Autor: Yolanda Magaña

  • Más de 40,000 migrantes salvadoreños retenidos en EE.UU. durante 2024

    Más de 40,000 migrantes salvadoreños retenidos en EE.UU. durante 2024

    Un total de 42,125 salvadoreños han sido retenidos por razones migratorias en todo el territorio de Estados Unidos, la mayoría en su frontera sur, de enero a noviembre de 2024, según datos de la Oficina de Aduanas y Patrulla Fronteriza (CBP), por sus siglas en inglés.

    La cantidad de retenciones de salvadoreños por causas migratorias viene cayendo desde el año 2021.

    La cantidad cayó un 61 % respecto a los 108,185 salvadoreños retenidos en el mismo periodo del año 2021, un 48 % respecto a los 81,067 encontrados en 2022 y un 31.2 % en comparación con los 61,255 salvadoreños en condición migratoria irregular detectados de enero a noviembre de 2023.

    Si la tendencia continúa así, las retenciones de la migración irregular salvadoreña podrían disminuir más de un 30 % al final del año 2024 y concluir en unos 45,900 salvadoreños retenidos. Por ahora

    Por ahora, en los primeros 11 meses de 2024, las autoridades migratorias estadounidenses llevan retenidos 19,130 salvadoreños menos que el mismo periodo de 2023.

    Un 93 % en la frontera sur

    La mayoría de migrantes salvadoreños son detectados en la frontera sur en donde el flujo o las retenciones han disminuido un 25 % en un año. Solo en la frontera sur, de enero a noviembre, fueron detectados 39,561 salvadoreños, 93.9 % del total.

    El flujo de retenciones sin embargo ha implicado 13,131 salvadoreños menos retenidos en esta zona o una disminución del 24.9 % respecto a los 52,692 detectados en los primeros 11 meses de 2023.

    Respecto a años anteriores la caída de la cifra asciende a 40,731 migrantes o 50.7 % menos que los 80,292 de 2022 y 68,008 o 63.2 % menos que los 107,570 de 2021. La estadística del año 2024 solo supera a los 21,054 salvadoreños que fueron retenidos en 2020, en el año de la pandemia, es 87.9 % superior.

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  • Gustavo Villatoro: «Le estamos demostrando al mundo nuestra firme decisión de luchar en contra del narcotráfico»

    Gustavo Villatoro: «Le estamos demostrando al mundo nuestra firme decisión de luchar en contra del narcotráfico»

    El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, aseguró este domingo que están «demostrando al mundo y al continente americano» que tienen «una firme decisión de luchar en contra del narcotráfico», al presentar el más reciente decomiso de droga anunciado el lunes 23 de diciembre y presentar un informe del año.

    «Ahora desde este pequeño país y con la valentía de estos marinos bravíos, le estamos demostrando al mundo y al continente americano nuestra firme decisión de luchar en contra del narcotráfico, no solo lo que pasa en nuestro país y en la región centroamericana en la placa continental, sino también salir a buscar esta maldita droga, no importa la cantidad de millas, en esta última son 1,054 millas náuticas», fueron las palabras de Villatoro.

    Al referirse a la reducción de homicidios intencionales en El Salvador, aseguró que «es una política que pasa por la soberanía, que pasa por la independencia, que pasa por haber mandado al carajo a las organizaciones internacionales y globalistas que nos querían pobres y violentos».

    El funcionario se refirió a opositores y organizaciones no gubernamentales críticas y las calificó de «organizaciones de fachada de criminales» que «se han inventado cualquier cantidad de cuentos» contra el régimen de excepción.

    «Este maldito negocio de la droga no va a ser tolerable en el país. Acá son 1,500 kilos de cocaína, en el mercado vecino se convierten en 4,500 kilos de cocaína, eso es lo que nosotros estamos combatiendo».

    Gustavo Villatoro, ministro de Justicia y Seguridad.

    Agregó que la meta que tienen es convertir el país en «el más seguro del mundo en 2025» y «no descuidar ni un centímetro de los logros en seguridad».

    Miembros del gabinete de seguridad presentaron este domingo 1,500 kilos de cocaína decomisada a dos ecuatorianos a 1,054 millas náuticas, una distancia récord, desde la costa salvadoreña, según informaron.

    Los funcionarios calificaron el año 2024 como el «más exitoso de toda la historia del país» en el decomiso de drogas y resumieron que han decomisado 17.2 toneladas de distintos tipos de drogas valoradas en total $429.4 millones y que solo vía marítima han decomisado 16.7 toneladas de cocaína valorados $419.6 millones. Las autoridades de El Salvador decomisaron 13.8 toneladas de cocaína en 2018. Los decomisos cayeron durante 2019 y 2020. En 2022 subieron a 12 toneladas.

  • Conducción peligrosa «excarcelable»: en qué casos no irían a la cárcel según abogados

    Conducción peligrosa «excarcelable»: en qué casos no irían a la cárcel según abogados

    El delito de conducción peligrosa es «excarcelable» reiteró la noche del sábado el ministro de Obras Públicas y Transporte, Romeo Rodríguez Herrera, quien recordó que estos conductores, además de ser detenidos, son multados con $150 y pueden perder su licencia por un año o permanentemente si son reincidentes.

    El funcionario enfatizó en que es un delito excarcelable como lo había escrito en X. “Las personas, como la ley anterior, pueden ser liberadas incluso en un plazo aproximado de 72 horas o incluso un poco más de tiempo”, afirmó, en declaraciones a periodistas.

    El funcionario recordó que la nueva pena establecida en la reforma al Código Penal para el delito de conducción peligrosa es de 2 a 5 años de prisión y, si comete homicidio culposo, la pena por el delito de conducción peligrosa puede subir hasta 10 años de prisión si es cometido en vehículo particular y hasta 15 años de prisión si es cometido en transporte colectivo o de carga.

    Un motociclista fue capturado el sábado con 35 grados de alcohol.

    ¿Pero cuándo un conductor podrá ser liberado y no enviado a prisión luego de su detención inicial?

    Diario El Mundo consultó a dos abogados, quienes explicaron que el término “excarcelable” ya no se utiliza, pero sí detallaron los casos en los cuales el juez puede o no sustituir la prisión al imputado luego de su detención administrativa inicial. Cada disposición depende de la decisión del juez y también de condiciones específicas:

    ¿Suspensión condicional del procedimiento?

    No hay claridad si aplica o no la suspensión del procedimiento en el delito de conducción peligrosa. El abogado Carlos Avelar explicó que la figura de “suspensión condicional del procedimiento” se aplica cuando “no excede la pena de los tres años” de prisión.

    El artículo 24 del Código Procesal Penal dice que aplica la “suspensión condicional del procedimiento” cuando son “delitos sancionados exclusivamente con penas no privativas de libertad” y en donde el imputado admite los hechos y haya reparación.

    Otro abogado consultado por Diario El Mundo aseguró que “la suspensión solo opera cuando la pena de prisión excede de tres años”. “Si el juez estima que la condena debe ser mayor a 3 años ya no se puede conceder la suspensión, entonces, en el delito de conducción peligrosa de vehículo automotor, como la pena puede llegar hasta 5 años, el acceso a la figura de suspensión dependerá de acordar o recibir una pena mayor a 3 años”, explicó el abogado.

    Según el abogado Carlos Avelar, como el delito de conducción peligrosa tiene penas de 2 a 5 años de prisión, “no cabe en la suspensión condicional de procedimiento porque la supera los tres años”. “No va a gozar de la suspensión condicional del procedimiento, solo le quedaría procedimiento abreviado y el juez puede decretar medidas cautelares”, indicó.

    El conductor de un vehículo fue detenido por conducir con 189 mg/dl de alcohol en aire espirado.

    Procedimiento abreviado

    Sin embargo, el abogado Carlos Avelar ve posible un “procedimiento abreviado”, en donde se condena al imputado a una pena menor; el fiscal, el imputado y la defensa deben estar de acuerdo.

    Esto es regulado por el artículo 417 del Código Procesal Penal, que señala que el imputado acepta los hechos y recibe una condena entre la tercera parte del mínimo hasta el mínimo de la pena establecida por la ley.

    Medidas para sustituir la prisión: arraigos

    Las medidas para sustituir la prisión provisional pueden aplicarse aunque el delito tenga una pena superior a tres años dice el artículo 331 del Código Procesal Penal. Este autoriza al juez a dictar una “medida cautelar alterna” si se cree que el imputado “no tratará de sustraerse a la acción de la justicia”. Este artículo regula los delitos en donde no puede aplicarse medidas alternas: homicidios, robos, extorsión, tráfico, delitos de drogas.

    “Eso quiere decir que el proceso continúa, pero la persona puede quedar en libertad si establece los arraigos (domiciliar, familiar y profesional, social), pero eso queda a criterio del juez, el juez debe determinar si la persona es fiable”, explicó el abogado Carlos Avelar.

    Reemplazo de penas no mayores a tres años de prisión

    El artículo 74 del Código Penal faculta al juez a “reemplazar las penas de prisión mayores de seis meses y que no excedan de un año por igual tiempo de arresto de fin de semana, de trabajo de utilidad pública o multa” o “sustituir las superiores a un año y que no excedan de tres años por igual tiempo de arresto de fin de semana o de trabajo de utilidad pública”.

    Suspensión condicional de la ejecución de la pena

    Llegado a un procedimiento abreviado o vista pública, y si el imputado es condenado a menos de tres años de prisión, también pueden disculparle la ejecución de la pena, explicó el abogado.

    “En los casos de pena de prisión que no exceda de tres años… el juez o tribunal podrá otorgar motivadamente la suspensión condicional de la ejecución de la pena, dejando en suspenso su cumplimiento por un periodo de prueba de dos a cinco años, atendiendo las circunstancias personales del condenado, las del hecho y la duración de la pena”, dice el artículo 77 del Código Penal.

    El delito de conducción peligrosa tiene penas entre 2 y 5 años de prisión según la reforma al Código Penal, que pueden llegar a 10 años si provoca un homicidio culposo en vehículo automotor y hasta 15 años si provoca un homicidio culposo en transporte colectivo o de carga. La reforma aprobada el 20 de diciembre también incluyó un cambio al artículo 38 del Código Penal que impide que se extinga la acción penal del homicidio culposo causado por un conductor peligroso, exclusivamente por el consumo de alcohol, aunque haya conciliación o mediación.

    También fue detenido un conductor que tenía 72 grados de alcohol en aire espirado.

  • Diario Oficial publica reforma a conducción peligrosa y a Ley de Tránsito

    Diario Oficial publica reforma a conducción peligrosa y a Ley de Tránsito

    Las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial que aumentó las multas hasta $150 y las relacionadas al delito de conducción peligrosa vinculada al consumo de cualquier cantidad de alcohol fueron publicadas este sábado en el sitio de la Imprenta Nacional en un Diario Oficial con fecha 20 de diciembre de 2024.

    La publicación ocurre luego de que el abogado Enrique Anaya argumentara en redes sociales que era falso que la reforma estuviera vigente.

    El ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez Herrera, quien reiteró el sábado que la reforma estaba vigente porque el decreto estableció que iniciaba su vigencia el día de su publicación, informó que las fotomultas no se han activado, ya que esperarán a que disminuyan las infracciones a la excesiva velocidad que, por ejemplo, se cometen diariamente sobre la Autopista a Comalapa y sobre el bulevar monseñor Romero.

    El sábado, al menos cuatro conductores peligrosos fueron detenidos ya que se les detectó diferentes grados de alcohol, algunos abajo (como 35 y 73 grados) y otros arriba de los 100 mililitros por decilitro de sangre, o grados.

    La reforma al Código Penal que aumentó las penas por el delito de conducción peligrosa a un rango entre 2 y 5 años de prisión también fue publicada el sábado. El artículo 74 del Código Penal indica que el juez podrá sustituir las penas superiores a un año y “que no excedan de tres años por igual tiempo de arresto de fin de semana o de trabajo de utilidad pública.”

  • ¿Perderá la licencia definitivamente un conductor que reincida en conducción peligrosa?

    ¿Perderá la licencia definitivamente un conductor que reincida en conducción peligrosa?

    La reforma aprobada el 20 de diciembre a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial implica la detención inmediata de las personas que conduzcan un vehículo habiendo consumido alcohol en cualquier cantidad y también la suspensión o cancelación de su licencia de conducir.

    El ministro de Obras Públicas, Romeo Herrera, aseguró en X, que si el conductor es detenido por segunda vez debido a su reincidencia «pierde la licencia de por vida».Sin embargo, luego de esta cancelación, según la reforma, el conductor puede tramitar una nueva licencia.

    ¿Cuándo procede la suspensión y la cancelación de una licencia para un conductor peligroso?

    1. Suspensión de licencia por 12 meses: cuando el conductor maneje vehículo habiendo consumido alcohol se suspenderá por 12 meses contados a partir de la infracción.

    2. Cancelación de licencia: la licencia será cancelada cuando el conductor rehabilitado es sancionado («suspendido») por segunda vez. Podrá realizar el trámite «como si fuera la primera vez» dos años después de la suspensión. El VMT se reserva si emite una nueva licencia.

    La cancelación de una licencia, por reincidencia, implica que el conductor podrá iniciar el trámite de una nueva licencia desde cero solo hasta después de dos años después de su cancelación y que el Viceministerio de Transporte (VMT) «puede reservarse» la emisión de la nueva licencia solicitada.

    Pero también las licencias de conducir serán decomisadas si el conductor no colabora con la autoridad en entregar los documentos que le solicite, este «estará facultada para decomisar la licencia de conducir» y se le impondrá una multa.

  • Ministro: «Las reformas a ley de tránsito están vigentes»

    Ministro: «Las reformas a ley de tránsito están vigentes»

    El ministro de Obras Públicas, Romeo Rodríguez Herrera, aseguró este sábado que las reformas a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial ya están vigentes y adjuntó tres constancias del Diario Oficial en las cuales señalan que los decretos serán publicados con fecha 20 de diciembre de 2024.

    «Las reformas están vigentes. El decreto de la Asamblea dice que entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial (adjunto la constancia de publicación del diario oficial del 20 de diciembre)», escribió el funcionario en X, ante dudas expresadas sobre la vigencia de las reformas generadas porque la última edición divulgada en el sitio web del Diario Oficial, como puesta a la venta, data del 10 de diciembre de 2024.

    El sitio web del Diario Oficial no ha publicado la edición del 20 de diciembre de 2024.

    El abogado Enrique Anaya, en la red social X, ha aseverado que la reforma no está vigente debido a que esta no ha sido publicada por el Diario Oficial, aunque tenga previsto publicarla en una edición de fecha 20 de diciembre. El ministro argumentó que la reforma aprobada indica, en su último artículo, que iniciará su vigencia el mismo día de su publicación.

    El Salvador, no es el único país con cero tolerancia, también tienen cero tolerancia países como: Bulgaria, Eslovaquia, Arabia Saudita, Paraguay, Uruguay, Hungría, República Checa, Rumanía e incluso a transporte de mercancías y personas en Alemania, Italia, Croacia, etc. por mencionar algunos.
    Romeo Herrera, ministro de Obras Públicas y Transporte.

    El funcionario también hizo aclaraciones sobre el contenido de la reforma y aseguró que, si una persona es detectada manejando bajo los efectos del alcohol, el conductor es detenido pero que «la pena es excarcelable», es decir, la cárcel puede ser sustituida por «arresto de fin de semana o de trabajo de utilidad pública» según el Código Penal y la pena que decida el juez. La pena para el delito de conducción peligrosa oscila entre 2 y 5 años de cárcel según la reforma.

    Rodríguez también advirtió que el conductor «pierde la licencia de por vida» si reincide por conducción peligrosa debido al consumo de alcohol, aunque reiteró que la pena «es excarcelable» y vuelve a ser multado con $150.

    Recordó que las penas para un conductor que haya consumido alcohol y provoque la muerte de una persona pueden subir hasta 15 años de prisión y siempre pierde la licencia y debe pagar una multa de $150.

  • Conductor con 219 grados de alcohol choca contra negocios en Tepecoyo

    Conductor con 219 grados de alcohol choca contra negocios en Tepecoyo

    Oscar Alberto Portillo Carrillo de 30 años, chocó esta madrugada contra unos negocios ubicados sobre el kilómetro 36 de la calle de San Salvador al distrito de Tepecoyo, municipio de La Libertad Oeste, informó en X la Policía, que no detalló de los daños provocados.

    La Policía Nacional Civil (PNC) informó que la prueba de alcotest le detectó que tenía 219 grados de alcohol, es decir, 219 mililitros por decilitro de sangre.

    Además, la Policía aseveró que le decomisó una pistola con dos cargadores.

    Portillo Carrillo será procesado por los delitos de «conducción peligrosa» y «conducción irresponsable de arma de fuego».

    El delito de conducción peligrosa tiene ahora penas que van desde los dos hasta los cinco años de prisión, por lo que dependiendo de la decisión judicial el delito puede o no ser excarcelable.

    La Asamblea Legislativa reformó el 20 de diciembre el Código Penal para aumentar las penas del delito de conducción peligrosa y para que el concepto del delito se ampliara a todos los conductores que hayan consumido bebidas alcohólicas sin importar la cantidad.

    También reformó la ley de transporte y tránsito terrestre para aumentar las multas hasta $150.

  • El Salvador es el país más a la derecha en América Latina

    El Salvador es el país más a la derecha en América Latina

    El Salvador y Venezuela son los países que más se ubican en una ideología de derecha, y México es el único inclinado a la izquierda, de acuerdo con el informe de Latinobarómetro 2024 publicado este diciembre.

    A una muestra de 19,214 personas entrevistadas en 17 países, Latinobarómetro le preguntó dónde se ubica ideológicamente en una escala en donde 0 es la izquierda y 10 es la derecha. El promedio de ubicaciones de los salvadoreños resultó en 6.8, más a la derecha; seguido del 6.6 que promediaron los venezolanos, del 6.2 que resultó de los dominicanos y del 6.1 de los hondureños.

    Las poblaciones de Panamá, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Argentina, Perú, Colombia, Paraguay y Bolivia se ubican arriba del punto central, que es 5.0. Chile y Uruguay se ubican exactamente en el centro, con 5.0, y solamente México logra un promedio de 4.4.

    En consecuencia, El Salvador aparece como el país con menor porcentaje de población ubicada a la izquierda, con un 8 %; Argentina, con un 13 %, y Venezuela y Panamá, con 15 %. La mayor cantidad de población que se ubica en la izquierda está en México, un 31 %.

    Las proporciones son mucho mayores cuando se declaran a la derecha: un 49 % de la población en Venezuela y República Dominicana, un 45 % en El Salvador, un 43 % en Honduras y un 39 % en Panamá.

    El informe señala una derechización generalizada en América Latina ya que el promedio ha pasado de una posición central de 5.0 que se registró en el año 2020 a 5.2 en 2023 y, luego pasó un poco más a la derecha, a 5.4 en 2024. La inclinación a la derecha, sin embargo, no llega al 5.9 que logró en 1998.

    En 2023, en El Salvador, un 11 % de la población se ubicaba a la izquierda, un 22.2 % en el centro (5.0) y un 50.9 % a la derecha (superior a 5.0). En 2015, la población salvadoreña estaba más inclinada a la izquierda, ya que las personas que se ubicaban en menos del 5.0 sumaban 33.4 % y quienes se ubicaban a la derecha de 5.0 eran 27.3 %.

  • Multarán a conductores que no cedan paso a ciclistas: ¿cuáles son reglas con el ciclismo?

    Multarán a conductores que no cedan paso a ciclistas: ¿cuáles son reglas con el ciclismo?

    Si el conductor de un vehículo automotor no concede el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública, cometerá una infracción de tránsito «grave» y esta podrá ser sancionada con una multa de $100 por una autoridad presente, según la más reciente reforma a la «Ley de transporte terrestre, tránsito y seguridad vial» aprobada el 20 de diciembre.

    Se trata de la infracción número 63 que pueden cometer los conductores clasificadas en la nueva lista de 130 infracciones incluidas en la reforma.

    Esto significa que los vehículos deben concederle el paso a los ciclistas si transitan por la «vía pública».

    Pero también deberán respetar zonas de ciclovías o circulación de bicicletas.

    ¿Cuáles son las infracciones relacionadas con el ciclismo, ciclovías o las bicicletas, en la nueva reforma de tránsito aprobada el 20 de diciembre de 2024?

    63. No conceder el paso a ciclistas que transiten sobre la vía pública: $100.

    64. No respetar la zona de la vía pública destinada para la circulación de las bicicletas: $100.

    65. Sujetarse a otro vehículo en marcha mientras se conduce una bicicleta, motocicleta u otros: $100.

    77. Circular vehículos automotores sobre aceras, carriles auxiliares, hombro de carretera, ciclovías, zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos…: $150.

    78. Circular en motocicletas sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros cúbicos (…): $150.

    Esta es la primera vez que el irrespeto a los ciclistas es considerado una infracción de tránsito dentro de una ley secundaria. En la ley anterior, el artículo 60 únicamente exigía a los ciclistas que circularan por las redes viajes a respetar la ley y su reglamento.

    Del 1 de enero al 26 de diciembre de 2024, han muerto 22 ciclistas en accidentes de tránsito.

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    Sin embargo, el actual «Reglamento general de tránsito y seguridad vial» –aprobado en julio de 1996– imponía obligaciones a los ciclistas como: circular por el lado derecho de la vía, no circular en carreteras de 60 km/h o más, circular en fila, no circular en las aceras de las vías públicas, y circular con dispositivos reflectivos en horas nocturnas. También, este reglamento prohíbe a los ciclistas: circular con frenos en mal estado, soltar el timón en marcha, asirse de vehículos en marcha.

    ¿Qué dice la ley marco para el uso de bicicleta?

    La Asamblea Legislativa 2018-2021 aprobó, el 27 de agosto de 2020, la vigente «Ley marco para el uso y fomento de la bicicleta», que fue sancionada por el presidente Nayib Bukele el 18 de septiembre de 2020 y publicada en el Diario Oficial del 25 de septiembre de 2020.

    Esta «Ley marco para el uso y fomento de la bicicleta» reconoce el uso de la bicicleta como medio de transporte y da, en su artículo 3, a los ciclistas «el derecho a circular en el carril completo sobre la vía», así como «circular en vías primarias» a menos que se señalice lo contrario.

    Esta normativa, en su artículo 12, obligan a los ciclistas a ceder el paso a los peatones y respetar las velocidades necesarias en caso de compartir espacios con peatones.

  • EE.UU. incluye en Lista Engel a exalcaldesa Nercy Montano y narcotraficante «Bruno»

    EE.UU. incluye en Lista Engel a exalcaldesa Nercy Montano y narcotraficante «Bruno»

    El Departamento de Estado de los Estados Unidos actualizó este viernes la Lista Engel e incluyó a la exalcaldesa de Soyapango Nery Patricia Montano de Martínez y al narcotraficante José Edgardo Bruno Ventura, alias «Brother», ambos de El Salvador.

    La Lista Engel, como es conocida la Sección 353 «Informe sobre actores corruptos y antidemocráticos de 2024», fue reportada al Congreso de los Estados Unidos.

    Los dos salvadoreños fueron incluidos en el informe al Congreso sobre personas extranjeras que «han participado en acciones que socavan procesos o instituciones democráticas, corrupción significativa u obstrucción de dicha corrupción».

    Bruno Ventura, alias «Hermano», fue incluido en la Lista Engel por estar «involucrado en una corrupción significativa, incluso a través de grandes sobornos a miembros de la Policía Nacional Civil de El Salvador y otros funcionarios para ayudar e instigar su red de narcotráfico y apoyar a una de las pandillas carcelarias más grandes de El Salvador».

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    Así mismo, la exalcaldesa de Soyapango fue incluida en la Lista Engel señalada de haber participado «en importantes actos de corrupción al negociar ilegalmente contratos como alcaldesa de Soyapango, malversar fondos públicos y dirigir contratos municipales a un individuo sin la aprobación del Concejo Municipal».

    «Cuando las personas no pueden confiar en sus instituciones, buscan oportunidades en otros espacios. El informe de hoy sobre ‘Actores corruptos y antidemocráticos en El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua’ saca a la luz las personas que socavan el Estado de derecho y apoya la rendición de cuentas y la transparencia en la región», escribió en X Brian Nichols, subsecretario de Estado para Asuntos del Hemisferio Occidental de Estados Unidos.

    En la Lista actualizada este viernes, también incluyen actores de Guatemala, Honduras y Nicaragua, entre quienes se encuentran magistrados del Tribunal Constitucional de Guatemala, Claudia Paniagua, y de Honduras, Sonia Dubón, así como el exsecretario de la Presidencia de Honduras, Ebal Díaz por apropiarse fondos públicos; y también la vicepresidenta del Consejo Nacional de Universidades de Nicaragua, Almarina Solís, por reprimir la disidencia al tomar control de las universidades.

    GUATEMALA

    • Jorge Adolfo Mondal Chew, presidente de la junta directiva del Banco de los Trabajadores (BANTRAB), incurrió en corrupción significativa al sobornar a magistrados de la Corte Constitucional para mantener su puesto al frente del BANTRAB.
    • Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, magistrada del Tribunal Constitucional, incurrió en importantes actos de corrupción al aceptar sobornos a cambio de sentencias favorables del Tribunal Constitucional.

    HONDURAS

    • Sonia Marlina Dubón, magistrada de la Corte Suprema asignada a la Sala Constitucional, socavó los procesos democráticos al utilizar sus poderes oficiales para socavar el estado de derecho.
    • Ebal Jair Díaz Lupián, Secretario de la Presidencia de 2018 a 2022, incurrió en una importante corrupción mientras desempeñaba su función oficial al apropiarse indebidamente de fondos públicos asignados para proporcionar viviendas a los hondureños afectados por los huracanes Eta e Iota.
    • Lourdes Pamela Blanco Luque, abogada privada, socavó procesos o instituciones democráticas al presionar a funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones gubernamentales para obtener ciertos resultados, así como al utilizar sus conexiones con funcionarios gubernamentales para traficar influencias.

    NICARAGUA

    1. Almarina Oliveira Solís Santos, vicepresidenta del Consejo Nacional de Universidades (CNU) de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticas al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la Universidad Centroamericana (UCA) y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses. instalar partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    2. Roberto Enrique Flores Díaz, secretario del CNU de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia, tomando el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalando partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    3. Jaime López Lowery, Secretario Técnico del CNU de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalar a partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    4. Isaías Hernández Sánchez, Director de Planificación y Desarrollo del CNU de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalar a partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    5. Mario José Caldera Alfaro, vicepresidente del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación (CNEA) de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalar partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    6. Nivea del Socorro González Rojas, ex miembro de la junta directiva de la CNEA de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalar a partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    7. Francisco Martín Jácomo Ramírez, ex miembro de la junta directiva de la CNEA de Nicaragua, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para reprimir la disidencia al tomar el control de la UCA y al menos otras 25 universidades privadas nicaragüenses e instalar a partidarios del partido gobernante en las administraciones universitarias.
    8. Luz Marina Ortis Narváez, vicerrectora de la Universidad Nacional Casimiro Sotelo, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia al utilizar su cargo para implementar políticas que castigan a Casimiro. Profesores y estudiantes de la Universidad Sotelo que no participan en actividades políticas del partido político Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN) de Ortega.
    9. Moisés Ignacio Palacios, secretario general de la Universidad Nacional Casimiro Sotelo, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su cargo para implementar políticas que castigan a Casimiro Sotelo. Profesores y estudiantes universitarios que no participan en actividades políticas del partido político Sandinista FSLN de Ortega.
    10. Lilliam de Jesús Lezama Gaitán, rectora de la Universidad Politécnica Nacional, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que castigan al Politécnico Nacional. Profesores y estudiantes universitarios que no participan en actividades políticas del partido político Sandinista FSLN de Ortega.
    11. Henry Antonio Balmaceda Zamora, vicerrector de la Universidad Politécnica Nacional, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su cargo para implementar políticas que castigan al Politécnico Nacional. Profesores y estudiantes universitarios que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    12. María Alejandra Martínez Guadamuz, Secretaria General de la Universidad Politécnica Nacional, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su cargo para implementar políticas que castigan a la Politécnica Nacional. Profesores y estudiantes universitarios que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    13. Johana Elena Torrez Mendoza, rectora de la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que castigan Profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    14. José Ramón Velásquez Hernández, vicerrector de la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que Sancionar a profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Multidisciplinaria Ricardo Morales Avilés que no participen en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    15. Juan Carlos Benavides Fuentes, Rector de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que castigan a los nacionales. Profesores y estudiantes de la Universidad Francisco Luis Espinoza que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    16. Noemí del Carmen Obregón, vicerrectora de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que castigan Profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    17. José Elías Álvarez, secretario general de la Universidad Nacional Francisco Luis Espinoza, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia al utilizar su cargo para implementar políticas que castigan a la Universidad Nacional. Profesores y estudiantes de Francisco Luis Espinoza que no participan en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    18. Flor de María Pérez Vélez, rectora de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que Sancionar a los profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana que no participen en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    19. Javier Guillermo Hernández Munguía, vicerrector de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que Sancionar a profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana que no participen en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.
    20. Claudia Patricia Jovel Castillo, Secretaria General de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana, socavó procesos o instituciones democráticos al participar en una campaña coordinada para tomar represalias contra los críticos del régimen Ortega-Murillo y reprimir la disidencia utilizando su posición para implementar políticas que Sancionar a los profesores y estudiantes de la Universidad Nacional Padre Gaspar García Laviana que no participen en actividades políticas del partido político FSLN de Ortega.