Las calles y aceras; bienes de uso público

Nadie es propietario de una calle o vía pública porque estas son un bien de uso público que todos, sin excepción, podemos utilizar de la mejor forma. El artículo 571 del Código Civil de El Salvador define los bienes nacionales de uso público al ser del dominio de la Nación en su totalidad. Puntualmente se refiere a calles, plazas, puentes y playas.

A mí ni a ningún compatriota, salvo ciertas regulaciones, me pueden prohibir que yo haga uso de una playa, de un puente, de una plaza o parque, de una calle o de cualquier sitio nacional, salvo que incumpla alguna normativa o  que atente contra la moralidad o los intereses o derechos de los demás. Por ejemplo, no puedo andar desnudo en la playa, en los parques o en la vía pública o no puedo estacionarme a media calle o en un sitio donde infrinja las leyes o normativas de tránsito las cuales son de estricto cumplimiento.

Entonces, si no está normado, nadie puede prohibirme que yo me estacione en cualquier calle o avenida, salvo en ocasiones o situaciones especiales. No puedo ni debo estacionarme en lugares donde interfiero una procesión, un entierro, un acto público, un desfile, mucho menos frente a una cochera o en una salida o entrada de emergencia de un centro hospitalario, una clínica, un centro escolar, una iglesia, un lugar protegido o  un sitio prestablecido temporal o definitivamente.

La realidad en todo el país es que personas particulares se han adueñado de las aceras y las calles, impidiendo o limitando el libre tránsito de los ciudadanos. Muchas personas particulares y comerciantes han llenado de obstáculos las calles al colocar barriles, conos, piedras y cualquier tipo de objeto para no permitir el estacionamiento. Algunos hasta escriben “exclusivo para clientes” atribuyéndose como suyos un bien común.

Últimamente se conocen muchos casos de personas que han puesto rejas en las aceras para colocar sus negocios, afectando el paso peatonal, pues obliga a todas las personas a bajarse a la calle y exponerse a ser atropellados. Otros hasta se han tomado parte de las calles para exponer los productos que ofrecen a los transeúntes.

El colmo es que en muchos sitios principalmente en las grandes ciudades, hay personas que han hecho de las calle y avenidas su negocio, pues colocan obstáculos y les cobran a las personas que han hecho uso de eso espacios públicos. En lugares próximos a las playas, en las zonas de abundante comercio o sitios de diversión es imposible encontrar espacios donde estacionarse porque los “dueños de las calles” han colocado obstáculos que retiran solo si la persona les paga por horas.

El problema es serio y mucho más lo es en los municipios turísticos en los cuales hallar espacio para estacionarse es sumamente complicado, pues los obstáculos en las calles son parte del paisaje y para tener derecho a parquearse en la vía pública hay que pagar. Uno va a los distritos de la Ruta de Las Flores o a las zonas costera y si no pagamos no encontramos sitios disponibles.

En los pueblos del interior del país el problema es complejo porque culturalmente los vecinos han considerado como suya la calle que pasa frente a sus viviendas. Constantemente se originan pleitos porque alguien se estacionó frente a la vivienda, sin obstruir ninguna cochera o salida de emergencia.

Las alcaldías, amparadas en su autonomía, deben crear ordenanzas para darle vida al artículo 571 del Código Civil y prohibir todo obstáculo en la vía pública, asimismo debe evitar que los propietarios de viviendas, predios o edificios a la orilla de calles o avenidas se apropien para ellos el uso exclusivo de estacionarse frente a sus propiedades. También debe prohibir que se tomen tramos de las aceras o que impidan el libre tránsito de los peatones.

Las ordenanzas deben ser permanentes y de estricto cumplimiento. Los Cuerpos de Agentes Municipales y la Policía Nacional Civil (PNC) deben garantizar los derechos de todos los ciudadanos y proceder al retiro inmediato de todo obstáculo en calles y aceras. Deben multar a quienes violen las leyes y  sancionar con base a la legislación nacional.

La alcaldía de San Salvador Centro realiza operativos esporádicos para retirar los obstáculos y prohibir que algunas personas se apoderen de las calles y cobren, con un tarifario ilegal, por permitir el estacionamiento en la vía pública. Estas personas pueden ser sancionadas con multas de hasta $900. Recientemente hasta procedieron a retirar vehículos chatarra o abandonados en las calles porque interfieren con el libre tránsito vial y peatonal.

Los otros 43 municipios deben emular a San Salvador Centro y crear ordenanzas o contravencionales que abusen de la vía pública y expongan a peatones y conductores. Nadie es dueños de las calles o aceras y salvo en situaciones reguladas temporal o definitivamente, todos podemos hacer uso peatonal de las aceras y uso vial de las calles en todo momento.

* Jaime Ulises Marinero es periodista

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