Categoría: Politica

  • Las 35 infracciones de tránsito al transporte de carga: multas pueden superar los $1,200

    Las 35 infracciones de tránsito al transporte de carga: multas pueden superar los $1,200

    Las reformas aprobadas el 20 de diciembre a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial también aumentó las multas para las infracciones cometidas por los transportistas de carga, que podrán ser hasta de $1,200 por sobrepeso de carga aumentable $100 por cada 100 kilogramos de peso excedente.

    Así como las infracciones de tránsito a los vehículos automotores y al transporte terrestre, estas también podrán ser aplicadas por medios electrónicos y con fotomultas.

    Las infracciones como carecer de tapadera para caña de azúcar, llevar más de dos personas sobre la carga, estacionarse en las zonas para carga u otras implican multas que serán aplicadas a los conductores de transporte de carga; y el resto al propietario del vehículo de carga.

    LEVES (multas de $50 por infracción):
    1. Transportar caña de azúcar sin estar debidamente rasurada.
    2. Carecer de tapadera de metal, tanto trasera como delantera, para transportar caña de azúcar en una rastra o camión.
    3. Carecer de cubierta protectora sobre la carga transportada, a excepción de la carga de caña.
    4. Llevar sobre la carga tres o más personas, en cualquier vehículo tipificado de este tipo.
    5. Estacionarse en las zonas para carga y descarga en horas restringidas.

    GRAVES (multa de $100)
    6. Carecer de sistema de sujeción para la carga o no utilizarlos correctamente.
    7. Evitar el paso de estaciones de control para verificar el peso y dimensiones de la carga.
    8. Derramar toda o parte de la carga en la vía pública debido al mal adecuamiento o aseguramiento de la misma.
    9. Realizar servicios de comercialización haciendo base en la vía pública.
    10. Transportar materiales o mercaderías peligrosas en vehículos de carga sin sus debidas señalizaciones o sin contar con los dispositivos de emergencia y equipos de protección necesaria.
    11. Incumplir las dimensiones vehiculares establecidas en la norma aplicable.
    12. Transportar animales, alimentos o medicamentos de uso humano en vehículos de carga destinados a materiales peligrosos.
    13. Carecer de cinta adhesiva reflejante, u ojos de gato reglamentarios.
    14. Volver a cargar el excedente de carga posterior a haber realizado el pesaje de báscula correspondiente.
    15. Conducir vehículos con carga voluminosa mal acondicionada, a excepción de líquidos y graneles.
    16. No respetar el itinerario de la ruta establecida en los permisos especiales de operación.
    17. Desviarse, en el caso de los conductores de caña de azúcar, de las rutas autorizadas por la Dirección General de Transporte de Carga.
    18. Transportar carga en vehículos con carrocerías rotas o deterioradas, que no reúnan las condiciones de seguridad adecuadas durante su circulación.

    MUY GRAVES
    19. Sobornar o pretender sobornar a las autoridades encargadas de las básculas.
    20. Transportar materiales peligrosos en vehículos no autorizados.
    21. Violar las condiciones establecidas en el permiso especial.
    22. Aumentar o disminuir la capacidad de los vehículos sin ninguna autorización, esto incluye circular con el eje levantado con o sin
    carga.
    23. Circular vehículos que transportan carga con un peso mayor autorizado.
    24. Circular sin los permisos especiales de operación cuando transporten cargas de gran peso o volumen y se transporten materiales peligrosos.
    25. Circular en lugares y horarios no permitidos establecidos por medio de resolución emitida por las Direcciones Generales de Tránsito, de Transporte Terrestre o de Transporte de Carga.
    26. Realizar operaciones de transporte de carga cuyo origen y destino sea el territorio nacional, utilizando vehículos de carga con placas extranjeras.
    27. No portar, no utilizar o desconectar el limitador de velocidad.
    28. No portar dispositivo GPS.
    29. Exceder el 5% de peso de tolerancia del peso permitido por eje.

    MULTAS AL PROPIETARIO DE CARGA
    30. Sobrepeso de 101 a 500 kilogramos: $300.
    31. Sobrepeso de 501 a 1,000 kilogramos: $450.
    32. Sobrepeso de 1,001 a 1,500 kilogramos: $600.
    33. Sobrepeso de 1,501 a 2,000 kilogramos: $750.
    34. Sobrepeso de 2,001 a 2,500 kilogramos: $900.
    35. Sobrepeso de 2,501 kilogramos en adelante: $1,200. Más de $100 por cada 100 kilogramos de peso que se exceda.

  • Más de 40,000 migrantes salvadoreños retenidos en EE.UU. durante 2024

    Más de 40,000 migrantes salvadoreños retenidos en EE.UU. durante 2024

    Un total de 42,125 salvadoreños han sido retenidos por razones migratorias en todo el territorio de Estados Unidos, la mayoría en su frontera sur, de enero a noviembre de 2024, según datos de la Oficina de Aduanas y Patrulla Fronteriza (CBP), por sus siglas en inglés.

    La cantidad de retenciones de salvadoreños por causas migratorias viene cayendo desde el año 2021.

    La cantidad cayó un 61 % respecto a los 108,185 salvadoreños retenidos en el mismo periodo del año 2021, un 48 % respecto a los 81,067 encontrados en 2022 y un 31.2 % en comparación con los 61,255 salvadoreños en condición migratoria irregular detectados de enero a noviembre de 2023.

    Si la tendencia continúa así, las retenciones de la migración irregular salvadoreña podrían disminuir más de un 30 % al final del año 2024 y concluir en unos 45,900 salvadoreños retenidos. Por ahora

    Por ahora, en los primeros 11 meses de 2024, las autoridades migratorias estadounidenses llevan retenidos 19,130 salvadoreños menos que el mismo periodo de 2023.

    Un 93 % en la frontera sur

    La mayoría de migrantes salvadoreños son detectados en la frontera sur en donde el flujo o las retenciones han disminuido un 25 % en un año. Solo en la frontera sur, de enero a noviembre, fueron detectados 39,561 salvadoreños, 93.9 % del total.

    El flujo de retenciones sin embargo ha implicado 13,131 salvadoreños menos retenidos en esta zona o una disminución del 24.9 % respecto a los 52,692 detectados en los primeros 11 meses de 2023.

    Respecto a años anteriores la caída de la cifra asciende a 40,731 migrantes o 50.7 % menos que los 80,292 de 2022 y 68,008 o 63.2 % menos que los 107,570 de 2021. La estadística del año 2024 solo supera a los 21,054 salvadoreños que fueron retenidos en 2020, en el año de la pandemia, es 87.9 % superior.

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  • Corte de Cuentas recibe 17 denuncias por posibles anomalías en instituciones en dos meses

    Corte de Cuentas recibe 17 denuncias por posibles anomalías en instituciones en dos meses

    La Corte de Cuentas de la República (CCR) recibió 17 denuncias por posibles irregularidades de octubre a noviembre en instituciones autónomas, municipalidades e instituciones educativas, informó la institución en la revista «Territorio CCR» de diciembre.

    El 42 % de las denuncias fueron presentadas en físico en la sede central y el 47 % por correo electrónico, las cuales señalan supuestas irregularidades en ejecuciones de proyectos, control interno, uso de vehículos nacionales y administración financiera. La institución no detalló los proyectos relacionados a las denuncias.

    Las denuncias son tramitadas a través del Departamento de Participación Ciudadana de la Corte, en el cual se asigna un equipo auditor. El promedio mensual de denuncias es 5.6 en los tres meses que abarca el reporte de la CCR.

    En noviembre, la CCR publicó en sus redes sociales que los ciudadanos pueden denunciar:

    Mal uso de recursos públicos.
    Licitaciones irregulares.
    Incumplimiento de contratos.
    Irregularidades administrativas.
    Mal uso de vehículo con placas nacionales.

    Asimismo, la institución puso a disposición los siguientes medios para enviar las denuncias: oficinas en San Salvador, Santa Ana, San Vicente y San Miguel; al correo denuncias@ccr.gob.sv y a través del teléfono 128.

    Concluyen 40 auditorías en noviembre

    La Coordinación de Auditoría informó que durante noviembre concluyeron 40 auditorías, todas correspondían a exámenes especiales a instituciones y municipalidades. Los informes de estas fiscalizaciones ya fueron remitidos a la Coordinación Jurisdiccional.

    Hay otras 80 auditorías que están en «borrador de informe leído», de las cuales 77 son exámenes especiales, tres auditorías financieras y un examen especial de gestión ambiental.

    Asimismo, se mantienen en ejecución seis auditorías que corresponden a exámenes especiales. La institución no detalló cuáles son las auditorías finalizadas, en borrador y en ejecución.

  • Embajada alerta a ciudadanos estadounidenses sobre reformas a Ley de Tránsito en El Salvador

    Embajada alerta a ciudadanos estadounidenses sobre reformas a Ley de Tránsito en El Salvador

    La Embajada de los Estados Unidos en El Salvador alertó a los ciudadanos estadounidenses sobre las reformas realizadas al Código Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que aumentan las multas relacionadas al delito de conducción peligrosa en caso de conducir bajo los efectos del alcohol.

    La sede diplomática destacó en su portal web que dichas reformas que fueron publicadas en el Diario Oficial con fecha 20 de diciembre implican que: «Conducir con cualquier nivel de alcohol en sangre es ahora un delito penal, con penas de prisión que oscilan entre 2 y 5 años para vehículos privados y entre 5 y 10 años para el transporte público o de carga».

    Ante dichos cambios, la embajada puntualizó algunas acciones que deben tomar en cuenta sus ciudadanos, como designar un conductor sobrio o utilizar un medio de transporte cada vez que consuma alcohol.

    También, la sede diplomática instó a informarse a través de los sitios web oficiales del Gobierno salvadoreño, así como las redes sociales del Viceministerio de Transporte (VMT) el cual puede encontrarse como @VMTELSALVADOR en la red X, para conocer más de dichas medidas.

    Además, la embajada estadounidense brindó los siguientes contactos de asistencia para sus ciudadanos, los cuales son:

    – Línea de Emergencia de El Salvador: Marque 911
    – Embajada de Estados Unidos San Salvador, El Salvador Final Boulevard Santa Elena Antiguo Cuscatlán, La Libertad Teléfono: 503-2501-2999 (línea telefónica las 24 horas) ACSSANSAL@state.gov https://sv.usembassy.gov/
    – Departamento de Estado – Asuntos Consulares 888-407-4747 o 2020-501-4444U.S. Embassy in El Salvador

  • Los horarios de atención al público para trámites en fin de año

    Los horarios de atención al público para trámites en fin de año

    La Cancillería de la República informó este lunes que sus oficinas estarán cerradas hasta el 2 de enero de 2025 y que reanudarán su horario normal hasta el viernes 3 de enero de 2025.

    Sin embargo, publicó que, si los salvadoreños requieren hacer trámites de emergencia, como apostillas y auténticas, deben escribir a aaguevara@rree.gob.sv.

    La mayoría de oficinas estatales mantiene cerradas sus oficinas de atención al público desde el 24 de diciembre de 2024 al 2 de enero, debido a las vacaciones por las fiestas navideñas y de fin de año en el sector público.

    También, los duicentros se mantienen cerrados desde el sábado 28 de diciembre y estarán abiertos a partir del viernes 3 de enero.

    Otras oficinas como Sertracen estarán abiertas el día 31 de diciembre desde las 7:00 a.m. hasta las 11:00 a.m. Las oficinas de Sertracen únicamente estarán cerradas por asuetos el 1 de enero de 2025.

    Las certificaciones de partidas de nacimiento se pueden obtener a través de simple.sv.

    Por su parte, todas las agencias bancarias cerrarán el 1 de enero por ser día de asueto y reanudarán labores normales el 2 de enero.

    El 31 de diciembre tendrán horario variable. El Banco Integral trabajará de 8:30 a.m. a 12:00 p.m. el 31 de diciembre. El Banco Davivienda mantendrá su servicio normal el 31 de diciembre hasta las 4:00 p.m.

  • Motocicletas podrán circular en líneas divisorias de los carriles

    Motocicletas podrán circular en líneas divisorias de los carriles

    La nueva reforma de tránsito no prohibirá a las motocicletas circular por las líneas divisorias de los carriles y sí les exigirá el uso de cascos certificados y chalecos reflectantes después de las 6:00 de la tarde.

    La infracción que fue excluida en la más reciente reforma y que estaba incluida en un proyecto de ley que no concluyó su proceso de aprobación era: «Circular en motocicletas por hombros de calle o en el bordillo del carril izquierdo o en las líneas divisorias de los carriles». Así, entonces, los motociclistas podrán seguir circulando entre los carriles, con la nueva reforma.

    ¿Pero cuáles son las normas para los motociclistas que sí fueron aprobadas en la reforma de tránsito de diciembre de 2024?

    Cascos certificados: Los conductores de motocicletas deben utilizar cascos certificados. No hacerlo le cuesta una multa de $150. La exigencia de casco protector certificado se aplicará para los motociclistas y acompañantes dentro de un año a partir de la vigencia del decreto, es decir, en diciembre de 2025.

    Acompañantes con casco: Los acompañantes también deben usar cascos certificados. Circular con un acompañante sin casco le costará al conductor una multa de $150.

    Dos personas: Cada motocicleta no deben llevar más de dos personas. Hacerlo le costará al conductor una multa de $150.

    Anteojos: Los motociclistas deben utilizar anteojos protectores cuando el casco no tenga protector contraviento. La multa será $150.

    Playas: Una motocicleta no puede ser conducida en playas o en lugares no autorizados. La multa será $150.

    Aceras o ciclovías: Un motociclista o no debe circular sobre aceras, ciclovías cuando su cilindrada de motor sea mayor de 50 centímetros, hombro de carretera, en el borde izquierdo en vías de doble sentido, en zonas prohibidas o en lugares y/o horarios no permitidos. Hacerlo le cuesta una multa de $150.

    Cambios en motocicletas: Un motociclista no debe alterar las condiciones de sus motocicletas sin autorización como colocar cualquier dispositivo que pueda generar contaminación visual o auditiva, hacerlo le costaría una multa de $100.

    No sujetarse: Un motociclista no debe sujetarse a otro vehículo en marcha. Hacerlo implica una multa de $100.

  • TEG sanciona a 15 empleados públicos por infracciones cuyas multas suman $17,000

    TEG sanciona a 15 empleados públicos por infracciones cuyas multas suman $17,000

    El Tribunal de Ética Gubernamental (TEG) sancionó, del 1 de enero al 30 de noviembre de 2024, a 15 empleados públicos por cometer infracciones éticas y les impuso multas que superan los $17,000.

    Los 15 sancionados fueron multados por la institución por transgredir las normativas de la Ley de Ética Gubernamental (LEY). La primera sanción fue impuesta el 25 de enero que ascendía a $304.17, informó el TEG a Diario El Mundo a través de una solicitud de información pública.

    Las multas impuestas van desde los $304.17 hasta los $7,178.34, esta última impuesta a un empleado del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (Mineducyt) por utilizar bienes de la institución para otras actividades y por excusarse de intervenir en procesos que le suponían un conflicto de interés.

    Los sancionados fueron condenados por las siguientes infracciones éticas:

    • Utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados.
    • Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales familiares tengan algún conflicto de interés.
    • Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley.
    • Percibir más de una remuneración proveniente del presupuesto del Estado, cuando las labores deben ejercerse en el mismo horario, excepto las que expresamente permita el ordenamiento jurídico.
    • Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado, que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública.
    • Exigir o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales.
    • Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, parientes, excepto los casos permitidos por la ley.

    De las 15 personas sancionadas, tres fueron denunciadas; y otras 12 fueron investigados por avisos interpuestos por ciudadanos, ninguno por oficio, es decir, por iniciativa de la institución. La última sanción se registró en octubre.

    Los sancionados proceden de las instituciones:

    • Ministerio de Educación.
    • Corte Suprema de Justicia (CSJ).
    • Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS).
    • Hospital Nacional de El Salvador.
    • Centro Nacional de Registros.
    • Consejo Superior de Salud Pública.
    • Fondo Social para la Vivienda.
    • Universidad de El Salvador.
    • Alcaldía Municipal de Cojutepeque.
    • Ministerio de Economía.
    • Alcaldía de San Juan Opico.

    Las 15 sanciones impuestas suman $17,970.01, monto del cual solo $3,674.17 ha sido cancelado, es decir, que están pendientes de pago $14,295.84. El empleado del Ministerio de Educación, con la mayor multa, sigue pendiente pago.

    Las personas multadas tienen 60 días para pagar las multas desde que son notificados de la resolución del TEG y pueden pedir pagar la multa por cuotas periódicas. En caso de no cancelar la multa, el TEG debe remitir el caso a la Fiscalía General de la República (FGR), de acuerdo con el artículo 46 de la LEG.

    Para declarar culpable a un empleado público por transgredir alguna norma ética, el TEG realiza una investigación inicial, permite presentación de alegato al investigado y solicita información a instituciones del gobierno para determinar la culpabilidad del trabajador.

  • ¿Aplicarán las fotomultas cuando los gestores de tráfico den el paso con semáforo rojo?

    ¿Aplicarán las fotomultas cuando los gestores de tráfico den el paso con semáforo rojo?

    El viceministro de Transporte, Nelson Reyes, resolvió una duda de la diputada Sandra Calderón, de Nuevas Ideas, quien le preguntó qué pasará con las cámaras que captarán las «fotomultas» y el gestor de tráfico le permite pasar cuando el semáforo está en rojo.

    La diputada, quien estaba sustituyendo al diputado Felipe Interiano, aclaró antes que las diferentes personas, «ciudadanía normal», les hacen varias consultas.

    «Las consultas que nos hacen las diferentes personas, ciudadanía normal, ellos hacen referencia a cuando están los gestores de tránsito y que están en rojo el semáforo y ellos dejan pasar. ¿Cómo están ahí el tema de las fotomultas?, ¿están desactivadas?, ¿cómo va a funcionar en ese sentido?, si van a tomarle a uno la foto, le va a llegar a uno el ticket, ¿cómo va a funcionar?», preguntó la legisladora, frente a otros diputados, todos de Nuevas Ideas.

    El funcionario, quien asistía a la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia para explicar la reforma al Código Penal que permite llevar a prisión a todos los conductores indistintamente de la cantidad de alcohol que hayan ingerido, respondió que habrá nuevos semáforos y que ya no será necesario que los gestores de tráfico habiliten ese paso ya que, con los nuevos semáforos, se podrá realizar de manera remota, desde el centro de monitoreo.

    La inversión asciende a $50 millones según el funcionario. «Específicamente sobre ese tema, por eso mencionaba que es un proyecto bastante ambicioso, son $50 millones y que no trata solamente de fotomultas. Trata de la renovación del parque semafórico del país y esto incluye la instalación, que ya ustedes lo pueden ver instalados en todas las intersecciones del área metropolitana y de otros sectores del país de estos nuevos semáforos», detalló.

    Explicó que actualmente es necesario que los gestores de tráfico den «doble tiempo» en verde en ciertos «corredores», «castigando otros sentidos de esa intersección» en donde no hay «tanta afluencia vehicular».

    «Con el nuevo sistema, que está conectado por toda una red de fibra óptica, son más de 80 kilómetros de fibra óptica que conectan los equipos con el centro de monitoreo, ya no va a ser necesario que un gestor haga la tarea de incrementar el tiempo que los semáforos están dando en un corredor en específico, sino que eso se va a poder realizar de forma remota desde el centro de monitoreo», indicó.

    El funcionario detalló que el personal que tendrá ese control «se encuentra ya capacitándose» y que algunos semáforos ya «están siendo controlados de esa manera».

  • Las frases que provocaron risas o enojos en la vida política durante 2024

    Las frases que provocaron risas o enojos en la vida política durante 2024

    En la política salvadoreña siempre hay frases que sobresalen, que provocan simpatía y risas en unos, o significan apatía y molestia para otros. Este artículo recuerda algunas, sus autores y el porqué de ellas.

    “Yo suelo ir a los supermercados, pero es por mi nivel de ingresos, perdón, pero yo no soy pobre, yo compro en los supermercados… No he hecho uso de los agromercados, pero conozco gente que sí”.
    Julia Évelyn Martínez, 22 de octubre.

    Esos comentarios fueron parte de la entrevista que le hicieron a la economista Julia Évelyn Martínez, el 22 de octubre, cuando que hablaba sobre la economía y las políticas del gobierno en alimentos y agricultura. Sin embargo, la franqueza con la que habla la llevó a ser tendencia en redes e incluso fue atacada y acosada por un hombre que grabó días después en el centro de San Salvador.

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    OPOSITORA SE JACTA DE QUE ELLA “NO ES POBRE” Y QUE COMPRA EN SUPERMERCADOS La opositora Julia Evelyn Martínez se jactó de que ella “no es pobre”. “Es por mi nivel de ingresos. Perdón, yo no soy pobre. Yo compro en los supermercados. No tengo cerca ningún mercado”, recalcó.

    sonido original – 503

    “Yo estaba esperando el Uber, de pronto se acerca un ser desagradable y me preguntó si podía grabarme, le dije que no, pero se enojó y comenzó a grabarme y decirme cosas… Yo jamás había sentido tanto miedo”, declaró Martínez, días después, en una radio.

    Los diputados de la Asamblea Legislativa no se quedaron atrás. Al consultarle al diputado presidente, Ernesto Castro, si en algún momento estudiarían reducir el salario de los diputados, que oscila entre $4,200 y $5,700 mensuales, tomando en cuenta que muchos salvadoreños ganan un salario mínimo ($365 mensuales), esto fue lo que respondió:

    “Es que todo es relativo, es como ahora nuestros amigos comunicadores, youtubers, hay unos que facturan un montón de dinero y algunos van a salir a decir que porqué un youtuber gana más que un médico, pero eso es una cuestión que en todo el mundo se da, es algo que es normal”.
    Ernesto Castro, presidente de la Asamblea, 3 de octubre.

    Siguiendo la línea de esa polémica de asignaciones presupuestarias, fue la diputada Claudia Ortiz, del partido opositor Vamos, quien estuvo en el ojo del huracán porque salió a la luz que, a diferencia de los otros diputados que tenían asignación de $13,500 mensuales únicamente para el pago de su personal, ella tenía $20,000 mensuales para su planilla.

    Así el 8 de octubre, en una entrevista, la diputada Claudia Ortiz le dirigió un mensaje a Castro, recalcando que debían publicar sus planillas, dijo:

    “Así como alguien dijo por ahí, cuando le preguntaron cuánta gente tenían ellos contratada en la legislatura pasada, contestó: “Es que yo no soy tu tata para andarte contestando”, pues ¡yo sí soy su nana y les digo que tienen que mostrar las planillas!”.
    Claudia Ortiz, diputada por Vamos.

    El 23 de octubre, en la discusión de la Ley de Energía Nuclear, la diputada Elisa Rosales, de Nuevas Ideas, ante los cuestionamientos de la diputada Ortiz por la aprobación de la ley sin una discusión profunda y sobre la falta de estudio de propuestas de la oposición, le dijo a manera de explicación:

    Se han estado quejando porque sus iniciativas no pasan acá en el pleno Legislativo, bueno, les voy a explicar cómo funciona: Usted trae su iniciativa y aquí se toman decisiones por mayoría, ¿qué culpa tenemos nosotros que usted no alcance los votos para las propuestas que trae? Yo, al menos, no le voy a dar mi voto… Consiga los votos y con mucho gusto… Sí, mire, así funciona este pleno legislativo, así funciona la junta directiva, así funcionan las comisiones».
    Elisa Rosales, diputada por Nuevas Ideas.

    El 17 de diciembre, en la discusión de la aprobación de la Ley del Presupuesto 2025, la diputada Suecy Callejas, de Nuevas Ideas, llamó «mentirosos» a los diputados de Arena y les dijo que “Arena se ha convertido en el FMLN 2.0”. Luego, le detalló una serie de asignaciones que se destinarán a “programas sociales” en el presupuesto y tocó el tema de seguridad:

    “Las estrategias que se han implementado han convertido a El Salvador en el país más seguro del hemisferio occidental, así la oposición se arrastre y saque espuma por la boca, de la cólera».
    Suecy Callejas, diputada por Nuevas Ideas.

    Al terminar Callejas su intervención, la diputada Marcela Villatoro pidió la palabra para responder:

    “Tome agüita, diputada, le va a hacer bien, porque quien va a echar espuma por la boca parece que es usted… Ya se volvió un discurso barato, mitin político, burdel, como le quieran llamar».
    Marcela Villatoro, diputada por Arena.

    Después, con celular en mano, Villatoro mostró una imagen de la diputada Callejas “con banderas del FMLN, marchando con ellos», ante lo cual posteriormente la diputada cian explicó que acompañaba a Nayib Bukele.

    El año legislativo terminó el lunes 23 de diciembre, con una sesión plenaria en donde los diputados derogaron la prohibición de la minería metálica. La primera sesión plenaria de 2025 está convocada para el domingo 5 de enero, en la que se prevé aprueben una prórroga más del régimen de excepción.

  • Conducción peligrosa "excarcelable": en qué casos no irían a la cárcel según abogados

    Conducción peligrosa «excarcelable»: en qué casos no irían a la cárcel según abogados

    El delito de conducción peligrosa es «excarcelable» reiteró la noche del sábado el ministro de Obras Públicas y Transporte, Romeo Rodríguez Herrera, quien recordó que estos conductores, además de ser detenidos, son multados con $150 y pueden perder su licencia por un año o permanentemente si son reincidentes.

    El funcionario enfatizó en que es un delito excarcelable como lo había escrito en X. “Las personas, como la ley anterior, pueden ser liberadas incluso en un plazo aproximado de 72 horas o incluso un poco más de tiempo”, afirmó, en declaraciones a periodistas.

    El funcionario recordó que la nueva pena establecida en la reforma al Código Penal para el delito de conducción peligrosa es de 2 a 5 años de prisión y, si comete homicidio culposo, la pena por el delito de conducción peligrosa puede subir hasta 10 años de prisión si es cometido en vehículo particular y hasta 15 años de prisión si es cometido en transporte colectivo o de carga.

    Un motociclista fue capturado el sábado con 35 grados de alcohol.

    ¿Pero cuándo un conductor podrá ser liberado y no enviado a prisión luego de su detención inicial?

    Diario El Mundo consultó a dos abogados, quienes explicaron que el término “excarcelable” ya no se utiliza, pero sí detallaron los casos en los cuales el juez puede o no sustituir la prisión al imputado luego de su detención administrativa inicial. Cada disposición depende de la decisión del juez y también de condiciones específicas:

    ¿Suspensión condicional del procedimiento?

    No hay claridad si aplica o no la suspensión del procedimiento en el delito de conducción peligrosa. El abogado Carlos Avelar explicó que la figura de “suspensión condicional del procedimiento” se aplica cuando “no excede la pena de los tres años” de prisión.

    El artículo 24 del Código Procesal Penal dice que aplica la “suspensión condicional del procedimiento” cuando son “delitos sancionados exclusivamente con penas no privativas de libertad” y en donde el imputado admite los hechos y haya reparación.

    Otro abogado consultado por Diario El Mundo aseguró que “la suspensión solo opera cuando la pena de prisión excede de tres años”. “Si el juez estima que la condena debe ser mayor a 3 años ya no se puede conceder la suspensión, entonces, en el delito de conducción peligrosa de vehículo automotor, como la pena puede llegar hasta 5 años, el acceso a la figura de suspensión dependerá de acordar o recibir una pena mayor a 3 años”, explicó el abogado.

    Según el abogado Carlos Avelar, como el delito de conducción peligrosa tiene penas de 2 a 5 años de prisión, “no cabe en la suspensión condicional de procedimiento porque la supera los tres años”. “No va a gozar de la suspensión condicional del procedimiento, solo le quedaría procedimiento abreviado y el juez puede decretar medidas cautelares”, indicó.

    El conductor de un vehículo fue detenido por conducir con 189 mg/dl de alcohol en aire espirado.

    Procedimiento abreviado

    Sin embargo, el abogado Carlos Avelar ve posible un “procedimiento abreviado”, en donde se condena al imputado a una pena menor; el fiscal, el imputado y la defensa deben estar de acuerdo.

    Esto es regulado por el artículo 417 del Código Procesal Penal, que señala que el imputado acepta los hechos y recibe una condena entre la tercera parte del mínimo hasta el mínimo de la pena establecida por la ley.

    Medidas para sustituir la prisión: arraigos

    Las medidas para sustituir la prisión provisional pueden aplicarse aunque el delito tenga una pena superior a tres años dice el artículo 331 del Código Procesal Penal. Este autoriza al juez a dictar una “medida cautelar alterna” si se cree que el imputado “no tratará de sustraerse a la acción de la justicia”. Este artículo regula los delitos en donde no puede aplicarse medidas alternas: homicidios, robos, extorsión, tráfico, delitos de drogas.

    “Eso quiere decir que el proceso continúa, pero la persona puede quedar en libertad si establece los arraigos (domiciliar, familiar y profesional, social), pero eso queda a criterio del juez, el juez debe determinar si la persona es fiable”, explicó el abogado Carlos Avelar.

    Reemplazo de penas no mayores a tres años de prisión

    El artículo 74 del Código Penal faculta al juez a “reemplazar las penas de prisión mayores de seis meses y que no excedan de un año por igual tiempo de arresto de fin de semana, de trabajo de utilidad pública o multa” o “sustituir las superiores a un año y que no excedan de tres años por igual tiempo de arresto de fin de semana o de trabajo de utilidad pública”.

    Suspensión condicional de la ejecución de la pena

    Llegado a un procedimiento abreviado o vista pública, y si el imputado es condenado a menos de tres años de prisión, también pueden disculparle la ejecución de la pena, explicó el abogado.

    “En los casos de pena de prisión que no exceda de tres años… el juez o tribunal podrá otorgar motivadamente la suspensión condicional de la ejecución de la pena, dejando en suspenso su cumplimiento por un periodo de prueba de dos a cinco años, atendiendo las circunstancias personales del condenado, las del hecho y la duración de la pena”, dice el artículo 77 del Código Penal.

    El delito de conducción peligrosa tiene penas entre 2 y 5 años de prisión según la reforma al Código Penal, que pueden llegar a 10 años si provoca un homicidio culposo en vehículo automotor y hasta 15 años si provoca un homicidio culposo en transporte colectivo o de carga. La reforma aprobada el 20 de diciembre también incluyó un cambio al artículo 38 del Código Penal que impide que se extinga la acción penal del homicidio culposo causado por un conductor peligroso, exclusivamente por el consumo de alcohol, aunque haya conciliación o mediación.

    También fue detenido un conductor que tenía 72 grados de alcohol en aire espirado.