Extenderán los beneficios fiscales a las zonas francas que aumenten su inversión

La Asamblea Legislativa aprobó el martes un conjunto de reformas a la Ley de Zonas Francas Industriales y de Comercialización que otorga un plazo adicional de 10 años, ya no de cinco años, de exenciones fiscales a las zonas francas que hayan invertido en una ampliación de zona franca en al menos una extensión igual a la poseída en el momento de la solicitud de exención.

La reforma se realiza “con el propósito de incorporar reformas para incrementar la inversión nacional y extranjera, potenciar la competitividad y productividad del país”, según la solicitud, incorporada hoy mismo por el jefe de fracción de Nuevas Ideas, diputado Christian Guevara.

El decreto fue aprobado con dispensa de trámites, que fue avalada por 56 diputados de Nuevas Ideas y sus aliados. Ningún diputado opinó. El contenido del decreto fue aprobado con 57 votos. Claudia Ortiz, de Vamos, votó en contra.

La reforma otorga a los desarrollistas un plazo adicional de diez años para las exenciones contenidas en el artículo 11, es decir, exención total del Impuesto sobre la Renta, exención total de los impuestos municipales, exención total del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces por la adquisición de bienes raíces a ser utilizados en la actividad incentivada.

Actualmente este plazo adicional es de cinco años.

Las Ley de zonas francas, aprobada el 3 de septiembre de 1998, otorgó 10 para las realizadas en el área metropolitana o 15 años para las realizadas fuera del área metropolitana, desde el inicio de operaciones de las inversiones en zonas francas.

“Vencido el plazo de las exenciones totales, los usuarios de zona franca tendrán derecho a un plazo adicional de diez años, se comprueba que durante el periodo de la exención total o su respectivo plazo adicional, han aumentado su inversión en un cien por ciento con relación a su inversión inicial”, indicó.

Según la reforma al artículo 17, el monto de la inversión para un usuario de zona franca “en ningún caso podrá ser menor a $500,000, así como comprobar un aumento en el número de empleos equivalente al 100 % con relación al promedio de empleos activos de los últimos tres años”; según el artículo 19, para un establecimiento declarado Depósito para Perfeccionamiento Activo (DPA) la inversión mínima es $800,000. Los DPA son aquellos que transforman, mejoran o reparan las mercancías, como ensamblaje o maquilas textiles.

Como disposición transitoria, el decreto de reforma otorga un periodo de gracia de dos años, contados a partir del vencimiento del plazo de su respectivo Acuerdo, para continuar gozando de exenciones del Impuesto sobre la Renta respecto a utilidades o dividendos de socios o accionistas y realizar las inversiones. Si no se concreta esa inversión, advierte el decreto, “estarán obligados a cancelar los derechos e impuestos que resulten aplicables y que se habrían generado” en ese periodo.

El plazo adicional de exenciones podrá ser solicitado en más de una ocasión.

El decreto permite también establecer parte de las áreas verdes que les exige la normativa –un 20 % del total– fuera de la zona franca, así: 10 % dentro del área o en un área colindante, y otro 10 % dentro o fuera.