El otorgamiento de residencias definitivas y temporales, así como las refrendas o prórrogas de las ya existentes, ha aumentado en al menos 43 % en los primeros nueve meses del año 2025 respecto al mismo periodo del año pasado, según datos de la Dirección General de Migración y Extranjería de El Salvador.
La Dirección de Migración ha otorgado un total de 1,399 residencias definitivas de enero a septiembre de 2025, 39.8 % más que las 1,001 otorgadas en el mismo periodo de 2024.
También, ha otorgado 3,141 residenciales temporales, 25.5 % más que las 2,502 otorgadas en el mismo periodo del año pasado.
Las refrendas de residencias definitivas también aumentaron en un 25.5 % (de 2,306 a 2,900) y las prórrogas de residencias temporales también se incrementaron en un 24.3 %, de 1,321 a 1,642.
En total, Migración aprobó 10,510 trámites relacionados a residencias en los nueve meses de 2025, un 43.6 % más que los 7,317 que otorgó durante el mismo lapso del año 2024.
Durante los primeros nueve meses del presente año, la Dirección de Migración salvadoreña también ha otorgado un total de 358 nacionalizaciones salvadoreñas, de las cuales 86 fueron por naturalización; menos que las 291 que otorgó en el mismo plazo de 2024.
Si bien las nacionalizaciones aprobadas por la Migración salvadoreña han disminuido levemente, durante la última década aumentaron en 279 %, de 132 en 2014 a 500 en 2024.
El 30 de abril de 2025, una reforma a la Ley general de migración permitió que los extranjeros y sus familias que respalden o inviertan en programas que promueva el Gobierno central puedan tener su residencia definitiva sin necesidad de tener residencia temporal antes o de cumplir el requisito de no ausentarse de territorio salvadoreño por más de dos años.
Residencias a extranjeros en El Salvador
Una persona extranjera residente puede tener una residencia transitoria, temporal o definitiva según la Ley especial de migración y extranjería.
Las personas admitidas como residentes transitorios o temporales pueden permanecer en el territorio nacional durante el periodo autorizado con sus prórrogas y deben abandonar el territorio al concluir su residencia.
La residencia temporal, una autorización de hasta dos años prorrogable por igual periodo, puede ser otorgada a inversionistas extranjeros, personas de negocios, trabajadores transnacionales, rentistas, pensionados, deportistas, religiosos, trabajadores migratorios, estudiantes, académicos, científicos, representantes de organizaciones, entre otros.
Sin embargo, mientras obtienen su residencia, le puede dar una residencia provisional.
Una residencia transitoria se otorga un plazo de seis meses a trabajadores de temporada, transfonterizos, transnacionales de servicios, brigadistas médicos, entre otros. Esta categoría no genera derecho de permanencia definitiva.
Mientras, los residentes definitivos son personas extranjeras con derecho a permanecer en el país por tiempo indefinido y de realizar cualquier actividad lícita en igualdad de condiciones que los salvadoreños.

