FGR emite lineamientos de apertura de cuentas de inversionistas extranjeros y salvadoreños en el exterior

El «fiscal general de la República (FGR), Rodolfo Delgado», aprobó los «Lineamientos para la determinación de categorías de riesgo de clientes para facilitar la apertura de cuentas de depósitos y ejecución de transacciones financieras para inversionistas extranjeros y salvadoreños en el exterior».

Los lineamientos formarán parte del «Instructivo para la prevención, detección y control del lavado de dinero y de activos, financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva» publicado en el Diario Oficial del 22 de octubre de 2021.

Contar con una constancia de estar siendo atendidos por el gobierno, por medio de la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones (INVEST), Secretaría de Comercio e Inversiones de la Presidencia o el Ministerio de Economía será, según los lineamientos, un factor para mejorar la categoría de un cliente bancario.

Los lineamientos también incluyen un apéndice en el cual se detalla los requisitos para las diferentes categorías A, B o C del tipo de persona: salvadoreño en el exterior, persona natural extranjera inversionista y persona jurídica extranjera inversionista.

Las categorías B y C requerirán, para la apertura de una cuenta, otros documentos como constancia de ingresos o declaración de impuestos, o estados financieros, justificación de origen de los fondos. La categoría A requerirá solo DUI o pasaporte y NIT, y si es persona jurídica, escritura de constitución y nómina de la junta directiva así como beneficiarios finales.

El acuerdo fue aprobado el 12 de febrero de 2025 y publicado en el Diario Oficial del 14 de febrero de 2025.

El pasado 14 de febrero, sin mencionar los lineamientos emitidos dos días atrás, Delgado anunció que estaban dando un «paso firme» hacia «un acceso más transparente y seguro a los servicios financieros» con «lineamientos claros para proteger la inversión» de los «salvadoreños en el exterior, así como de inversionistas extranjeros».

En diciembre de 2023, la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa aprobó un dictamen favorable de reforma a la Ley especial contra el lavado de activos para excluir a los inversionistas, sociedades mercantiles y mixtas de los sujetos obligados; y permitir que los sujetos obligados puedan aplicar medidas «simplificadas, estándar o intensificadas» para la identificación de sus clientes y el origen de sus fondos.

En esa ocasión, Delgado dijo a la Comisión: «Ya no tenemos que consentir arbitrariedades en las cuales a una persona, sin haber sido oída y vencida en juicio, se le cancelaban arbitrariamente las cuentas». «En este país no había inclusión financiera, lo que había era exclusión financiera. Puedo que mi dinero sea malo, pero es una obligación del banco darte seguimiento, no excluirte a prima facie (primera vista)», dijo también en diciembre de 2023 el ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, a los diputados de la Comisión.

Esa reforma discutida en diciembre de 2023, aunque se aprobó en Comisión, no fue aprobada por el pleno legislativo.

La pretendida reforma a la ley quitaba a importadores o exportadores agropecuarios, inversionistas e instituciones privadas, sociedades mercantiles y de economía mixta de los sujetos obligados a reportar transacciones; y agregaba a proveedores de servicios de activos digitales y personas dedicadas a la logística y transporte de mercaderías.

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