Casas corredoras en El Salvador deberán informar sobre inversionistas en el extranjero en la bolsa

Las casas corredoras de bolsa domiciliadas en El Salvador estarán obligadas a informar sobre los inversionistas no domiciliados en El Salvador que hagan inversiones en el mercado de valores en el país.

Una reforma al Código Tributario que podría ser aprobada en la sesión plenaria de este jueves elimina la retención especial que tenían las inversiones de personas naturales o jurídicas domiciliadas en el extranjero sobre títulos valores, transacciones de títulos valores, participaciones y otras inversiones en el mercado de valores salvadoreño, primario o secundario, a través de la Bolsa de Valores.

El artículo 158 regula la retención del Impuesto sobre la Renta pagada a sujetos no domiciliados en El Salvador y establece en general una retención del 20 %. Pero establece ya un porcentaje especial, del 3 %, para las personas o sociedades no domiciliadas por rendimientos en capitales invertidos en el mercado de valores salvadoreño.

Con la reforma, esta retención ya no sería 3 %, sino que sería cero.

Como una compensación “para evaluar la medida”, según la explicación brindada ayer por el Ministerio de Hacienda, se propone un informe que deberán entregar las casas corredoras de bolsa.

La eliminación del impuesto se realizará, según Hacienda, porque la retención actual del 3 % “provoca un desincentivo a la inversión extranjera” y ello redunda en “fuga de capitales extranjeros, menores alternativas de financiamiento, menor recaudación fiscal y en consecuencia menor crecimiento económico”.

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