de datos en la administración y respaldo de las bases de datos», reza el nuevo literal «n» del artículo 17.

    La reforma reitera que es prohibido compartir o comercializar la información de las personas sin el consentimiento expreso de sus titulares, pero introduce una salvedad o excepción: «Salvo lo dispuesto en el artículo 17, literal n», es decir, salvo cuando se comparta información crediticia de los salvadoreños para almacenar los datos en la nube.

  • Asamblea aprueba Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal

    Asamblea aprueba Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal

    Con 60 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves la nueva «Ley de protección a la sanidad vegetal, salud animal e inocuidad de los alimentos no procesados de origen vegetal o animal», que busca garantizar la sanidad vegetal, la salud animal y la inocuidad de alimentos no procesados de origen vegetal o animal en el país.

    La nueva normativa crea atribuciones al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como ejercer la vigilancia y realizar el diagnóstico de plagas en vegetales, infecciones, infestaciones y enfermedades, así como regular el ingreso y la movilización de vegetales y productos vegetales, productos biotecnológicos.

    El diputado Saúl Mancía, de Nuevas Ideas, aseguró que se busca «estandarizar procesos y garantizar que los productos que se importan, exportan, que se comercializan en el país cumplan con esas normativas para evitar los riesgos sanitarios».

    «La ley ha sido ineficiente porque no se establecen mecanismos de trazabilidad. Cuando se importa un producto de origen animal, genética de ganado, hay tres formas de exportarlo, animales vivos, espermas o embriones. Por no tener una normativa clara que agilice el proceso, muchos ganaderos han tenido para mejorar la genética lo han hecho a través de puntos ciegos», dijo el diputado Mancía.

    «Ahora no se puede decir que no se cuenta con la normativa legal», agregó.

    Añadió que en este momento «ya se tienen las primeras cosechas de papa de semilla importada de Estados Unidos».

    El MAG deberá autorizar, registrar, regular y vigilar la actividad de establecimientos de productos biotecnológicos de origen vegetal o animal.

    El diputado Ricardo Rivas, también de Nuevas Ideas, aseguró que la ley busca establecer un «marco robusto que garantice la sanidad vegetal, la salud animal y la inocuidad de los alimentos no procesados» tanto de origen vegetal como de animal.

    Rivas sostuvo que el MAG podrá agilizar los trámites para las importaciones y exportaciones. «La ley actual fue creada en 1995 y no se adapta a la realidad que estamos viviendo, todos los países de la región tienen sus nuevas normativas», afirmó.

    El diputado Ricardo Rivas dijo que él, hace 10 años quería sacar un permiso para exportar y «se tiraban la bola», y ahora se deja claro que el MAG es la institución competente.

    «Les voy a hablar como productor de tilapia. Los viene a ordenar y darle a la ciudadanía para que puedan consumir producto de buena calidad», dijo.

    El MAG tendrá la facultad de establecer regulaciones referidas a la introducción de productos biotecnológicos de origen vegetal o animal, microorganismos para uso vegetal o animal, para prevenir o controlar plagas y enfermedades, entre otras.

  • Asamblea reforma Ley de historial crediticio para almacenar datos crediticios de salvadoreños en la nube

    Asamblea reforma Ley de historial crediticio para almacenar datos crediticios de salvadoreños en la nube

    Con 57 votos a favor y 1 voto en contra, la Asamblea Legislativa aprobó este jueves dos reformas a la «Ley de regulación de los servicios de información sobre el historial de crédito de las personas» para incluir como «deber» de las agencias de información crediticia el almacenamiento de los datos crediticios de los salvadoreños en la nube.

    La reforma obligaría a Equifax, TransUnion e Infored a que utilicen el servicio de almacenamiento tanto en El Salvador como fuera del país, cumpliendo las normas técnicas que serán emitidas por el Banco Central de Reserva (BCR) para garantizar que se cumplan estándares de ciberseguridad y protección de datos.

    La primera reforma incluye «utilizar el servicio de almacenamiento» en la nube se estableció en el artículo 17 literal «n», que establece los «deberes» de los burós de crédito.

    Al literal «h» del artículo 19, que actualmente prohíbe a las agencias de datos usar, transferir, compartir y comercializar información sin el consentimiento expreso de los dueños de la información, se agregó una «salvedad» o excepción: «Salvo lo dispuesto en el artículo 17, literal «n», es decir, para almacenar los datos en la nube.

    La información crediticia podría estar en una nube sin el consentimiento del usuario. Este servicio será voluntario para los burós de crédito.

    La diputada Dania González, de Nuevas Ideas, dijo que esta reforma «va a permitir que la base de datos de el historial crediticio de los salvadoreños pueda almacenarse no únicamente a nivel nacional o en el territorio de El Salvador y que su respaldo no sea únicamente limitado a este territorio sino que también puedan almacenarse en la nube».

    «Y esta información, pues, los salvadoreños no tienen de qué preocupar, porque siempre va a contar con todas las garantías, de seguridad y de protección de datos tal cual nosotros lo habíamos estipulado anteriormente, eso no se está modificando porque sí, hay cierta información que ha circulado», afirmó la diputada de Nuevas Ideas. «Nosotros estamos protegiendo esa información tan sensible, que es el historial de crédito de los salvadoreños», prometió.

    Queremos dejar altamente claro que esto no abre ninguna puerta al uso indebido de la información de los ciudadanos, todo lo contrario, hemos estipulado en el artículo 19 que seguimos protegiendo a los salvadoreños y no se podrá utilizar ni comercializar ni compartir datos sin el consentimiento de los salvadoreños.
    Dania González, diputada de Nuevas Ideas.

    La diputada Claudia Ortiz, de Vamos, que votó contra la reforma, aseguró que se mantienen dudas sobre el carácter obligatorio u opcional del uso de la nube para los datos crediticios de los salvadoreños.

    ¿Qué pasa cuando los servidores estén en otro país y en ese país no exista el mismo estándar de protección de datos personales o de ciberseguridad que tenemos en El Salvador?», preguntó Ortiz a los diputados de Nuevas Ideas. «¿A quién debe hacerle caso el dueño del servidor o el que está administrando estos datos?».
    Claudia Ortiz, diputada de Vamos.

    La diputada Dania González respondió que le hubiera gustado que todos los diputados pudieran haber asistido a la Comisión que estudió la reforma para «preguntar estas cosas». «Ya estamos aprobando… Hemos hecho múltiples reformas y hemos garantizado en cada uno de estos artículos que la información y protección de datos es una de las prioridades que nosotros quisimos enfocar», le respondió.

    El almacenamiento en nube es un servicio ofrecido por algunas empresas o «data centers» que permite almacenar datos en grandes servidores. En El Salvador, el primer centro de datos con certificación en el país, DataTrust, fue inaugurado en julio de 2024, con una inversión de $30 millones.

    El texto de la reforma a la Ley del historial crediticio aprobada este jueves 24 de abril.